Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 13/02/2007

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

Orden de 31 de enero de 2007, por la que se convocan para el año 2007 las ayudas reguladas en el Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, por el

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El Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre (BOE núm. 278, de 21 de noviembre de 2005), por el que se establece el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo, tiene como finalidad establecer las normas básicas y de coordinación para el establecimiento del Programa nacional de selección genética ara la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, así como el establecimiento de la normativa básica de las subvenciones para el desarrollo del Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino. Dichas ayudas se encuentran financiadas en su integridad con cargo a los créditos presupuestarios asignados al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de los Presupuestos Generales del Estado.

Asimismo prevé en su artículo 23 que la convocatoria de las ayudas será realizada por las Comunidades Autónomas, en la que además se fijarán las prioridades que en su caso debe establecerse teniendo en cuenta la evolución del Programa nacional de selección genética.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria, y en ejercicio de las competencias que me confiere el Decreto 204/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, y el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma,

D I S P O N G O

Primero. Convocar para el año 2007 la concesión de las ayudas reguladas en el Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo, financiadas en su integridad con cargo a los créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales del Estado asignados al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Segundo. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. En la concesión de las ayudas se estará a los criterios determinados en el artículo 22 del Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, estando delegada la competencia para resolver sobre las solicitudes que se presenten, en la persona titular de la Dirección General de la Producción Agraria.

Cuarto. La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de enero de 2007

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Agricultura y Pesca

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