Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 31/01/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Edicto de 29 de noviembre de 2006, del Ayuntamiento de Ecija, de bases para la selección de funcionarios.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Ecija,

Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2006 adoptó el siguiente acuerdo:

BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIAPARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE DIVERSAS PLAZASVACANTES Y PERTENECIENTES A LA PLANTILLA DEFUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO, INCLUIDAS EN LAOFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 2006

Objeto de la convocatoria.

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, como funcionario de carrera, por el procedimiento de selección que se indica en los correspondientes anexos, de diversas plazas vacantes en la plantilla de funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento, e incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 2006.

En los Anexos a estas Bases Generales se especifican las características particulares de las plazas que se convocan, categoría profesional, sistema selectivo, titulación exigida, derechos de examen y, en su caso, requisitos adicionales.

Segunda. La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes Bases y en sus anexos correspondientes, y en su defecto por lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de Administración Local; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se establece el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones que resulten de aplicación.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Tercera. Para ser admitidos en el proceso de selección los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Poseer la nacionalidad española, o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

2. Tener cumplidos los 18 años de edad.

Estar en posesión del Título que se especifica en el correspondiente Anexo.

No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las correspondientes funciones, de conformidad con el Cuadro de exclusiones médicas que se recoge en los Anexos de esta convocatoria.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia firme. Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado el acceso a la Función Pública.

Aquéllos que, en su caso, se establezcan en los correspondientes anexos.

En el caso de plazas reservadas a la promoción interna del personal funcionario de este Ayuntamiento, las condiciones a reunir por los aspirantes serán:

7.1. Ser funcionario de carrera de este Ayuntamiento, perteneciente a la Subescala y Grupo que se especifica en el Anexo.

7.2. Haber permanecido al menos, dos años en el Cuerpo

Escala de procedencia.

7.3. Cumplir el resto de los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al Grupo o Escala de que se trate.

Cuarta. Los requisitos exigidos en las presentes bases generales, aquéllos específicos que pudieran señalarse en el Anexo a la convocatoria así como los méritos que se aleguen para su valoración en fase de concurso, deberán reunirse por los interesados, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten, tanto su personalidad, como que reúnen los requisitos para tomar parte en las pruebas selectivas.

PRESENTACION DE INSTANCIAS

Quinta. Las instancias irán dirigidas al Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Ecija, donde los interesados harán constar expresa y detalladamente, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

En su caso, para la valoración de méritos, los aspirantes deberán adjuntar a su instancia los títulos y documentos acreditativos de los mismos, mediante la presentación de originales o fotocopias debidamente compulsadas. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación, salvo que dichos datos obren en poder de cualquier Administración Pública u otros Organismos Públicos o Privados, en cuyo caso se solicitará el correspondiente certificado, adjuntando el resguardo de la solicitud del mismo a la instancia. En este supuesto, en el proceso de valoración, no serán tenidos en cuenta ni valorados, aquellos méritos que, aún alegados, no fueran aportados o justificados con anterioridad a la celebración de la fase del concurso.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad especificada en los correspondientes anexos y serán satisfechos por los aspirantes en la cuenta núm. 00043118710660077233que a nombre del Excmo. Ayuntamiento de Ecija se encuentra abierta, en el Banco de Andalucía, sito en Avda. Miguel de Cervantes, o en su defecto, mediante giro postal telegráfico o transferencia bancaria, y sólo serán devueltos en caso de no ser admitido en la convocatoria, y previa solicitud del interesado. El resguardo acreditativo, en el que se hará constar la plaza a la que se aspira, se unirá a la instancia.

Las instancias dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se presentarán durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias podrán ser presentadas en la forma que determina el artículo 38,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará Resolución en el plazo de un mes, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, nombrando los miembros del Tribunal y fijando el lugar, fecha y hora de comienzo de la selección. Un extracto de esta Resolución en el que se señalará el lugar donde quedan expuestas las listas de admitidos y excluidos, composición del Tribunal y lugar, fecha y hora del comienzo de la selección, será publicado en Boletín Oficial de la Provincia, al menos con quince días de antelación a la fecha fijada para comienzo de la misma. Las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos serán publicadas íntegramente en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Los excluidos por defecto de forma podrán de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, subsanarlo en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de publicación del extracto de la lista provisional en el Boletín Oficial de la Provincia. Una vez transcurrido dicho plazo se dictará Resolución de la AlcaldíaPresidencia acordando la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Sexta. Tribunal Calificador.

Estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

Un empleado municipal designado por la AlcaldíaPresidencia.

