Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 27/09/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 14 de septiembre de 2007, por la que se otorga una subvención excepcional a la Unión del Taxi del Aljarafe para la adquisición de taxímetros.

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Con fecha 26 de enero de 2007, la Unión del Taxi del Aljarafe solicita de la Dirección General de Transportes la concesión de una subvención para la adquisición de Taxímetros para instalar en los vehículos autotaxi para la Gestión del Área territorial de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe (Sevilla).

La Unión del Taxi del Aljarafe presenta como complemento de su petición memoria justificativa en la que valora positivamente el proyecto porque se mejoran los sistemas de comunicación para la prestación del servicio del taxi dentro del Área territorial de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe, Área que comprende 30 municipios con población aproximada de 300.000 habitantes. Asimismo acompaña presupuesto.

La Dirección General de Transportes eleva propuesta de concesión de subvención excepcional en base de su finalidad pública y por considerar que es de interés social la implantación de este tipo de instalaciones, ya que facilitan un mayor uso del transporte público.

Examinada la memoria justificativa de la Dirección General de Transportes con fecha 4 de junio de 2007, la Viceconsejería de Obras Públicas y Transportes autoriza la iniciación del correspondiente expediente de subvención excepcional para la adquisición de Taxímetros para instalar en los vehículos autotaxi para la Gestión del Área territorial de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe, encomendando su tramitación a la Dirección General de Transportes.

En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que la citada subvención puede considerarse como excepcional, dadas la finalidad pública y las razones de interés social de los objetivos que persigue, así como la inexistencia de bases reguladoras específicas a las que se pueda acoger conforme al artículo 15.2 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, Tributarias, Administrativas y Financieras, lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en los artículos 104 y 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por esta Consejería se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Conceder una subvención de carácter excepcional a favor de la Unión del Taxi del Aljarafe, por importe de setenta y seis mil quinientos sesenta euros (76.560 €), para la adquisición de taxímetros para instalar en los vehículos auto-taxi para la mejora de la gestión del Área territorial de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe (Sevilla).

Segundo. El importe de la subvención constituye el 100% del gasto total del presupuesto y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 13.00.03.00. 771.00.51B.

Tercero. La forma de pago de la subvención será la siguiente:

- Una primera aportación por importe de 57.420 euros, correspondiente al 75%, a la firma de la presente Resolución en concepto de anticipo a justificar por el beneficiario en un plazo de seis meses desde la materialización del pago.

- La segunda aportación, por importe de 19.140 euros, correspondientes al 25%, se hará efectiva previa justificación del anticipo anterior, con aportación de la factura definitiva de adquisición e instalación donde se especifiquen los gastos realizados y con el conforme del Presidente de la Unión del Taxi del Aljarafe. El plazo final de justificación del total de la subvención finalizará el 30 de diciembre de 2008.

Cuarto. Serán obligaciones del beneficiario las establecidas con carácter general en el artículo 105 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley 16/2005, de 31 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2006, así como en Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación como norma básica en la Comunidad Autónoma, y el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.

Quinto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Sexto. El beneficiario estará obligado a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad y objeto de la subvención que la misma esta subvencionada por la Junta de Andalucía, indicando la Consejería que lo ha concedido. Asimismo deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea.

Séptimo. Se faculta al Director General de Transportes para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de la presente Resolución.

Sevilla, 14 de septiembre de 2007

CONCEPCIÓN GUTIÉRREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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