Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 13/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 3 de octubre de 2007, por la que se concede la autorización definitiva de apertura y funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Casita de Nana» de Cenes de la Vega (Granada).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Encarnación Almendros Muñoz, representante de «Casita de Nana, S.L.», entidad titular del centro docente privado «Casita de Nana», con domicilio en C/ María Pinet, núm. 1, de Cenes de la Vega (Granada), en solicitud de autorización definitiva de apertura y funcionamiento del mencionado centro con 3 unidades de educación infantil de primer ciclo;

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada;

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación de la citada Delegación Provincial y de la Coordinación Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejería de Educación en dicha provincia;

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE de 26 de junio); el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 14 de julio); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio);

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Primero. Conceder la autorización definitiva de apertura y funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Casita de Nana», quedando con la configuración definitiva que se describe a continuación:

Denominación Genérica: Centro docente privado de educación infantil.

Denominación Específica: Casita de Nana.

Código de Centro: 18008725.

Domicilio: C/ María Pinet, núm. 1.

Localidad: Cenes de la Vega.

Municipio: Cenes de la Vega.

Provincia: Granada.

Titular: Casita de Nana, S.L.

Composición Resultante: 3 unidades del primer ciclo de educación infantil para 41 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades del primer ciclo de educación infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26 de junio), y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de octubre de 2007

CÁNDIDA MARTÍNEZ LÓPEZ

Consejera de Educación

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