Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 07/02/2007

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Anuncio de 29 de noviembre de 2006, de la Diputación Provincial de Granada, Patronato Rodríguez Penalva, de bases para la selección de personal laboral fijo.

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Anuncio de 29 de noviembre de 2006, del Patronato Rodríguez Penalva, Organismo Autónomo de la Diputación de Granada, de bases para la selección de personal.

BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCION DE PERSONAL LABORAL FIJO POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION LIBRE

1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de titulado superior denominada Técnico en Gestión y Desarrollo Agrario de la plantilla de personal en régimen laboral del Patronato Rodríguez Penalva, Grupo Profesional 1, según art. 7 del Título II del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Excma. Diputación Provincial de Granada, dotada con el sueldo correspondiente al Grupo A, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. Al presente Concurso-Oposición le será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el RDL 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las Bases de la presente convocatoria, junto con los Anexos que la acompañan, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las plazas convocadas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto por la Ley 17/93, de 23 de diciembre, y Real Decreto 800/95.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en causas vigente de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función Pública.

2.2. Los requisitos establecidos en esta Base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias.

3. Instancias y documentación a presentar.

3.1. Los aspirantes presentarán instancia en el Patronato Rodríguez Penalva, sita Calle Periodista Barrios Talavera, núm. 1, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Presidente del Patronato Rodríguez Penalva bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 2 ª de la presente convocatoria, referida a la fecha de expiración del plazo señalado, para la presentación de instancias.

3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5. Los derechos de examen serán de 27,05 euros. Esta tasa deberá ser ingresada en cualquiera de las sucursales de Caja General de Ahorros de Granada, c/c número 2031-0305-45-0100001814, o bien mediante giro postal o telegráfico o mediante transferencia dirigida a la misma, de conformidad con el art. 38.6 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

A la instancia habrá de adjuntarse justificante del ingreso indicado expedido por el órgano competente.

Sólo procederá devolución del importe de los derechos de examen cuando se trate de causa o error imputable al propio Patronato Rodríguez Penalva, de conformidad con la correspondiente Ordenanza Fiscal.

3.6. Los aspirantes que pretendan puntuar en la Fase de Concurso, presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. Dicha documentación deberá estar compulsada por los organismos públicos autorizados para ello, previa exhibición del original. Asimismo, en la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.

3.7. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Presidente del Patronato Rodríguez Penalva dictará Resolución, a propuesta del Tribunal seleccionador, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose además en el tablón de anuncios del Patronato Rodríguez Penalva.

4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos, que en los términos del art. 71 de la Ley 30/92 se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio. La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados por el Tribunal, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se expondrá en el tablón de anuncios del Patronato Rodríguez Penalva.

5. Tribunal.

5.1. El tribunal Calificador, que tendrá la categoría correspondiente a las recogidas en el art. 33.1 del RD 236/88 de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Como titular y suplente los diputados o diputadas provinciales en quienes delegue el Presidente del Patronato.

Vocales, que deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para la plaza convocada:

- El diputado o diputada provincial designado por la Diputada de Asistencia a Municipios.

- Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Junta de Andalucía en representación de ésta.

- Un miembro titular y otro suplente propuesto por la representación de los Trabajadores.

- Un miembro titular y otro suplente del Servicio proponente de la convocatoria, designado por su Diputado Delegado.

Secretario: Uno titular y otro suplente propuestos por la Presidencia del Patronato.

El Tribunal de Selección será designado por Resolución del Sr. Presidente del Patronato Rodríguez Penalva. Deberá designarse el mismo número de miembros titulares y suplentes para los supuestos de ausencia, enfermedad o abstención o recusación por la concurrencia de alguno de los casos previstos en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Tal Resolución será publicada en el Tablón de Anuncios del Patronato Rodríguez Penalva, Ctra. Huéscar-Santiago La Espada, km. 13.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.

5.3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y dos vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4. El tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 o se hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6. Los interesados podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.8. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio, de oficio deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el tribunal sin apelación alguna.

6. Procedimiento de selección

6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: a) Concurso y b) Oposición

6.2. Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3. Antes de la celebración del primer ejercicio se reunirá el Tribunal procediéndose a valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación además de la puntuación por méritos profesionales; cursos; seminarios; congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado 6.10 de las Bases "aplicación del concurso". Dicho escrito ha de publicarse en el tablón de anuncios del Patronato Rodríguez Penalva con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.

6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciarán, con una antelación mínima de 48 horas, en el tablón correspondiente ubicado en el local donde se haya celebrado el ejerció anterior, debiendo exponerse además en el tablón de anuncios del Patronato Rodríguez Penalva. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

6.6. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético, a partir del primero de la letra "U", según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 25 de enero de 2006.

