Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 05/03/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 29 de enero de 2007, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público "Dehesa del Perro, Cerro Garcibravo y Cerro del Hornito", núm. 15 del C.U.P. de la provincia de Sevilla, con Código de la Junta de Andalucía SE-30001-CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Aznalcóllar y ubicado en el mismo término municipal, provincia de Sevilla.

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Visto el expediente núm. MO/00006/2004 de Deslinde Parcial del monte público "Dehesa del Perro, Cerro de Garcibravo y Cerro del Hornito", núm. 15 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Sevilla, con Código de la Junta de Andalucía SE-30001-CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Aznalcóllar y ubicado en el término municipal de Aznalcóllar (Sevilla), en la parte correspondiente al perímetro exterior de la zona Norte del monte comprendido entre la intersección de la Ctra. SE-537 con la prolongación de la calle de la Cruz hasta el Arroyo de los Frailes, incluido el Cerro del Hornito y el enclavado de Viña Vieja, instruido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Sevilla, se tienen los siguientes

H E C H O S

1. El perímetro del monte no presenta una definición lo suficientemente clara, y la existencia de algunas dudas en el reconocimiento de los linderos en el terreno, hace conveniente la normalización de estas irregularidades mediante el deslinde administrativo de este monte justificado por la condición 3.ª del artículo 81 del Reglamento de Monte Estatal donde se confiere preferencia para deslindar: "A los montes en que existan parcelas enclavadas o colinden con otros de propiedad particular y, especialmente, cuando los linderos figuren de forma confusa equívoca", condiciones que reúne este monte.

2. Autorizado el deslinde administrativo, por el procedimiento ordinario, de dicho monte por Orden e Inicio de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 17 de marzo de 2005, según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publicó en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Aznalcóllar, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla el anuncio de acuerdo de inicio de deslinde.

3. Al no haberse presentado reclamación alguna contra este acuerdo de inicio, se publicó en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Aznalcóllar, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, el preceptivo anuncio señalando fecha y lugar para dar comienzo a las operaciones de apeo y amojonamiento de las líneas provisionales para el día 27 de septiembre de 2005.

4. Después de tramitadas las debidas comunicaciones y citaciones a lo interesados, procedió el Ingeniero Operador en la fecha anunciada al comienzo del apeo y amojonamiento provisional del perímetro exterior.

5. Se comenzaron las operaciones materiales de deslinde partiendo del Piquete número uno situado en el comienzo de la colindancia con el titular catastral doña Feliciana Almansa Romero, donde comienza el olivar llamado "Las Pitas", los piquetes dos, tres y cuatro se sitúan en el lindero del mencionado olivar tomando dirección Este.

El piquete cinco se ubica en los restos de un antiguo muro situado a media ladera de un ribazo, cambiando en este piquete la linde a dirección Norte.

Desde el piquete número cinco al piquete dieciocho la linde del monte queda definida por el muro antes mencionado, localizado a media ladera de un ribazo. Desde el piquete cinco al nueve la linde deja dentro del monte la carretera de Escacena y del Castillo de las Guardas, desde el piquete número nueve la linde cambia de dirección tomando rumbo Noroeste continuando por el resto de muro hasta el piquete número dieciocho, tomando la dirección del camino del Herrero, el cual está localizado dentro del monte.

Del piquete dieciocho al piquete veinticuatro la linde discurre por el límite del olivar de "Las Pitas", ubicándose el piquete número veinticuatro junto al camino del Herrero, lugar donde finaliza la colindancia del monte con doña Feliciana Almansa Romero.

En el piquete veinticuatro la linde forma el vértice de un ángulo muy agudo que realiza en este lugar el perímetro del monte, atravesando el camino del Herrero. El piquete veinticinco se ubica junto al mencionado camino, lugar donde comienza la colindancia con el titular catastral don Antonio Mérida de los Reyes.

Desde el piquete veinticinco al veintiocho transcurre la linde con la colindancia del titular antes mencionado situándose el piquete veintiocho en el borde derecho una vez atravesado el camino del Berrocal, lugar donde finaliza la colindancia.

Desde el piquete veintiocho comienza la colindancia con don Manuel Domínguez Burgos, el piquete veintiocho-A se sitúa en la esquina de un piscina, lugar donde comienza la colindancia con don Manuel Aguilar Castaño, tanto la piscina como varias edificaciones se encuentran dentro del monte. El piquete veintiocho-B se coloca a media ladera entre almendros.

Entre el piquete veintiocho-B y el piquete veintiocho-C se encuentra la colindancia con don Manuel Vázquez Gutiérrez, encontrándose el lindero del monte por dentro del vallado existente.

