Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 08/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 24 de octubre de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas económicas regulada por la Orden que se cita.

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La Orden de 19 de junio de 2006 (BOJA núm. 140, de 21 de julio), de la Consejería de Educación, efectuó la convocatoria de ayudas económicas a las Escuelas de Música y Danza dependientes de Entidades Locales, con la finalidad de fomentar las actividades artísticas desarrolladas por los alumnos y alumnas de estos centros, así como contribuir a la mejora del funcionamiento y equipamiento de las mencionadas escuelas, durante el ejercicio de 2007.

Vistas las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria y en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Orden de convocatoria, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa ha resuelto:

Primero. Conceder las ayudas económicas que se asignan a las Escuelas de Música y/o Danza relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución.

El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderá la anualidad 2007 y, por tanto, se computarán las actividades realizadas en ese año.

Segundo. No conceder ayudas a las entidades relacionadas en el Anexo II, al no cumplir los requisitos enumerados en el mismo o por haber sido presentada fuera de plazo, de acuerdo con lo establecido en la Orden de convocatoria.

Tercero. Las ayudas concedidas tienen por finalidad colaborar en el desarrollo de las actividades artísticas realizadas por el alumnado y estarán imputadas a las aplicaciones presupuestarias:

- 01.18.00.01.00.8079.461.01.42H.0.

- 3.1.18.00.01.00.8079.461.01.42H.8.2008.

Cuarto. 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Orden de convocatoria, se abonará la cantidad correspondiente al 75% de la ayuda concedida, mediante los correspondientes libramientos en firme con justificación diferida y las consiguientes transferencias bancarias a las cuentas corrientes que hayan señalado las Entidades Locales beneficiarias. La titularidad de dicha cuenta debe obrar a nombre de la Entidad Local solicitante.

2. La cantidad restante, hasta completar el importe definitivo de la ayuda, se abonará, previa justificación del total de la ayuda solicitada, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre (en adelante RS).

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.2 del RS, el importe definitivo de la ayuda se liquidará aplicando al coste de la actividad efectivamente realizada por la entidad beneficiaria, conforme a la justificación presentada, el porcentaje de financiación establecido en el Anexo I de la presente Resolución.

Quinto. La justificación de los pagos se efectuará en la forma y plazos establecidos en el artículo 14 de la Orden de convocatoria.

Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa de la Consejería de Educación, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 24 de octubre de 2007.- La Directora General, Carmen Rodríguez Martínez.

