Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 21/03/2007

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Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 1 de marzo de 2007, del Ayuntamiento de La Carolina, de rectificación de bases.

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RESOLUCION

Atendiendo a los requerimientos de la Subdelegación del Gobierno y de la Delegación del Gobierno, se procede a rectificar las bases de selección de personal del Ayuntamiento de La Carolina publicadas en el BOJA, núm. 41, de 26 de febrero de 2007, en los siguientes términos:

En la Resolución de 8 de enero de 2007, bases para la selección de Técnico Superior de Gestión Económica (páginas 175 y siguientes del citado BOJA).

- Punto 6.1., donde dice "1. Un representante de la Consejería de Gobernación.", debe decir "1. Un representante de la Comunidad Autónoma".

En la Resolución de 8 de enero de 2007, bases para la selección de Técnico de Administración General (páginas 179 y siguientes del citado BOJA).

- Punto 2.e), donde dice "e) Estar en posesión del Título de Licenciado en Derecho

", debe decir "e) Estar en posesión del Título de Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario

- Punto 6.1., donde dice "1. Un representante de la Consejería de Gobernación.", debe decir "1. Un representante de la Comunidad Autónoma"

En la Resolución de 8 de enero de 2007 bases para la selección de funcionarios (página 185 y siguientes del citado BOJA).

- Punto 1., donde dice "

cubrir mediante el sistema de oposición", debe decir "

cubrir mediante el sistema de concurso oposición libre

- Punto 3 letra e), se suprime.

- Punto 6.1., donde dice "1. Un representante de la Consejería de Gobernación.", debe decir "1. Un representante de la Comunidad Autónoma"

- Punto 6.7. se suprime.

- El punto 7., debe decir:

"7. Inicio y Desarrollo del Proceso Selectivo.

El lugar, día y hora de celebración de las pruebas selectivas se determinarán en la resolución de la Alcaldía, por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Jaén y en el tablón de anuncios de la Ayuntamiento.

Los aspirantes serán convocados para cada uno de los ejercicios en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

Comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

I) Fase de oposición.

La fase de oposición constará de dos ejercicios, y serán de carácter obligatorio y eliminatorio:

A) La prueba teórica consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas tipo test, con respuestas alternativas, en relación con el temario correspondiente a cada plaza según los Anexos de la presente. El criterio de corrección será el siguiente: por cada tres preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

B.1. Para las plazas de Auxiliar Administrativo, la segunda prueba consistirá en la resolución de una prueba psicotécnica con preguntas tipo test. La contestación correcta El 50% del total de las preguntas del cuestionario corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio. Para hallar la puntuación final de la oposición se sumarán ambos ejercicios, teniendo en cuenta que la prueba teórica supondrá 2/3 del valor total, y la prueba psicotécnica 1/3.

B.2. Para la plaza de Técnico Medio (Servicios Sociales-Casa Hogar), Trabajador Social, y Técnico Medio (Cultura), la segunda prueba consistirá en el enunciado de supuestos prácticos que deberán resolverse respondiendo preguntas tipo test. El método de puntuación será igual al de la prueba teórica. Para hallar la puntuación final de la oposición se sumarán ambos ejercicios y se hallará la media.

II) Fase de concurso.

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal valorará los méritos, de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de conformidad con el siguiente baremo:

1. Experiencia profesional.

La valoración del trabajo desarrollado se cuantificará atendiendo a la experiencia en plazas de igual o similar características, incluido el personal laboral, hasta un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio completo prestado en la Administración Local, desarrollando trabajos de similares características a la plaza que se opta: 0,1 punto.

- Por cada mes de servicio completo prestado en otras Administraciones Públicas, desarrollando trabajos de similares características a la plaza que se opta: 0,05 puntos.

2. Cursos de formación o perfeccionamiento. Por la participación o impartición de cursos, seminarios, congresos o jornadas, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos de 10 hasta 25 horas: 0,1 punto.

- Cursos de 25 hasta 50 horas: 0.2 puntos.

- Cursos de 50 hasta 100 horas: 0,4 puntos.

- Cursos de 100 horas en adelante: 0,5 puntos.

El resultado final del concurso será la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de las dos fases. El total de puntos posibles a obtener en esta fase de concurso será de 5 puntos.

c) Puntuación final y propuesta de selección.

Finalizadas las fases de oposición y concurso, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios, la puntuación de los aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios, con la suma de la puntuación obtenida por estos, así como la propuesta de nombramiento a favor del los aspirante, sin que puedan rebasar estos el número de puestos ofertados. Se entenderá como calificación final la suma de la puntuación obtenida en las fases de oposición y de concurso aplicando la siguiente fórmula: puntuaciones del primer ejercicio (máximo 10 puntos), más segundo ejercicio (máximo 10 puntos), más fase de concurso (máximo 5 puntos). En caso de empate a puntos en la calificación final, se resolverá según la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición."