El piquete veintiocho-C se sitúa junto a un poste de la luz y junto al alambrado existente, entre este punto y el anterior la linde se encuentra definida por dentro del vallado, encontrándose intrusado.

El piquete veintiocho-D, se localiza siguiendo un arroyo junto a un poste de luz encontrándose fuera del vallado existente, queda definida la linde por el muro existente entre el piquete veintiocho-C y el piquete veintiocho-D.

Desde el piquete veintiocho-D la linde continúa definida por el arroyo existente encontrándose vallada e intrusada esta parte del monte, quedando definida la linde por restos de un antiguo muro, acabando aquí la colindancia con el titular antes mencionado y comenzando la colindancia con don Federico Caparrós Martín.

Desde el piquete veintiocho-D al veintiocho-E la linde queda definida por el antiguo muro antes mencionado situándose el piquete veintiocho-E en un esquina de éste.

Los piquetes veintiocho-F y veintiocho-G se sitúan en restos del antiguo muro y durante los cuales se colinda con don Federico Caparrós Martín.

Desde el piquete veintiocho-E hasta el piquete sesenta y ocho, la linde queda definida por los quiebros del muro existente. Entre los mencionado piquetes se colinda con la finca Maurogallo, cuyo titular catastral es don Federico Caparrós Martín.

Desde el piquete sesenta y ocho la linde toma dirección sur, existiendo una alambrada, encontrándose esta zona intrusada, siendo el titulal catastral colindante don Manuel Rodríguez Burgos. La linde posteriormente atraviesa el camino del Berrocal o Charcofrío, ubicándose el piquete sesenta y nueve al otro lado del camino junto a una pita. Finalizando la colindancia de don Manuel Rodríguez Burgos antes de atravesar el mencionada camino.

Desde el piquete setenta al número setenta y siete los piquetes se ubican a media ladera de un talud, quedando el camino del Charcofrío o del Berrocal dentro del monte. Colindando desde el piquete setenta con el titular catastral don Juan Domínguez Fernández.

Desde el piquete número setenta y ocho la linde queda definida por la alambrada existente hasta el piquete setenta y nueve, colindando entre estos dos piquetes con doña Amparo Navarro Delgado y doña Mercedes García Delgado.

Desde el piquete número setenta y nueve al piquete ochenta y uno se colinda con doña Josefa Villar García, quedando la linde del monte definida por el vallado existente.

La linde entre los piquetes números ochenta y uno al número ochenta y seis, correspondiente a la colindancia con don Manuel Rodríguez Gómez, queda definida por el vallado con chumberas existente, ubicándose el piquete número ochenta y seis junto a una cancela.

Entre el piquete ochenta y seis y el piquete ochenta y siete la linde atraviesa el camino del Berrocal, situándose estos piquetes a ambos lado del camino.

Desde el piquete ochenta y siete al piquete número noventa y cinco se colinda con don Manuel Aguilar Castaño, aunque el titular catastral de estos terrenos es la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía. La linde entre estos puntos queda definida por una línea de palmitos que quedan dentro del monte, existiendo a su vez unas encinas que quedan fuera del perímetro del monte. El piquete número noventa y tres se ubica en una ruinas que quedan dentro del monte, y desde este piquete número noventa y tres hasta el piquete número noventa y cinco la linde del monte queda definida por el camino existente el cual queda fuera del monte.

Desde el piquete número noventa y cinco al piquete ciento cinco el titular colindante es Herederos de don José Borrero Marabel, quedando la linde del monte definida por los quiebros de un antiguo muro de piedra.

Entre los piquetes ciento cinco que se sitúa en el quiebro del antiguo muro y el piquete número ciento seis se localiza la colindancia con don Manuel Barrera Martín y don Manuel Barrera Pérez, existiendo un piquete intermedio, el número ciento cinco-A justo entre el muro de piedra y la alambrada existente.

Desde el piquete ciento seis al piquete ciento veintidós se encuentra la colindancia con Hros. de José Borrero Marabel, el piquete ciento siete se sitúa en el cruce con un camino.

El piquete ciento ocho se sitúa siguiendo el lindero entre el monte y la dehesa, al igual que el piquete ciento nueve.

El piquete ciento diez se sitúa en una senda existente hasta el piquete ciento doce, donde comienza la linde queda definida por un camino que queda fuera del monte hasta el ciento dieciséis donde la linde queda definida por una hilera de encinas hasta el ciento veinticuatro, existiendo un mojón en el ciento diecinueve.

Desde el piquete ciento veintiuno se cambia de dirección unos noventa grados situándose el piquete junto a la carretera.