6.7. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el tribunal.

6.8. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.9. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI, o en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.

6.10. Valoración de Méritos. Fase de concurso;

Méritos profesionales.

La experiencia se acreditará por los siguientes medios:

- Fe de vida laboral.

- Contrato de trabajo.

- Cualquier otra considerada suficiente por el tribunal calificador.

A fin de que las/os interesadas/os puedan aclarar los servicios prestados, podrán presentar certificado de funciones realizado por funcionaria/o legalmente habilitada/o al efecto, en el que se recojan las funciones realizadas, con el objeto de identificar si se corresponde con las funciones especificadas en cada puesto:

a) Por cada mes completo de servicios prestados de igual contenido acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0.04 puntos

b) Por cada mes completo de servicios prestados de similar contenido certificación expedida por el organismo competente: 0,02 puntos

Se entenderá por servicios de igual contenido, los prestados en plaza o puesto de una Organismo Público con el mismo contenido funcional de la plaza que se opta; se entenderá por servicios de similar contenido los prestados en cualquier Administración Pública, en plaza o puesto con similar contenido funcional al de la plaza que se opta.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Sin embargo, en los casos de reducción de jornada por motivos familiares, establecidos en el art. 2 de la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras (lactancia de un hijo menor de nueve meses, quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de seis años o un minusválido o cuidado directo de un familiar), se computará en todo caso como jornada completa.

Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.

a) Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0.05 puntos.

De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.

De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.

De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que ser refiere la anterior escala.

b) Por la participación como Director, Coordinador o Ponente: 0,20 puntos.

La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador o Ponente o como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.

Aplicación del concurso.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de Oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:

Méritos profesionales: 5 puntos.

Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 1 punto.

6.11. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de cien minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, en relación con los temas incluidos en temario que se une como Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de temas de dicho Anexo. El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

Segundo ejercicio: Se desarrollará por escrito, durante un período máximo de tres horas, y consistirá en la Resolución de uno o varios supuestos prácticos fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio del ejercicio sobre materias objeto de la plaza que se convoca.

6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos; siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5,00 puntos.

6.13. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.

6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntaciones de la Fase de oposición y de la del Concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

7. Lista de aprobados.

7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Patronato Rodríguez Penalva la relación de los candidatos que hubiesen superado la misma por orden de puntuación total obtenida, en la que constará las calificaciones de cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.

7.2. La relación definitiva de aprobados, que el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Patronato Rodríguez Penalva, será elevada al Sr. Presidente del Patronato con propuesta de contratación como Laboral Fijo.

7.3. Los opositores que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

8. Presentación de documentos.

8.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en la Secretaría del Patronato Rodríguez Penalva los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas Bases.

8.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.3. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos, estarán dispensados de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

8.4. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las Bases de la convocatoria, no podrán ser contratados como Personal Laboral Indefinido y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Contrato laboral indefinido.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Sr. Presidente del Patronato Rodríguez Penalva dictará Resolución para la contratación laboral indefinida de los aspirantes aprobados.

9.2. En el plazo será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución del apartado anterior se formalizará el contrato laboral.

9.3. De no formalizarse el contrato en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.

10. Base final.

Contra la Convocatoria y sus Bases contenidas en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial del Estado (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

A N E X O

TEMARIO DE OPOSICION

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Sometiendo de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de leyes.

4. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

5. El acto administrativo; Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: sus fases. El silencio administrativo.

6. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

7. Organización y competencias municipales/provinciales.

8. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

9. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

11. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

12. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto local.

