Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 04/01/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 18 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se resuelve la convocatoria de actividades en centros de educación ambiental para los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Andalucía, con excepción de los universitarios, durante el año 2007.

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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 25 de julio de 2006 (BOJA núm. 181, de 18 de septiembre), por la que se convocan actividades en centros de educación ambiental para los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Andalucía, con excepción de los universitarios, durante el año 2007, concluidos los trabajos de las Comisiones Provinciales de Estudio y vista la propuesta de la Comisión Regional de Selección, según dispone el artículo 9 de dicha convocatoria, esta Dirección General:

HA RESUELTO

Primero. Seleccionar a los centros relacionados en el Anexo I para participar en las actividades en centros de educación ambiental, durante el año 2007, tanto para la modalidad A como para la B.

Segundo. Establecer la relación de centros que figuran en el Anexo II como centros reserva para cada provincia, en el mismo orden de prioridad en el que aparecen.

Tercero. Declarar excluidos, con indicación de la causa de exclusión, los centros que se relacionan en el Anexo III.

Cuarto. Los centros seleccionados correrán con los gastos derivados del transporte hasta el lugar de realización de las actividades y la vuelta a su localidad, proporcionando esta Consejería los medios de alojamiento, manutención y personal para el desarrollo de las mismas.

Quinto. Según queda establecido en el artículo 4 de la Orden de Convocatoria, y dado que el número de solicitudes ha excedido al número de plazas disponibles, los centros educativos que han incluido en su solicitud de participación varios grupos en ambas modalidades, sólo han sido seleccionados para un grupo y en una modalidad, teniéndose en cuenta el orden de prioridad de la solicitud del centro, en virtud de la disponibilidad de plazas. Estos centros sólo aparecen en uno de los Anexos.

Sexto. Los centros a los que se refiere el artículo anterior determinarán el alumnado que finalmente participará en la actividad.

Séptimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 18 diciembre de 2006.- El Director General, Casto Sánchez Mellado.

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