Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 04/10/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 1 de junio de 2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de El Ejido, dimanante del procedimiento ordinario núm. 507/2005. (PD. 4177/2007).

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NIG: 0490242C20050001751.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 507/2005. Negociado: EA.

De: Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera.

Procuradora: Sra. María del Mar López Leal.

Letrado: Sr. Valentín Escobar Navarrete.

Contra: Logoal de Construcciones de Almería, S.L., y Juan Francisco López Carreño.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 507/2005 seguido en el Juzg. de Primera Inst. e Instruc. núm. Tres de El Ejido a instancia de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera contra Logoal de Construcciones de Almería, S.L., y Juan Francisco López Carreño sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezarniento y fallo, es como sigue.

Doy fe: De que en el presente procedimiento se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En El Ejido, a cinco de febrero de dos mil siete.

Vistos por doña Ana M.ª Olivares Granados, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de El Ejido, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado bajo el número 507 del año 2005, a instancia de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera, representada por la Procuradora doña María del Mar López Leal y asistida por el Letrado don Valentín Escobar Navarrete contra Logoal de Construcciones de Almería, S.L., y don Juan Francisco López Carreño, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora doña María del Mar López Leal, en nombre y representación de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera frente a Logoal de Construcciones de Almería, S.L., y don Juan Francisco López Carreño, condenando a los referidos demandados a pagar a la demandante la cantidad de diecinueve mil cuatrocientos veintiocho euros con doce céntimos (19.428,12 euros), más los intereses pactados desde la liquidación del saldo deudor –24 de mayo de 2005– y hasta su completo pago, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al en que se notifique esta resolución.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el mismo Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en El Ejido el día de la fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

Concuerda con su original y para que conste y unir al presente procedimiento, extiendo y firmo el presente en El Ejido, a uno de junio de dos mil siete.

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