Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 178 de 10/09/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 16 de agosto de 2007, del Ayuntamiento de Algeciras, de bases para la selección de Diplomado Universitario en Enfermería.

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1.º Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de Oposición Libre de una plaza de Diplomado Universitario en Enfermería, vacante en la plantilla de funcionarios del PMD y que figura en el Anexo que acompaña a estas bases.

La plaza objeto de esta convocatoria está incluida en la Oferta Pública de 2007 y dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluye.

2.º Normas generales.

La plaza que se convoca se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, R.D. 896/1991, de 7 de junio, y Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Comunicad Autónoma y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

3.º Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los solicitantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida.

Los requisitos establecidos en estas bases deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo.

4.º Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en la selección deberán hacerlo constar en la instancia con los requisitos del art. 18 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, debiendo constar en la misma la denominación de la vacante, el sistema selectivo exigido y la denominación expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria.

Las solicitudes se dirigirán a Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, y se entregarán en el registro de entrada del Excmo. Ayuntamiento o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos en su caso. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/1992.

6.º Tribunales.

El Tribunal Calificador de los méritos y ejercicios de los aspirantes se nombrará según lo recogido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El Tribunal Calificador de los méritos y ejercicios de los aspirantes será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. Estará constituido por cinco miembros, y en su composición se velará por el cumplimiento del principio de especialidad. La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer igual o superior nivel de titulación o especialización a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Se designarán miembros suplentes del Tribunal, que junto con los titulares se publicarán en el BOP, no pudiendo constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación de los mismos cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los cinco años anteriores a esta convocatoria.

Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades, con voz y sin voto.

Los Tribunales Calificadores quedarán facultados, para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, y para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas.

Podrán asistir a las actuaciones del Tribunal Calificador, en calidad de observadores, un representante de cada uno de los grupos políticos, con representación municipal, y uno de la Junta de Personal.

7.º Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

En la misma resolución que aprueba las listas de admitidos y excluidos, se indicará la composición nominal del Tribunal, hora y día de comienzo de las pruebas y el lugar de celebración de las mismas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con doce horas de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

En cualquier momento del proceso selectivo, si los tribunales tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio, en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la ausencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluidos en consecuencia del procedimiento selectivo.

8.º Procedimiento de selección. Oposición.

Consistirá en dos ejercicios, uno teórico y otro práctico.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas del programa, preguntas sueltas sobre el temario o preguntas tipo test, atendiendo a la decisión del Tribunal. La duración máxima de este ejercicio será de dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de dos horas para su realización.

9.º Sistema de calificación.

9.1. Se calificará cada ejercicio de la oposición de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos como mínimo en cada uno de ellos. La calificación de esta fase será la suma de los dos ejercicios dividida entre dos.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas, será necesario superar los ejercicios de la Fase de Oposición, y encontrarse en un número de orden no superior al número de plazas convocadas.

9.2. El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo al siguiente criterio: Mayor puntuación en el ejercicio práctico.

10.º Propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, proponiendo para su nombramiento a tantos aspirantes como plazas convocadas, y elevará dicha relación al Organo Municipal competente.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

11.º Presentación de documentos.

11.1. Documentos exigibles. Los aspirantes propuestos deberán aportar al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, sin perjuicio de su presentación en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos, acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta Convocatoria.

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Copia autentificada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título académico exigido, o justificantes de haber abonado los derechos para su expedición.

c) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Tres fotografías tamaño carné.

En el supuesto de poseer un título que sea equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por el organismo competente que acredite la citada equivalencia. Si este documento estuviese expedido después de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios, que deberá ser anterior en cualquier caso a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.

11.2. Plazo. El aspirante propuesto deberá aportar la documentación exigida, al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el Tablón de Anuncios del Departamento de Personal, sito en calle San Antonio (Edificio Escuela).

11.3. Falta de presentación de documentos. Conforme a lo dispuesto en el art. 23 del R.D. 364/1995, del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, quien dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.

12.º Nombramiento y toma de posesión.