Un representante de la Comunidad Autónoma, designado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Un representante de los funcionarios de carrera propuesto por la Junta de Personal.

Un miembro de la Junta de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Ecija.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de carrera en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Los miembros del Tribunal serán propuestos por las respectivas representaciones, y serán nombrados mediante Resolución de la AlcaldíaPresidencia.

Se nombrarán miembros suplentes que alternativamente con los titulares respectivos integrarán el Tribunal de selección.

La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el Tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento y será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en la base quinta.

El Tribunal, en su caso, podrá acordar la intervención en el proceso de selección, de asesores especialistas quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que será la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la AlcaldíaPresidencia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el articulo 28 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior. La AlcaldíaPresidencia resolverá en el plazo de tres días sobre la abstención o recusación, en su caso formulada.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno, de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.

Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir asistencias que correspondan con arreglo a la Ley, siempre y cuando las actuaciones del Tribunal se extiendan más allá de la jornada laboral de 8,00 a 15,00. Al personal con régimen de turnos se compensará en descanso las actuaciones del Tribunal cuando desarrollándose éstas de 8,00 a 15,00 horas no coincidan con el turno de trabajo.

Séptima. Para establecer el orden en que habrá de efectuarse la selección, se estará al resultado del sorteo público, realizado por este Ayuntamiento para los procesos selectivos correspondientes a la Oferta de Empleo Público para 2006.

La selección no podrá comenzar hasta transcurridos, al menos, dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria.

El Tribunal establecerá el calendario para la realización de la selección.

Los candidatos serán convocados en llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal.

Octava. Sistema de calificación.

Para la calificación de los aspirantes se estará al sistema selectivo que se determine en el correspondiente Anexo.

Fase de Concurso. En aquellas convocatorias en las que exista fase de Concurso, se desarrollará de conformidad con lo establecido en el Anexo de la convocatoria, que incluirá el baremo de méritos, siendo dicha fase previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición.

Fase de Oposición. Cada uno de los ejercicios de las pruebas selectivas tendrán carácter eliminatorio y serán calificados cada uno de ellos según se especifique en el correspondiente Anexo.

La puntuación total de la Fase de Oposición será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes aprobados en todos y cada uno de los ejercicios de dicha fase, dividiendo por el número de ejercicios.

La calificación final del ConcursoOposición será la suma de la puntuación obtenida en las dos fases.

Cuando la convocatoria se realice mediante Oposición Libre, la puntuación final será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes aprobados en todos y cada uno de los ejercicios de la oposición, dividiendo por el número de aquéllos.

Novena. Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal publicará la relación de resultados por orden de puntuación. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado la selección un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

Los aspirantes propuestos presentarán en este Excmo. Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la lista de seleccionados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la selección se exijan en la convocatoria y, en concreto:

Fotocopia debidamente compulsada del Documento Nacional de Identidad.

Fotocopia debidamente compulsada del Título académico oficial exigido para el ingreso.

Declaración jurada o promesa personal de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibilite para el servicio. A estos efectos, los aspirantes seleccionados podrán ser sometidos a reconocimiento médico por los servicios médicos que determine este Ayuntamiento.

Quienes tuvieran la condición de funcionario de este Excmo. Ayuntamiento estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos, ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente fotocopia debidamente compulsada del título académico oficial exigido en la convocatoria, así como certificado oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibiliten para el servicio.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los candidatos propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad.

Décima. Cumplidos los requisitos a que se refiere la base anterior, el Sr. Alcalde, efectuará el nombramiento como funcionario de carrera. Los nombrados funcionarios de carrera deberán, tomar posesión en el plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación del nombramiento; quienes no lo realizarán en dicho plazo sin causa justificada quedarán en situación de cesante.

Decimoprimera. Incidencias. El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección. A estos efectos, los acuerdos se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente.

Decimosegunda. El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y las presentes bases, una vez aprobadas se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Decimotercera. Recursos. Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO I

Plazas de Administrativo de Administración General

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativa.

Titulación académica: Bachiller, Formación Profesional II, Acceso a la Universidad o equivalente.

Grupo: C.

Nivel de complemento de destino: 18.

Núm. de plazas: Nueve.

Sistema selectivo: Dos plazas mediante Oposición libre/ Siete plazas reservadas a la Promoción interna del personal funcionario de este Ayuntamiento.

Requisitos de los aspirantes:

Se establece la reserva de una de las plazas convocadas mediante Oposición libre en favor de personas con la condición legal de minusválido, siempre y cuando la minusvalía por la que se vea afectado no le impida el normal desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo.