- En el Anexo I, respecto a todos los puestos convocados, donde dice "sistema de selección: oposición", debe decir "sistema de selección: Concurso oposición". Asimismo, respecto a las plazas de Auxiliar Administrativo, donde dice "Subescala Administrativa", debe decir "Auxiliar Administrativa".

En la Resolución de 10 de enero de 2007 bases para la selección de funcionarios (página 191 y siguientes del citado BOJA):

- Punto 1., debe decir "Se aprueban las Bases Generales para cubrir 2 plazas de Administrativo mediante concurso oposición libre, y 1 plaza de Administrativo por el turno de Promoción interna y mediante concurso oposición. Son plazas vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, y configuradas en la escala de Admón. General, subescala administrativa, clase grupo C y nivel 15."

- Punto 2. Se añade la letra "g) Para la plaza reservada a promoción interna deberá acreditar, al menos, dos años de servicios efectivos, en este Ayuntamiento, como funcionario de carrera perteneciente al grupo de titulación inmediato inferior al que se aspira."

- Punto 3 letra e), donde dice "e)

el resguardo de pago de 18

.", debe decir "e)

el resguardo de pago de 12

- Punto 6.1., donde dice "1. Un representante de la Consejería de Gobernación.", debe decir "1. Un representante de la Comunidad Autónoma"

- Punto 6.7., donde dice "6.7.

el Tribunal se clasifica de la categoría primera.", debe decir "6.7.

el Tribunal se clasifica de la categoría segunda".

- El punto 7., debe decir:

"7. Inicio y Desarrollo del Proceso Selectivo.

El lugar, día y hora de celebración de las pruebas selectivas se determinarán en la resolución de la Alcaldía, por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y en el tablón de anuncios de la Ayuntamiento.

Los aspirantes serán convocados para cada uno de los ejercicios en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

Comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

I) Fase de oposición.

La fase de oposición constará de dos ejercicios, y serán de carácter obligatorio y eliminatorio:

A) La prueba teórica consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas tipo test, con respuestas alternativas, en relación con el temario correspondiente a cada plaza según los anexos de la presente. El criterio de corrección será el siguiente: por cada tres preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

B) La segunda prueba consistirá en la resolución de una prueba psicotécnica con preguntas tipo test. La contestación correcta El 50% del total de las preguntas del cuestionario corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio. Para hallar la puntuación final de la oposición se sumarán ambos ejercicios, teniendo en cuenta que la prueba teórica supondrá 2/3 del valor total, y la prueba psicotécnica 1/3.

II) Fase de concurso.

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal valorará los méritos, de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de conformidad con el siguiente baremo:

1. Experiencia profesional.

La valoración del trabajo desarrollado se cuantificará atendiendo a la experiencia en plazas de igual o similar características, incluido el personal laboral, hasta un máximo de 5 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio completo prestado en la Administración Local, desarrollando trabajos de Auxiliar Administrativo, o de Administrativo: 0,1 punto.

- Por cada mes de servicio completo prestado en otras Administraciones Públicas, desarrollando trabajos de Auxiliar Administrativo, o de Administrativo: 0,05 puntos.

2. Cursos de formación o perfeccionamiento. Por la participación o impartición de cursos, seminarios, congresos o jornadas, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos de 10 hasta 25 horas: 0,1 punto.

- Cursos de 25 hasta 50 horas: 0.2 puntos.

- Cursos de 50 hasta 100 horas: 0,4 puntos.

- Cursos de 100 horas en adelante: 0,5 puntos.

El resultado final del concurso será la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de las dos fases. El total de puntos posibles a obtener en esta fase de concurso será de siete puntos.

c) Puntuación final y propuesta de selección.

Finalizadas las fases de oposición y concurso, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios, la puntuación de los aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios, con la suma de la puntuación obtenida por éstos, así como la propuesta de nombramiento a favor del los aspirante, sin que puedan rebasar estos el número de puestos ofertados. Se entenderá como calificación final la suma de la puntuación obtenida en las fases de oposición y de concurso aplicando la siguiente fórmula: puntuaciones del primer ejercicio (máximo 10 puntos), más segundo ejercicio (máximo 10 puntos), más fase de concurso (máximo 7 puntos). En caso de empate a puntos en la calificación final, se resolverá según la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición."

- Los Anexos I y III se suprimen.

La Carolina, 1 de marzo de 2007.- El Alcalde.

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