12.1. Nombramiento y toma de posesión. Una vez presentada la documentación, el Organo Municipal competente nombrará como funcionarios en propiedad a los candidatos seleccionados, debiendo tomar posesión de sus cargos, en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente en que se les notifique el nombramiento. Quien sin causa justificada, no tomara posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

12.2. Formalidades. Para la toma de posesión, los interesados comparecerán en el Ayuntamiento el día y la hora que a tal fin se les comunique, en cuyo momento y como requisito deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente.

12.3. Efectos de la falta de toma de posesión. Quienes sin causa justificada no acudan a la toma de posesión, salvo causa de fuerza mayor, en el día y la hora que a tal fin se señalen, se entenderá que renuncian a todos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.

13.º Incidencias.

El Tribunal calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de los procesos selectivos.

14.º Base final.

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Grupo: B.

Sistema de selección: Oposición Libre.

Titulación exigida: Diplomado Universitario en Enfermería o equivalente.

Fase de oposición: La descrita en la Base 8.ª de las Bases Generales, ateniéndose al siguiente:

P R O G R A M A

1. La Constitución española de 1978. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado social y democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales; las libertades públicas. Garantías y restricciones. El procedimiento de reforma constitucional.

2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado: Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

3. La Organización Territorial del Estado en la Comunidad Autónoma. Las Comunidades Autónomas. Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de la Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La Organización de las Comunidades Autónomas.

4. La Administración Local. Regulación constitucional. Tipología de los Entes Locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre Administración Local. La Ley de Bases de Régimen Local. La organización territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza.

5. El Municipio: Organización y competencias. El Consejo Andaluz de Municipios. La provincia: Organización y competencias. Las relaciones entre la Comunidad Autónoma Andaluza y las Diputaciones Provinciales. El Consejo Andaluz de Provincia.

6. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Proceso de elaboración, fundamento, estructura y contenido básico. Competencia de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto.

7. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía I. El sistema electoral de Andalucía. Derecho de sufragio y procedimiento electoral. El Parlamento de Andalucía. Composición, funciones y funcionamiento. La Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Defensor del Pueblo Andaluz. La Cámara de Cuentas de Andalucía.

8. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía II. El Presidente de la Junta de Andalucía. Elección, estatuto personal y funciones. Los Vicepresidentes. El Consejo de Gobierno. Composición, carácter, atribuciones y funcionamiento. Las Comisiones Delegadas y de Viceconsejeros. El Consejo Consultivo de Andalucía. Naturaleza, composición y funciones.

9. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Principios informadores y organización general. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales, Secretarios Generales Técnicos y órganos análogos. La Administración periférica de la Junta de Andalucía. La Administración Institucional de la Junta de Andalucía.

10. La Administración Pública: Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Autonomía del Derecho Administrativo. Criterios de aplicación.

11. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clasificación. Jerarquía normativa. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamentos y límites. La inderogabilidad singular de los reglamentos. Fuentes subsidiarias e indirectas del Derechos Administrativo.

12. Los órganos administrativos: Conceptos y clases. Las competencias: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos. La motivación. La eficacia de los actos administrativos: la notificación y la publicación. El silencio administrativo, naturaleza y régimen jurídico. Su regulación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos.

13. El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común. Los principios generales del procedimiento administrativo. Abstención y recusación, los interesados. Derechos de los ciudadanos en el procedimiento. La iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento administrativo. Formas de terminación. Los procedimientos especiales: Consideraciones generales.

14. Los recursos administrativos: Conceptos, clases y principios generales de su regulación. Actos que ponen fin a la vía administrativa. La resolución de los recursos. La "reformatio in peius". Régimen jurídico de los distintos recursos administrativos. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Concepto y naturaleza.

15. Los contratos de la Administración. Contratos administrativos y otros contratos de la Administración. Organos competentes para su celebración. Incapacidad y prohibiciones. Invalidez de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

16. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Competencias de la Junta de Andalucía. Procedimiento general y procedimiento abreviado. La responsabilidad de las autoridades y del personal. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

17. La expropiación forzosa. Naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria. Competencias de la Junta de Andalucía. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. La reversión de los bienes objeto de la expropiación.