En el supuesto de Promoción Interna será requisito tener la condición de Funcionario de carrera de este Excmo. Ayuntamiento con una antigüedad no inferior a dos años en la Subescala Auxiliar de Administración General.

Derechos de examen: 9,32 euros.

Proceso selectivo correspondiente al turno libre. Ejercicios de la Oposición.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar, por escrito, durante el tiempo máximo de noventa minutos, dos temas del temario anexo a la convocatoria, elegido por el opositor sobre tres que determinará el Tribunal al azar.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio, constará de dos partes.

La primera parte consistirá en la realización, durante un tiempo máximo de una hora, de un supuesto práctico, referido al Temario adjunto a la convocatoria, relativo a funciones propias de la plaza convocada, que será determinado por el Tribunal antes de su realización.

La segunda parte consistirá en la lectura y exposición por el aspirante del supuesto práctico realizado, debiendo contestar oralmente a las preguntas que en número no superior a cinco realice el Tribunal en relación al citado supuesto y en desarrollo del temario de la convocatoria.

Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos, la claridad y sistemática de la exposición.

Tercer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización en el tiempo máximo que determine el Tribunal antes de su celebración, de una prueba práctica de informática sobre el paquete de Ofimática Microsoft Office.

Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de la oposición se calificarán con un máximo de 10 puntos cada uno. Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios, al aspirante se le calificase con cero puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de 0 a 10 puntos. Las calificaciones se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio. Cuando entre las puntuaciones máximas y mínimas otorgadas por los miembros del Tribunal existiera una diferencia de tres puntos o en más de tres puntos, se desecharán ambas, en cuyo caso, la puntuación será la media entre las restantes.

La calificación definitiva de la oposición se hallará sumando la puntuación obtenida en cada ejercicio obligatorio y dividiendo por el número de ejercicios. Se considerará aprobado el aspirante con mayor puntuación final.

Las calificaciones de cada ejercicio, así como la calificación final, se harán públicas en el tablón de Edictos de la Corporación.

II. Proceso selectivo correspondiente al turno de promoción interna.

Fase de concurso.

La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.

El Tribunal se reunirá antes de la celebración del ejercicio de la oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes. El resultado se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación con una antelación de, al menos 48 horas a la realización del citado primer ejercicio.

La puntuación máxima en la fase de Concurso será de 4,5 puntos, siendo valorados los méritos alegados y acreditados por los interesados conforme a lo siguiente:

Experiencia Profesional:

0,25 puntos por cada año de antigüedad o fracción igual

superior a 6 meses, hasta un máximo de 2,25 puntos. En ningún caso computará como mérito la antigüedad de dos años exigida para participar en la promoción interna.

Formación:

0,20 puntos, por cada curso de perfeccionamiento realizado en Centro Oficial, directamente relacionado con el puesto de trabajo a cubrir, hasta un máximo de 1,80 puntos.

3. Otros méritos:

0,15 puntos, por cada ejercicio superado en pruebas de acceso por oposición en plaza igual a la ofertada, hasta un máximo de 0,45 puntos.

Fase de oposición.

Ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba objetiva relacionada con la Escala y Grupo a ocupar, que versará sobre el Temario anexo a la convocatoria, mediante la contestación de una batería de 55 preguntas con tres alternativas de respuesta, de las que sólo una es válida. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 60 minutos.

El ejercicio obligatorio de la fase de oposición se calificará con un máximo de 5,5 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no superen un mínimo de 28 respuestas acertadas.

El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por la suma de las calificaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. Se considerará aprobado el aspirante con mayor puntuación final.

Las calificaciones de cada ejercicio, así como la calificación final, se harán públicas en el tablón de Edictos de la Corporación.

T E M A R I O

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La organización del Estado en la Constitución. Los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.

Tema 4. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 5. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 6. Fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 7. La relación jurídicoadministrativa. Concepto: Sujetos: La Administración y los administrados.

Tema 8. El procedimiento administrativo: su concepto y clases. Su regulación en el derecho positivo: principios informadores.

Tema 9. Intervención administrativa en la Propiedad Privada (la expropiación forzosa).

Tema 10. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 11. El silencio administrativo.

Tema 12. Actos administrativos: concepto y clases. Elementos del acto administrativo.

Tema 13. Motivación y notificación del acto administrativo.

Tema 14. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad y ejecución forzosa.

Tema 15. Suspensión. Validez e invalidez del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión.

Tema 16. Revisión de los actos administrativos. Recursos Administrativos.

Tema 17. Formas de la acción administrativa, con especial referencia a la Administración Local. El servicio público: forma de gestión del servicio público.