Entre el piquete ciento veintidós y el ciento veintidós-A se cruza la carretera ubicándose este último piquete junto a una encina, quedando la encina fuera del monte.

Desde el piquete número ciento veintidós-A al ciento veintitrés, se colinda con don José Losada Navarro, a partir del piquete ciento veintitrés queda definida la linde por una hilera de encinas que quedan fuera del perímetro del monte, siendo ahora colindante la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía hasta el piquete número ciento veinticinco-cinco.

A partir del piquete número ciento veinticinco-cinco se comienza a colindar con la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, situándose los piquetes que definen la linde (desde el piquete ciento veinticinco al ciento veinticinco-veintitrés) de acuerdo con el deslinde del año 1956. En el piquete ciento veinticinco-cinco comienza como límite la margen derecha del antiguo cauce del río Cañaveroso, el cual sigue siendo linde del monte hasta el piquete número ciento veinticinco-doce, que es el punto en el que el río Cañaveroso desembocaba en el río Agrio o Crispinejo, comenzando a ser ahora lindero la margen izquierda de este último hasta el piquete número ciento veinticinco-veintitrés, ambos cauces están ahora sumergidos bajo las aguas del embalse existente por la ocupación dada en su tiempo a Bolidén.

El piquete ciento veintiséis se coloca al comienzo de la colindancia con la finca propiedad de Riberas de Aználcollar, junto a un antiguo muro que delimita esta finca. La linde del monte queda definida hasta el piquete ciento cincuenta, por el mencionado muro. Entre el punto ciento cincuenta y ciento cincuenta y uno atraviesa el lindero la carretera de Aználcollar al Castillo de la Guardas. Comienza en el piquete ciento cincuenta y uno, la colindancia con la finca de Hámster S.A. Esta finca continúa colindando hasta el piquete doscientos siete, quedando definida la linde del monte por el antiguo muro que delimita esta finca.

A partir del piquete número doscientos siete comienza el lindero Este del monte, constituido por el cauce del río Tardón, también denominado arroyo de los Frailes, dicho cauce constituye la línea de demarcación de lo términos municipales de Aznalcóllar y Sanlúcar la Mayor. Realizándose un levantamiento topográfico de puntos intermedios. Finaliza el deslinde del perímetro exterior del monte con el piquete número doscientos siete-treinta y seis, localizado en el cauce del río Tardón y en el lugar donde comienza la descatalogación del año 1997.

A continuación se describe el límite del enclavado de Viña Vieja. En el deslinde del enclavado se tiene como referencia, al igual que en el resto del deslinde, el deslinde practicado en el año 1957 y aprobado en el año 1960.

Desde el piquete número uno

al piquete número ocho

la linde del monte queda definida por quiebros del antiguo muro, ubicándose los mencionado piquetes junto a dicho muro.

En el piquete número ocho

la linde del monte cambia de dirección, cortando casi en ángulo recto el muro existente, dejando dentro del monte una zona de olivar y posteriormente una zona de matorral. Próximo a la zona de matorral, junto a un olivo, se coloca el piquete número nueve

y continuación, encontrándonos nuevamente con el muro, se coloca el piquete número diez

Desde el piquete número diez

al piquete número uno

la linde del monte queda definida por antiguo muro ubicándose todos estos piquetes en quiebros del mismo.

Del piquete número dieciocho

al piquete número veintidós acompaña a la linde la carretera SE-530. A la altura del piquete número veintidós

la linde cambia de dirección abandonando la carretera que la acompañaba, cogiendo el camino del Herrero hasta el piquete número veintiséis, en este piquete la linde que continúa por el mencionado muro, abandona el camino y se une al piquete número uno

cerrando el perímetro del enclavado.

A continuación se describe la linde del Cerro del Hornito:

Se colocó el piquete número H-uno junto la alambrada del colindante Cañada Honda y a un lado del camino del Herrero, desde el piquete número H-uno al piquete número H-dos la linde del monte atraviesa el mencionado camino ubicándos el piquete H-dos en la otra cuneta del camino, junto la alambrada del siguiente colindante, don Antonio José Martínez Bernal.

Desde el piquete número H-dos hasta el H-siete la linde queda definida por quiebros del alambrado existente. A continuación el piquete número H-ocho se ubica junto a una encina, dentro del alambrado, y cerca del antiguo trazado del camino del Herrero, el cual figura como lindero en las acta recogidas en el apeo del año 1956.

La linde vuelve a coger nuevamente en la alambrada anteriormente mencionada donde se ubicó el piquete número H-siete y colocamos los piquetes H-nueve y H-diez. Volvemos a entrar dentro del alambrado y colocamos el piquete número H-once.