18. La Función Pública de la Junta de Andalucía: Concepto y regulación. La normativa básica estatal en materia de régimen estatutario de los funcionarios públicos. La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía. El Registro General de personal. Clases de personal al servicio de la Junta de Andalucía.

19. El personal funcionario. Procedimiento para la provisión de puestos adscritos a personal funcionario. Carrera y promoción profesional. Situación administrativa. Derechos y deberes. Régimen de incompatibilidades. El personal laboral: Normativa aplicable. El Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía: Estructura y contenido general.

20. La Unión Europea. Los Tratados originarios y modificativos de las Comunidades Europeas. Las instituciones comunitarias. La representación de la Junta de Andalucía ante la Unión Europea. El Derecho Comunitario y sus distintos tipos de fuentes.

TemaRIO ESPECIFICO

Tema 1. Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/1998, de 15 de junio): principios básicos y Generales. El Sistema sanitario público de Andalucía. Principios. Composición y retos. Plan Andaluz de Salud.

Tema 2. Estructura Orgánica de la Consejería de Salud y Servicio Andaluz de Salud. Entidades públicas dependientes de la Consejería de Salud.

Tema 3. Ley del Medicamento (25/1999). Estructura básica de la Ley. La receta médica, modelos Oficiales de recetas. Los genéricos. Competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza. La prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, características, requisitos y aportación del usuario.

Tema 4. Autorización, certificación y Acreditación de Centros Sanitarios en España. Modelo Andaluz de Autorización y Acreditación.

Tema 5. Ley de Prevención de Riesgos laborales. Reglamento de los Servicios de Prevención.

Tema 6. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales como Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social. Reglamento de Colaboración. Colaboración de las Empresas en la Gestión de la Seguridad Social. Normativa.

Tema 7. La acción protectora de la Seguridad Social. Régimen general y regímenes especiales. Contenido y clasificación de las prestaciones. Requisitos generales del derecho a las prestaciones.

Tema 8. Plan de apoyo a las familias andaluzas. Decreto 137/2002.9.27.

Tema 9. Incapacidad Temporal: Concepto y duración, Clases y Grado de Incapacidad Permanente. Organos de control y gestión de las incapacidades, UVMI, EVI.

Tema 10. Régimen jurídico del personal sanitario no facultativo de las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.

Tema 11. La participación social de los Organos de Gobierno y Control del Sistema Sanitario. Los Consejos de Salud.

Tema 12. El usuario en el Sistema Sanitario público de Andalucía: Sus derechos y deberes. La tarjeta sanitaria individual. Derecho a la información y a la confidencialidad.

Tema 13. La Enfermería en los Servicios de prevención. Unidad de Vigilancia para la Salud. Encuentro multidisciplinar: Higiene, seguridad, ergonomía y medicina del trabajo.

Tema 14. La Atención Primaria de Salud como primer contacto de la población con el Sistema Sanitario Público. Objetivos y actividades básicas. Diferentes modelos para la provisión de servicios de Atención Primaria.

Tema 15. Organización Territorial de la asistencia sanitaria en Andalucía. Niveles de atención. Organización funcional de la atención primaria y de la atención especializada.

Tema 16. Modelos de sistemas sanitarios. Regímenes sanitarios en España y en los distintos países de la Comunidad Económica Europea. Organismos Sanitarios Internacionales: La OMS, UNICEF y la FAO. FPNU = Fondo Población Naciones Unidas.

Tema 17. Competencias de la Unión Europea en materia sanitaria. Competencias exclusivas de Estado. Competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza y de los entes territoriales en materia de salud.

Tema 18. Evolución del concepto salud-enfermedad. Factores determinantes y condicionantes de la salud.

Tema 19. Evolución histórica del concepto de Salud Pública. Evolución del papel de enfermería en relación a los nuevos conceptos de salud-enfermedad y atención sanitaria. Detección precoz de problemas de salud.

Tema 20. Educación para la salud individual, grupal y comunitaria. Elaboración de proyectos educativos, Técnicas de educación para el fomento del autocuidado y promoción de la salud. Planificación y evaluación de programas de Educación Sanitaria.