Tema 18. El Régimen Local Español.

Tema 19. La Provincia. Organización provincial y competencias.

Tema 20. El Municipio.

Tema 21. Otras entidades locales.

Tema 22. Organización Municipal. Competencias

Tema 23. Ordenanzas, reglamentos, bandos.

Tema 24. Personal al servicio de las Entidades Locales. Régimen jurídico del personal funcionario de las entidades locales: derechos y deberes.

Tema 25. Los bienes de las entidades locales. El dominio público.

Tema 26. Los contratos administrativos en la esfera local.

Tema 27. Atención al público.

Tema 28. Los Archivos Administrativos.

Tema 29. Especialidades del procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos: requisitos en la presentación de documentos.

Tema 30. Funcionamiento de los órganos colegiados. Funciones del Pleno, Funcionamiento de la Junta de Gobierno Local y Comisión Informativas.

Tema 31. Régimen de acuerdos. Actos y certificación de acuerdos.

Tema 32. Responsabilidad de la Administración.

Tema 33. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos.

Tema 34. Ordenanzas fiscales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 35. Estudio especial de los ingresos tributarios: Impuestos, Tasas y Contribuciones especiales. Los precios públicos.

Tema 36. Legislación sobre el régimen del suelo y ordenación urbana. Régimen del Suelo.

Tema 37. El planeamiento urbanístico: significado y clases de planes.

Tema 38. Los presupuestos de las entidades locales: conceptos y contenido. Estructura. Calificación funcional y económica de los gastos y clasificación funcional y económica de los ingresos.

Tema 39. Aprobación y ejecución del presupuesto. Modificaciones presupuestarias y liquidación del presupuesto.

Tema 40. Gasto público Local: concepto y régimen legal.

ANEXO II

Plaza de Técnico Auxiliar de Informática

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase Auxiliar.

Titulación académica: Bachiller, Formación Profesional de segundo grado, acceso a la Universidad o equivalente.

Grupo: C.

Nivel de complemento de destino: 18.

Núm. de plazas: Cuatro.

Sistema selectivo: Una plaza mediante Concursooposición libre/ Tres plazas mediante Concursooposición reservado a la promoción interna del personal funcionario de este Ayuntamiento.

Requisitos de los aspirantes en el supuesto de Promoción Interna: Ser Funcionario de carrera de este Excmo. Ayuntamiento perteneciente al grupo D de clasificación y con una antigüedad no inferior a dos años en la Subescala de procedencia.

Derechos de examen: 9,32 euros.

Fase de concurso.

La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.

El Tribunal se reunirá antes de la celebración del ejercicio de la oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes. El resultado se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación con una antelación de, al menos 48 horas a la realización del citado primer ejercicio.

La puntuación máxima en la fase de Concurso será de 4,5 puntos, siendo valorados los méritos alegados y acreditados por los interesados conforme a lo siguiente:

Turno Libre:

Experiencia:

La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 2,25 puntos, según lo siguiente:

Por cada mes completo de servicios prestados en plaza

o puesto de igual contenido al que se opta en Ayuntamientos de población de más de 20.000 habitantes, 0,060 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en plaza

o puesto de igual contenido al que se opta, en cualquier otra Administración Local, 0,040 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en plaza

o puesto de igual contenido al que se opta en cualquier otra Administración Pública, 0,020 puntos.

Formación:

0,20 puntos, por cada curso de perfeccionamiento realizado en Centro Oficial, directamente relacionado con el puesto de trabajo a cubrir, hasta un máximo de 1,80 puntos.

3. Otros méritos:

0,45 puntos por Titulación específica relacionada con la plaza.

Turno Promoción Interna:

Experiencia:

0,25 puntos por cada año de antigüedad o fracción igual

superior a 6 meses, hasta un máximo de 2,25 puntos. En ningún caso computará como mérito la antigüedad de dos años exigida para participar en la promoción interna.

Formación:

0,20 puntos, por cada curso de perfeccionamiento realizado en Centro Oficial, directamente relacionado con el puesto de trabajo a cubrir, hasta un máximo de 1,80 puntos.

3. Otros méritos:

0,45 puntos por Titulación específica relacionada con la plaza.

Fase de oposición.

Turno Libre:

Primer ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en desarrollar, por escrito, durante el tiempo máximo de sesenta minutos, un tema de la Parte General del temario anexo a la convocatoria, que será determinado por el Tribunal al azar.