Retomando la linde de nuevo la alambrada se ubicaron los piquetes desde el H-doce hasta el piquete H-diecinueve, quedando la linde definida por quiebros de la misma. Lugar donde finaliza la colindancia con el titular antes mencionado.

Desde el piquete número H-veinte comienza la colindancia con don José García Rey quedando definida la linde del monte hasta el H-veintitrés en quiebros de la alambrada existente.

En el piquete número H-veintitrés, comienza la colindancia con don Manuel Ponce Márquez, quedando definida la linde del monte hasta el piquete número H-veintisiete en la alambrada existente y colocándose todos los piquetes en quiebros del mencionado alambrado.

En el piquete número H-veintisiete comienza la colindancia con don Antonio José Mérida Pavón hasta el Piquete número H-treinta y uno que se ubica en un regajo, quedando definida la linde del monte en quiebros del alambrado existente.

Entre el piquete número H-treinta y uno y el piquete número H-treinta dos la linde del monte discurre por un regajo, realizándose un levantamiento topográfico de puntos intermedios. Situándose el piquete número H-treinta y dos junto a una malla lugar donde comienza la colindancia con don Juan Guerrero Sánchez.

El piquete número H-treinta y tres se sitúa por dentro de la alambrada existente, considerándose esta zona intrusado quedando definida esta zona por una plantación de olivos jóvenes que se ubican dentro del monte.

El piquete número H-treinta y cuatro se sitúa como el piquete anterior por dentro de, la alambrada, lugar donde la linde hace un quiebro y junto al regajo.

El piquete número H-treinta y cinco se sitúa ya fuera de la alambrada existente y al igual que el punto anterior, junto al regajo.

Entre el piquete número H-treinta y cinco y el piquete número H-treinta y seis la linde del monte discurre por el mencionado regajo, realizándose un levantamiento topográfico de puntos intermedios. Entre estos dos piquetes finaliza la colindancia con el titular anteriormente mencionado, y comienza la colindancia con don José Narciso Darnaude, a partir del comienzo de su colindancia la linde atraviesa el vallado existente siguiendo el mismo regajo considerándose intrusado el monte.

El piquete número H-treinta y seis se ubica en unas rocas junto al regajo antes mencionado.

El piquete número H-treinta y siete se ubica junto al vallado existente en el lugar donde se juntan dos alambradas.

El piquete número H-treinta y ocho se ubica en un afloramiento rocoso junto a un olivo y a seis metros de una encina de grandes dimensiones.

En otro afloramiento rocoso se ubica el piquete H-treinta y nueve, la linde continúa bajando una ladera y atravesado un arroyo.

El piquete H-cuarenta se ubica en un afloramiento rocoso a media ladera unos cinco metros de una encina.

El piquete H-cuarenta y uno se ubica junto a un afloramiento rocoso cerca de una encina, desde este piquete hasta el número H-cuarenta y dos la linde atraviesa una valla, situándose el piquete H-cuarenta y dos junto al carril existente próximo a una encina. El piquete H-cuarenta y tres se ubica también en el borde del carril.

El piquete H-cuarenta y cuatro se ubica entre dos carriles junto a un pita.

El piquete número H-cuarenta y cinco se ubica al lado de un camino en la esquina del alambrado existente lugar donde finaliza la colindancia con don José Narciso Darnaude.

Desde el piquete número H-cuarenta y cinco al piquete número H-cuarenta seis la linde atraviesa el camino existente ubicándose el piquete número H-cuarenta y seis junto al camino lugar donde comienza la colindancia de doña Rosalía Librero Nieto. Desde el H-cuarenta y seis al piquete número H-cincuenta y cinco la linde se define por la línea de vegetación del monte, existiendo una línea de encinas dentro del perímetro del monte. Destacar que el piquete H-cincuenta y dos se coloca junto a un alcornoque. Ubicándose el piquete H-cincuenta y cinco junto a un palmito al lado de un camino, lugar donde finaliza la colindancia con la titular ante mencionada.

Desde el piquete número H-cincuenta y cinco al piquete número H-cincuenta y seis la linde del monte cruza el camino existente y atraviesa un alambrada, lugar donde comienza la colindancia con Explotaciones Agrícolas el Prado, manteniendo la linde del levantamiento del deslinde del año 1957, llevando la vía pecuaria que en dicho deslinde se menciona como límite, dentro del monte hasta el piquete número H-sesenta.

El piquete número H-sesenta y uno se ubica en la alambrada de Explotaciones Agrícolas el Prado, lugar donde finaliza esta colindancia.

