Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 12/02/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 22 de diciembre de 2006, de la Delegación del Gobierno de Huelva, por la que se publica un extracto del contenido de la Resolución de concesión de subvenciones, en la Modalidad de Programas de Entidades sin Animo de Lucro, al amparo de la Orden que se cita.

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Examinadas y resueltas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 8 de febrero de 2006, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa convocatoria para el año 2006 (BOJA núm. 36, de 22 de febrero de 2006), en la Modalidad de Programas a Entidades sin Animo de Lucro, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Hacer público, a efectos de notificación y publicidad conforme a los artículos 13.4 y 16 de la Orden de 8 de febrero de 2006, anteriormente mencionada, el extracto de la Resolución de fecha 18 de diciembre de 2006, por la que se conceden subvenciones, en la Modalidad de Programas a Entidades sin Animo de Lucro y que se transcribe en el Anexo adjunto.

Segundo. El contenido íntegro de la mencionada Resolución se encuentra asimismo expuesto en los tablones de anuncios de la Delegación del Gobierno correspondiente a los domicilios de las entidades solicitantes.

Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes, comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Huelva, 22 de diciembre de 2006.- El Delegado del Gobierno, Justo Mañas Alcón.

ANEXO

EXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 18 DE DICIEMBRE DE 2006, DEL DELEGADO DEL GOBIERNO EN HUELVA, POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES EN LA MODALIDAD DE PROGRAMAS A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO, AL AMPARO DE LA ORDEN DE 8 DE FEBRERO DE 2006, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS E INFRAESTRUCTURAS DESTINADOS AL ARRAIGO, LA INSERCION Y LA PROMOCION SOCIAL DE PERSONAS INMIGRANTES EN EL AMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA DELEGACION DEL GOBIERNO Y SE

EFECTUA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2006

1.º Con fecha 22 de febrero de 2006, del presente año se publica la Orden de 8 de febrero de 2005, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2006, siendo admitidas a trámite 58 solicitudes de entidades sin ánimo de lucro en la Modalidad de Programas.

2.º Conforme al artículo 6.2 de la Orden de convocatoria el procedimiento para la concesión de subvenciones es en régimen de concurrencia competitiva, estando limitada a la disponibilidad presupuestaria, por lo que ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes, atendiendo a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, con el fin de conceder subvenciones a las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración.

3.º Examinadas las solicitudes correspondientes al Anexo que se acompaña han obtenido una calificación superior a los 51 puntos y por tanto han sido valoradas favorablemente según los criterios referidos para la obtención de una subvención en la modalidad de programas. El resto de solicitudes que han obtenido una puntuación menor son contrarias a la estimación positiva de subvención.

4.º Se conceden a las Entidades sin Animo de Lucro, que se relacionan en el Anexo, las subvenciones que se especifican para cada una de ellas, para proyectos de Programas de atención a inmigrantes, y se deniegan las restantes solicitudes que no han sido valoradas favorablemente.

5.º Las subvenciones serán abonadas en un solo pago, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 01.09.00.02.21.483.00.31J.4.

6.º El plazo de ejecución de los proyectos será de 8 meses a contar desde la fecha de pago de la subvención.

7.º Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación referida, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

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