Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 23/02/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 24 de enero de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el Deslinde total de la vía pecuaria "Vereda de la Ermita de San Cristóbal", en el término municipal de El Puerto de Santa María, provincia de Cádiz (VP @318/06).

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Examinado el Expediente de Deslinde de la Vía Pecuaria "Vereda de la Ermita de San Cristóbal", en toda su longitud en el término municipal de El Puerto de Santa María, en la provincia de Cádiz, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria "Vereda de la Ermita de San Cristóbal", en el término municipal de El Puerto de Santa María, provincia de Cádiz, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 9 de marzo de 1931.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 30 de enero de 2006, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria "Vereda de la Ermita de San Cristóbal", en el término municipal de El Puerto de Santa María, provincia de Cádiz, por conformar la citada vía pecuaria el Proyecto de realización de diversos tramos de deslinde de Algar, Chiclana de la Frontera y El Puerto de Santa María, en la provincia de Cádiz, conservando el acto de operaciones materiales del deslinde que se inició con fecha 10 de octubre de 2000, y se archivó con fecha 27 de enero de 2006,

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el 14 de noviembre de 2000, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 238, de 13 de octubre de 2000.

Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz, núm. 31, de 15 de febrero de 2006.

Quinto. En el período de Exposición Pública no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 2 de noviembre de 2006, se solicitó Informe del Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el procedimiento, hasta la recepción del mismo.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 17 de enero de 2007.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Vereda de la Ermita de San Cristóbal", en el término municipal de El Puerto de Santa María, provincia de Cádiz, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 9 de marzo de 1931, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, con fecha 9 de octubre de 2006, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía

RESUELVO

Aprobar el deslinde total de la vía pecuaria denominada "Vereda de la Ermita de San Cristóbal", en el término municipal de El Puerto de Santa María, provincia de Cádiz, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 2.597,17 metros.

- Anchura: mínima de 20,89 metros.

Descripción:

"Finca rústica, en el término municipal de El Puerto de Santa María, provincia de Cádiz, de forma alargada con una anchura de 20,88 m, la longitud deslindada de 2.597,17 m, la superficie deslindada de 54.162,69 m2, que en adelante se conocerá como

Vereda de la Ermita de San Cristóbal

, y posee los siguientes linderos:

- Norte. Linda con la Vereda de la Sierra de San Cristóbal de la Junta de Andalucía, Consejería de Medio Ambiente; terreno con matorral y zona de cantera de Hnos. Pérez López de Tejada, S.L.; terreno con matorral y zona de cantera de Impulsa de El Puerto S.L.

- Sur. Linda con terreno de matorral y zona de cantera de Impulsa de El Puerto, S.L., terreno con matorral y zona de cantera de Impulsa de El Puerto, S.L. y Cañada de Esquivel de la Junta de Andalucía, Consejería de Medio Ambiente.

- Este. Linda con terrenos de cultivo propiedad de Hnos. Pérez López de Tejada, S.L.; con alambradas de las instalaciones militares del Ministerio de Defensa; terreno con matorral y zona de cantera de Impulsa de El Puerto, S.L.

- Oeste. Linda con terrenos de cultivo propiedad de Hnos. Pérez López de Tejada, S.L.; terreno con matorral y zona de cantera de Hnos. Pérez López de Tejada, S.L.; terreno con matorral y zona de cantera de Impulsa de El Puerto S.L."

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 24 de enero de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

Anexo a la Resolución de fecha 24 de enero de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el Deslinde total de la vía pecuaria "Vereda de la Ermita de San Cristóbal", en el término municipal de El Puerto de Santa María, provincia de Cádiz (VP @318/06).

COORDENADAS "VEREDA DE LA ERMITA DE SAN CRISTOBAL",

T.M. EL PUERTO DE SANTA MARIA (CADIZ)

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