ANEXO I
PROVINCIA BENEFICIARIO CIF PPTO. ACEPTADO IMPORTE SUBV. % SUBV.
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ALBOX P-0400600-C 8.000,00 8.000,00 100%
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE PULPÍ P-0407500-H 13.100,00 12.255,93 93,56%
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR P-0407900-J 10.927,00 10.927,00 100%
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE PRADO DEL REY P-1102600-B 6.752,00 6.752,00 100%
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE UBRIQUE P-1103800-G 7.400,00 7.400,00 100%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ P-1400100-B 20.503,00 9.000,00 43,90%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE BUJALANCE P-1401200-I 8.336,44 8.336,44 100%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE CASTIL DE CAMPOS P-1400029-C 9.000,00 8.400,00 93,33%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE DOÑA MENCÍA P-1402200-H 8.400,00 8.400,00 100%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA P-1401700-H 6.181,00 6.181,00 100%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE LUCENA P-1403800-D 11.502,59 10.687,72 92,92%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO P-1404900-A 7.614,00 7.614,00 100%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA P-1405500-H 9.850,28 9.850,28 100%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL P-1405600-F 11.887,63 11.887,63 100%
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE RUTE P-1405800-B 7.200,00 7.200,00 100%
CÓRDOBA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS
LOS PEDROCHES
P-6400601-H 9.000,00 9.000,00 100%
GRANADA AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR P-1801800-B 11.405,50 11.169,81 97,93%
GRANADA AYUNTAMIENTO DE BAZA P-1802400-J 9.264,10 9.264,10 100%
GRANADA AYUNTAMIENTO DE GUADIX P-1809100-I 17.814,62 9.800,28 55,01%
GRANADA AYUNTAMIENTO DE MOTRIL P-1814200-J 14.000,00 10.730,33 76,65%
GRANADA MANCOMUNIDAD VALLE DE LECRÍN P-1800006-G 13.000,00 9.939,18 76,46%
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE P-2100200-A 10.300,00 10.275,32 99,76%
HUELVA AYUNTAMIENTO DE BOLLULLOS PAR
DEL CONDADO
P-2101300-H 8.000,25 8.000,25 100%
HUELVA AYUNTAMIENTO DE PUNTA-UMBRÍA P-2107900-I 12.594,78 12.594,78 100%
HUELVA AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DEL PUERTO P-2106300-C 9.000,00 9.000,00 100%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE BAEZA P-2300900-D 11.115,50 8.480,85 76,30%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE BAILÉN P-2301000-B 14.500,00 10.105,92 69,70%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE CANENA P-2302000-A 14.800,00 10.468,30 70,73%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE JÓDAR P-2305300-B 12.100,35 12.100,35 100%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE NAVAS DE SAN JUAN P-2306300-A 8.545,86 8.545,86 100%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE SANTISTEBAN DEL PUERTO P-2307900-G 8.764,98 8.764,98 100%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE TORREDELCAMPO P-2308600-B 10.758,80 10.758,80 100%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA P-2309200-J 10.340,00 9.780,89 94,59%
JAÉN AYUNTAMIENTO DE VILCHES P-2309400-F 8.708,86 7.200,00 82,67%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE P-2900800-J 19.600,00 10.000,28 51,02%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN DE LA TORRE P-2900700-B 18.600,00 11.450,31 61,56%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ÁLORA P-2901200-B 6.500,00 6.500,00 100%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA P-2902500-D 12.700,00 11.900,38 93,70%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE CAMPILLOS P-2903200-J 16.981,00 10.280,92 60,54%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA P-2905400-D 18.600,00 10.318,30 55,47%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MANILVA P-2906800-D 10.000,00 8.850,00 88,50%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE NERJA P-2907500-I 10.070,00 10.070,00 100%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA P-2908200-E 12.800,00 12.496,55 97,63%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE RONDA P-2908400-A 10.155,86 10.155,86 100%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS P-2910300-I 12.150,00 11.464,15 94,36%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA P-2909400-J 12.460,00 10.897,69 87,46%
MÁLAGA AYUNTAMIENTO VILLANUEVA DEL ROSARIO P-2909600-E 9.950,00 9.864,10 99,14%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE AGUADULCE P-4100100-I 3.000,00 3.000,00 100%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE ARAHAL P-4101100-H 17.433,54 12.411,52 71,19%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE AZNALCÁZAR P-4101200-F 8.000,00 8.000,00 100%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES P-4102500-H 10.469,78 10.469,78 100%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE ESTEPA P-4104100-E 6.700,00 6.700,00 100%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE GERENA P-4104500-F 3.200,00 3.200,00 100%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE GUILLENA P-4104900-H 13.100,00 11.472,48 87,58%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE HERRERA P-4105000-F 16.165,00 11.175,33 69,13%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LEBRIJA P-4105300-J 22.500,00 10.430,92 46,36%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LORA DEL RÍO P-4105500-E 11.915,00 11.450,32 96,10%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA P-4106900-F 3.872,11 3.872,11 100%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MONTELLANO P-4106400-G 10.514,13 10.514,13 100%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR LA MAYOR P-4108700-H 10.625,37 10.625,37 100%
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE VILLAMANRIQUE
DE LA CONDESA
P-4109700-G 9.990,00 9.780,89 97,91%
ANEXO II
PROVINCIA BENEFICIARIO PROPUESTA MOTIVO
CÁDIZ EL CENTRO INGLÉS EXCLUIDO No cumple Art. 3.1 de la Orden de Convocatoria
GRANADA AYUNTAMIENTO DE LAS GABIAS EXCLUIDO No cumple Art. 3.1 de la Orden de Convocatoria
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ARQUILLOS EXCLUIDO No cumple Art. 3.1 de la Orden de Convocatoria
JAÉN AYUNTAMIENTO DE MANCHA REAL EXCLUIDO Pendiente documentación. Artículo 13.2.
JAÉN AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO EXCLUIDO Pendiente documentación. Artículo 13.2.
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CANTILLANA EXCLUIDO No cumple Art. 3.1 de la Orden de Convocatoria
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MARCHENA EXCLUIDO No cumple Art. 6.1 de la Orden de Convocatoria
SEVILLA AYUNTAMIENTO DEL RONQUILLO EXCLUIDO No cumple Art. 3.1 de la Orden de Convocatoria
SEVILLA FUNDACIÓN FERNANDO VILLALÓN EXCLUIDO No cumple Art. 3.1 de la Orden de Convocatoria
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