Segundo ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba objetiva relacionada con el puesto de trabajo a ocupar, que versará sobre la Parte Especial del Temario anexo a la convocatoria, mediante la contestación de una batería de 55 preguntas con tres alternativas de respuesta, de las que sólo una es válida. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 60 minutos.

Tercer ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba de carácter práctico relacionada con el puesto de trabajo a ocupar, que versará sobre la Parte Especial del Temario anexo a la convocatoria, determinada por el Tribunal antes de su realización. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 60 minutos.

Los ejercicios obligatorios de la fase de oposición se calificarán con un máximo de 5,5 puntos cada uno, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen un mínimo de 2,75 puntos en cada ejercicio. Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios, al aspirante se le calificase con cero puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de 0 a 5,5 puntos. Las calificaciones se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio.

La calificación definitiva de la fase de oposición se hallará sumando la puntuación obtenida en cada ejercicio obligatorio y dividiendo por el número de ejercicios.

El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por la suma de las calificaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. Se considerará aprobado el aspirante con mayor puntuación final.

Las calificaciones de cada ejercicio, así como la calificación final, se harán públicas en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Turno Promoción Interna.

Ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba objetiva relacionada con la Escala y Grupo a ocupar, que versará sobre el Temario anexo a la convocatoria, mediante la contestación de una batería de 55 preguntas con tres alternativas de respuesta, de las que sólo una es válida. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 60 minutos.

El ejercicio obligatorio de la fase de oposición se calificará con un máximo de 5,5 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no superen un mínimo de 28 respuestas acertadas.

El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por la suma de las calificaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. Se considerará aprobado el aspirante con mayor puntuación final.

Las calificaciones de cada ejercicio, así como la calificación final, se harán públicas en el tablón de edictos de la Corporación.

T E M A R I O

Parte General

Tema 1. La Constitución Española de 1978, Principios Generales. En particular, los Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Tema 3. El Municipio. El término municipal. La población municipal. Organización y competencias municipales.

Tema 4. El personal al servicio de las Entidades Locales. Sus clases: Organización, selección y situaciones administrativas, Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Responsabilidad y Régimen disciplinario de los funcionarios.

Tema 5. Haciendas Locales. Clasificación de los Recursos. Los Tributos Locales. Los Precios públicos. Las Ordenanzas Fiscales. El Presupuesto. El gasto público local.

Tema 6. El acto administrativo. Concepto y clases. La eficacia y la validez del acto administrativo. La notificación del acto administrativo.

Tema 7. Procedimiento Administrativo. Principios generales y normativa reguladora. Fases del Procedimiento Administrativo. El Silencio Administrativo.

Tema 8. Organización política del Excmo. Ayuntamientode Ecija. El Reglamento del personal funcionario del Excmo.Ayuntamiento de Ecija.

Parte Específica

Tema 9. Arquitectura Básica de un Ordenador.

Tema 10. Periféricos. Tipos.

Tema 11. Instalación y Configuración básica de Windows XP.

Tema 12. Particiones y Unidades Lógicas.

Tema 13. Creación de usuarios y grupos en Windows 2000 Servers.

Tema 14. Relación entre tablas de una base de datos.

Tema 15. Tipos de datos más comunes en bases de datos.

Tema 16. Creación de un formulario en Access.

Tema 17. Creación de un informe en Access.

Tema 18. Creación de una consulta en Access.

Tema 19. Metodología de la Programación: fases del diseño y puesta a punto de un programa.

Tema 20. Objetos de un programa: constantes y variables.

Tema 21. Expresiones. Tipos y Operaciones.

Tema 22. Diagramas de Flujo.

Tema 23. Tipos de programa.

Tema 24. Lenguajes de Programación.

Tema 25. Arquitectura TCP/IP: modelo de referencia OSI.

Tema 26. Dispositivos de interconexión de redes.

Tema 27. Nivel de internet: protocolo de internet.

Tema 28. Direccionamiento IP.

Tema 29. Conexión remota: Telnet.

Tema 30. Transferencias de Ficheros: FTP.

Tema 31. Correo Electrónico.

Tema 32. Redes: clases.

Tema 33. Modelos de Referencia de Redes.

Tema 34. El modelo OSI: modelo general de comunicaciones.

Tema 35. Redes de área local (LAN): topologías.

Tema 36. Repetidores, hubs, puentes, switch y routers.

Tema 37. Cableado estructurado: instalación de cables.

Tema 38. Conexiones en una LAN: stándares.

Tema 39. Cables y conectores.

Tema 40. Audio y video digital: formatos y sistemas de codificación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ecija, 29 de noviembre de 2006. El Secretario General, Valeriano Lavela Pérez.

Descargar PDF