Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 19/03/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 12 de febrero de 2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Lucena, dimanante del procedimiento ordinario núm. 283/2003.

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NIG: 1403842C20030000980.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 283/2003. Negociado: FF.

De: Metales La Estrella, S.L.

Procurador: Sr. Pedro Ruiz de Castroviejo Aragón.

Contra: Don Juan Antonio Rodríguez Ortega.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 283/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Lucena a instancia de Metales La Estrella, S.L., contra Juan Antonio Rodríguez Ortega declarado en rebeldía con paradero desconocido, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA núm. 108/06

En Lucena, a 23 de noviembre de 2006. Vistos por don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de esta Ciudad los presentes autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad seguidos con el núm. 283/03 entre partes, de la una como demandante la entidad Metales La Estrella, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Ruiz de Castroviejo y asistidos del Letrado Sr. Vigo y de la otra como demandado don Juan Antonio Rodríguez Ortega, en rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Ruiz de Castroviejo, en nombre y representación de la entidad Metales La Estrella, S.L., debo condenar y condeno a don Juan Antonio Rodríguez Ortega, en situación procesal de rebeldía, a que abone a aquélla, la cantidad de veinticuatro mil ciento ochenta y dos euros con setenta y ocho céntimos (24.182,78 euros), más los intereses devengados por dicha suma en la forma que se recoge en el Fundamento Jurídico Cuarto de esta resolución y todo ello con expresa imposición de las costas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que será preparado e interpuesto ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo".

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Juan Antonio Rodríguez Ortega, extiendo y firmo la presente en Lucena a doce de febrero de dos mil siete.- El/La Secretario.

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