Desde el piquete número H-sesenta y uno al piquete número H-uno la linde deja la alambrada y ubicándose el mencionado piquete junto al camino del Herrero. Atraviesa la linde el mencionado camino colocándose el piqute número H-sesenta y tres en la otra cuneta del camino. Lugar donde comienza la colindancia con Cañada Honda, S.A.

Desde el piquete número H-sesenta y tres ubicado en la alambrada existente, la linde discurre hasta el piquete número H-uno por la alambrada existente, situándose los piquetes en quiebros de la mencionada alambrada, lugar donde finaliza la colindancia con Cañada Honda, S.A. En este punto se finaliza el deslinde del perímetro exterior del Cerro del Hornito uniéndose los puntos H-sesenta y ocho al piquete número H-uno.

Dando por finalizado en este punto las operaciones materiales de deslinde.

6. Durante el acto de apeo se presentaron alegaciones a las operaciones materiales de deslinde por parte de don Manuel Aguilar Castaño, don Jorge Vázquez, doña Sirena Tabanera Rodríguez Ferro como administradora única de las sociedades Riberas de Aználcollar S.A. y Hámster S.A., don José Antonio Martínez Bernal y don José Narciso Darnaude. Extendiéndose de todo lo actuado las correspondientes actas, firmadas por lo asistentes a la operaciones

7. Anunciado el período de vista del expediente, en el tablón de anuncio del Excmo. Ayuntamiento de Aznalcóllar, y notificado a los particulares interesados, expuesto en vista y audiencia durante el plazo de quince días pudiendo presentar durante los quince días siguientes las reclamaciones oportunas, se recibieron 3 escritos de alegaciones presentadas por don Manuel Aguilar Castaño el 9 de marzo de 2006, don Manuel Vázquez Gutiérrez el 21 de marzo de 2006 y don José Narciso Darnaude y doña María José García Miró, el 23 de marzo de 2006 si bien este último se presenta fuera del plazo legalmente establecido para el trámite de vista audiencia. Estas alegaciones se valoran en los Fundamentos de Derecho de esta Resolución.

A la vista de los anteriores Hechos, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Rimero. Que la aprobación del presente deslinde se sustenta en lo regulado en los artículos 34 al 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre; y demás normas de general y pertinente aplicación.

Segundo. Que las alegaciones presentadas durante el acto de apeo y el período de vista y audiencia del expediente, se desestiman como aparece reflejado en el Informe de Alegaciones que obra en el expediente.

Tercero. Que el Informe emitido por la Asesoría Jurídica considera favorable a propuesta de Deslinde Parcial del monte público "Dehesa del Perro, Cerro del Garcibravo y Cerro del Hornito". Es por lo que esta Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla propone que se apruebe el deslinde en la forma en que fue llevado a cabo.

Cuarto. Que el expediente fue tramitado de acuerdo con lo preceptuado por la Legislación vigente relativa al deslinde de montes, insertándose los anuncio reglamentarios en los Boletines Oficiales de la Provincia y tramitándose la debidas comunicaciones para conocimiento de los interesados.

Quinto. El emplazamiento de cada uno de los piquetes, que determinan el perímetro exterior deslindado, se describe con precisión en las actas de apeo, quedan fielmente representados en los planos que obran en el expediente, existiendo coordenadas UTM recogidas en el plano y registro topográfico de cada uno de los piquetes.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente

R E S U E L V E

1.º Aprobar el Deslinde Parcial del monte público "Dehesa del Perro, Cerro de Garcibravo y Cerro del Hornito", núm. 15 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Sevilla, con Código de la Junta de Andalucía SE-30001-CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Aznalcóllar y ubicado en el término municipal de Aznalcóllar (Sevilla), de acuerdo con las Actas, Registros Topográficos y Planos.

2.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

3.º Que se inscriba el deslinde en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con el resultado del trabajo practicado.

4.º Que se proceda a la cancelación de las anotaciones preventivas de deslinde realizadas según lo estipulado en el artículo 127.4, del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, del Reglamento de Montes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, sin que sea preciso apurar previamente la vía administrativa, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 29 de enero de 2007

FUENSANTA COVES BOTELLA

Consejera de Medio Ambiente,

REGISTRO TOPOGRAFICO

COORDENADAS UTM (HUSO 30) MONTE PUBLICO "DEHESA DEL PERRO, CERRO DE GARCIBRAVO Y CERRO DEL HORNITO", PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE AZNALCOLLAR Y CON CODIGO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA SE-30001-CCAY

Expte. MO/00006/2004

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