13. Anatomía y Fisiología de la Oveja

14. La Oveja Segureña: Distribución, Aspectos Morfológicos y Métodos de Producción.

15. Gestación y Parto: Diagnósticos y Cuidados.

16. Cuidados de las Crías después del Parto.

17. Marcado e Identificación Animal.

18. Esquilo y Raboteo del Ganado.

19. Libros Genealógicos: Misión y funcionamiento.

20. Enfermedades Infecto-Contagiosas de Declaración Obligatoria.

21. Control Sanitario en el Ganado Ovino: Programas Sanitarios.

22. Las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera: Misión y Funcionamiento.

23. Producción de Forrajes para la Alimentación de Pequeños Rumiantes.

24. Métodos de Conservación de Forrajes.

25. Cultivos Rotativos para la Alimentación del Ganado en Sistemas Extensivo y Semiextensivo.

26. Variedades de Almendros y Características Diferenciadoras.

27. Enfermedades más Comunes del Almendro: Actuaciones Preventivas y Curativas.

28. Labores Culturales, Poda e Injerto de Almendros.

29. Componentes y Acondicionamiento de Instalaciones Ganaderas y Utillaje.

30. Componentes y Acondicionamiento de Instalaciones para el Almacenaje y Conservación de las Cosechas.

31. Métodos de Riego y Cálculo de Necesidades Hídricas de los Cultivos.

32. Suelos y Abonos.

33. Cultivo del Almendro Ecológico: Manejo y Comercialización.

34. Cultivo de Hortícolas en Extensivo. Manejo Ecológico y Convencional

35. Cultivo de la Vid Ecológica: Manejo y Comercialización.

36. Desarrollo de la Ganadería Ecológica en el Sector Ovino de la Provincia de Granada.

37. Desarrollo de la Ganadería Ecológica en el Sector Caprino de la Provincia de Granada.

38. Régimen Especial Agrario: Legislación Básica.

39. La PAC de Pequeños Rumiantes.

40. Comercialización de Productos Agroganaderos.

41. Normas y Medidas de Seguridad e Higiene en el Sector Agrario.

42. Estructura Básica del Sistema Pastoral: Clima, Suelo, Vegetación Herbácea, Vegetación Leñosa, el Ganado.

43. Metodología para la Evaluación de Programas de Desarrollo Rural: Bases de la Evaluación, Tipos, Metodología y Fases de la Evaluación.

44. Las Estructuras Agrarias de Andalucía: Problemas Estructurales.

45. La Sociedad Rural en Andalucía.

46. Comercialización de Productos Agrarios.

47. Signos de Calidad: Marcas y Figuras Protegidas.

48. Competitividad de los Sectores Agrarios Andaluces y Reforma de la PAC.

49. Situación Actual y Perspectivas de Futuro de la Horticultura.

50. La Competitividad de la Pyme en el Desarrollo Rural.

51. Empresas y Explotaciones Agrarias.

52. El Proceso de Ajuste Estructural en la Agricultura Española.

53. La Dinámica Estructural de la Agricultura según Estratos y Orientación Productiva de las Explotaciones.

54. Evolución de la Titularidad de las Explotaciones Agrarias.

55. Los Regímenes de Tenencia de la Tierra y el Cambio Estructural.

56. Análisis del Trabajo en las Explotaciones Agrarias.

57. Análisis de las Medidas Estructurales Derivadas de los Reglamentos Comunitarios y de la Ley sobre Modernización de Explotaciones Agrarias.

58. Tipos de Caracterización de las Explotaciones Agrarias.

59. La Juventud Rural y la Agricultura. Relevo Generacional en la Agricultura.

60. Las Mujeres en la Agricultura y el Medio Rural: Retos y Oportunidades.

61. Asociacionismo y Cooperativismo Agrarios.

62. La Formación y la Investigación en la Agricultura, la Alimentación y el Medio rural.

63. Resultados Económicos de la Agricultura Española: Evolución y Análisis Nacional y Regional de las Macromagnitudes Agrarias.

64. La Fiscalidad del Sector Agrario en España.

65. La Garantía de Rentas: El Seguro Agrario.

66. La Industria de la Alimentación en España.

67. Influencia de la Agricultura sobre el Medio Ambiente.

68. Políticas Medioambientales Europeas y su Influencia en la Agricultura.

69. Características Básicas del Medio Rural.

70. El Desarrollo Rural.

71. Las Relaciones Institucionales Agrarias.

72. Representación Profesional e Interlocución Social en la Agricultura Española.

73. Evolución de la Política Agraria Comunitaria.

74. Análisis y Evolución del Sector de las Frutas y Hortalizas.

75. Análisis y Evolución del Sector de la Vitivinicultura.

76. Análisis y Evolución del Sector de los Cultivos Herbáceos.

77. Análisis y Evolución del Sector de Ovino Caprino.

78. Análisis y Evolución del Sector de Vacuno de Carne.

79. Análisis y Evolución del Sector Porcino.

80. Análisis y Evolución del Sector de la Industria Cárnica.

81. Medios de Producción Agrícola.

82. Medios de Producción Ganadera.

83. Sanidad Vegetal.

84. Sanidad Animal.

85. Trazabilidad de los Productos Agrarios.

86. Organismos Modificados Genéticamente.

87. Producciones Integrada y Ecológica.

88. El Bienestar Animal.

89. Programas de Apoyo a la Formación.

90. Las Estaciones Agronómicas y las Granjas Experimentales como Factor de Innovación en la Agricultura Española Contemporánea.

Granada, 29 de noviembre de 2006.- El Presidente, Antonio Martínez Caler.

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