Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 25/09/2007

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Anuncio 3 de septiembre de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, de archivo de expediente de apertura de sondeo en el paraje de «Pago del Real Bajo». Titular: Pedro Cervantes Parra.

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Habiéndose intentado notificar por el servicio de Correos requerimiento al expediente de sondeo, y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Interesado: Don Pedro Cervantes Parra.

Último domicilio conocido: C/ Tinte, núm. 34, 04620, Vera (Almería).

Acto que se notifica: Archivo de expediente.

Fecha: 25.6.2007.

Ref: FA/RG-EB/PL.

Asunto: Archivo de expediente de autorización obras para sondeo de captación de aguas en el t.m. de Vera.

Visto el expediente presentado por Ud., en solicitud de autorización para apertura de sondeo para captación de aguas, situado en el paraje «Pago del Real Bajo», del t.m. de Vera, presentado en esta Delegación Provincial en fecha 5.12.2002 con núm. de registro de entrada 4.395, y en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 5.12.2002 se presentó en esta Delegación Provincial su solicitud para efectuar un sondeo, situado en el paraje «Pago del Real Bajo», del t.m. Vera, según proyecto técnico elaborado por el Ingeniero Técnico de Minas don Francisco Pizarro Losilla.

Segundo. Con fecha 8.4.2003, mediante Resolución previa de perforación subterránea se Autoriza la ejecución del sondeo y entre las condiciones de autorización y más concretamente en el punto núm. 8 dice que al finalizar las obras, se alumbren o no aguas subterráneas, se presentará Certificación Final de Obras y Corte Litológico del Terreno y coordenadas UTM, de acuerdo con lo establecido en el art. 6 de la vigente Ley de Minas y art. 8 de su Reglamento, debidamente visado por el Colegio Profesional.

Tercero. Transcurridos más de seis meses desde la autorización previa para la ejecución de las obras de captación de aguas subterráneas, con fecha 5 de octubre de 2004 se requirió al interesado para que presentara el certificado fin de obra, siendo efectivo dicho requerimiento con fecha 19 de octubre de 2004 y concediendo tres meses para que aportara la documentación requerida, de acuerdo con el art. 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, y una vez transcurrido el mismo se procedería a la caducidad del expediente.

A estos antecedentes de hecho le son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Delegación Provincial, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía es competente para conocer y resolver este expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes, de la Ley 22/1973, de 21 de junio, de Minas (BOE núm. 176, de 24 de junio de 1973), y en el artículo 140 y siguientes, del R.D. 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE núms. 295 y 296 de 11 y 12 de diciembre de 1978; por ello, y con relación al R.D. 4164/1982, de 29 de diciembre, por el que se regula el traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas (BOJA núm. 24, de 22 de marzo de 1983). y al artículo 5 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA núm. 3, de 25 de abril), y, así mismo, el artículo 1 del Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo. El artículo 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992), dice que «se requerirá al interesado, para que, en un plazo de tres meses, subsane la falta, o, acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se procederá a declarar la caducidad del expediente con archivo de todas las actuaciones».

Tercero. Hasta el día de la fecha, el interesado no ha aportado la documentación requerida

Vistas las actuaciones realizadas, los preceptos legales citados, y cuanto de general aplicación, esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa de Almería

RESUELVE

Se le tiene por caducado al interesado, a quien se dirige este comunicado, de su solicitud de Autorización para las obras de captación de aguas en el t.m. de Vera, y procédase al archivo del expediente, por las razones ya expuestas en los fundamentos de esta Resolución.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la presente Resolución, pudiéndose presentar ante el órgano que dictó el acto impugnado o ante el competente para resolverlo, sin perjuicio de lo establecido en el art. 38 de la Ley 30/92 de RJAP y PAC (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14.1.99).

Almería, 3 de septiembre de 2007.- El Delegado, Francisco Javier de las Nieves López.

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