Tema 21. Los programas de Salud en las distintas etapas de la vida: Adolescente, adulto y mayor. Programas de la mujer y crónicos. Acciones intersectoriales.

Tema 22. Programa de Vigilancia Sanitaria y Ambiental. La Higiene de los alimentos.

Tema 23. Investigación en salud. El Método científico. Técnicas cuantitativas y cualitativas. La encuesta, la entrevista y las técnicas grupales. Bases de datos documentales. El protocolo de investigación. Fuentes de investigación.

Tema 24. Programa marco I + D de la Unión Europea. El plan nacional de Investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica. Plan Andaluz de Investigación. I Programa Marco de Investigación en Salud en Andalucía.

Tema 25. Epidemiología: Concepto y aplicaciones. Vigilancia epidemiológica. Investigación en epidemiología: estudios experimentales y observacionales. La Epidemiología como herramienta para la planificación sanitaria.

Tema 26. Demografía: Estructura demográfica. Evolución de la población española. Características de la población andaluza. Indicadores demográficos. Indicadores de Salud: Mortalidad general, infantil y materna, morbilidad, letalidad, esperanza de vida.

Tema 27. Bioestadística, concepto y tipo de variables: Escala de medidas. Errores en las medidas. Estadística descriptiva: medidas de tendencia central y de dispersión.

Tema 28. Poblaciones y muestras técnicas de muestreo. Tipos de distribución. Estadística inferencial: Intervalo de confianza. Los Test de hipótesis. Estadística no paramétrica.

Tema 29. Evolución de la formación de enfermería en España: Principales características del plan de estudios en enfermería. La formación post-básica de enfermería. Especialidades de enfermería. Legislación actual. Formación continuada: Concepto, objetivos e importancia.

Tema 30. La formación profesional sanitaria, ciclos formativos de grado medio y superior. Capacidades profesionales. Los técnicos especialistas en el Servicio Andaluz de Salud: Especialidades y funciones.

Tema 31. Normas reguladoras del ejercicio profesional sanitario. En Atención Primaria a nivel nacional y en la Comunidad Autónoma Andaluza. Normas reguladoras y organización de los servicios de enfermería en el nivel de Atención Especializada en el Estado español y en Andalucía.

Tema 32. Modalidades de Atención de Enfermería en Atención Primaria y especializada (Hospital de día) de salud en Andalucía: Consulta de enfermería. Visita domiciliaria. El trabajo con la comunidad. Servicios comunes, trabajo en equipo y coordinación con otros sectores. Atención a demanda y programada.

Tema 33. Concepto de la comunicación: Importancia de la comunicación en el marco de los Servicios de Salud. Modelos explicativos y entrenamiento en habilidades sociales para los profesionales de salud.

Tema 34. La participación de los profesionales en la organización y gestión de las Instituciones Sanitarias.

Tema 35. Los sistemas de información sanitaria, fuentes y usos de la información. Sistemas de información utilizados en la Comunidad Autónoma Andaluza en Atención Primaria y Atención especializada. Sistemas de información y clasificación de enfermedades. Conjunto básico de datos (CMBD). Clasificaciones Internacionales CIE.

Tema 36. El proceso administrativo: Concepto y definición. La Administración como ciencia social. La función de planificación en la Administración Sanitaria.

Tema 37. El contrato programa. Definición y concepto. El contrato programa de la Consejería de Salud con el SAS y con las Empresas públicas. Los contratos programas del SAS con las Instituciones Sanitarias: Distritos y Hospitales.

Tema 38. Plan de calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía: Líneas de trabajo y objetivos.

Tema 39. El papel de la informática en los nuevos modelos sanitarios. Principales problemas en la aplicación de la tecnología de la información en salud.

Tema 40. Los sistemas de registro sanitario asistencial. Registros de enfermería. La historia clínica. Elaboración de protocolos y guías de práctica clínica como estrategia para la mejora de los cuidados enfermeros. Utilidad de la aplicación informática.

Algeciras, 16 de agosto de 2007.- El Alcalde, Tomás

Herrera Hormigo.

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