Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 04/04/2007

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Otros. Cámara de Cuentas de Andalucía

Resolución de 21 de marzo de 2007, por la que se anuncia la celebración de concurso específico de méritos para la provisión, entre funcionarios de los Cuerpos propios de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de dos puestos de trabajo.

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Existiendo puestos vacantes dotados presupuestariamente en la Cámara de Cuentas de Andalucía, cuya provisión se estima conveniente para atender las necesidades del Servicio, y de conformidad con lo previsto en la Resolución de 31 de marzo y 9 de noviembre de 2005, por la que se modifica la de fecha 25 de octubre de 2000, Reguladora de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario de esta Institución, y siendo de aplicación supletoria lo regulado en el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 528/2004, de 16 de noviembre, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento del Acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno el día 20 de marzo de 2007, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 22.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de esta Institución, ha resuelto convocar concurso específico de méritos para cubrir los puestos vacantes que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Requisitos.

1. Podrán participar en el presente concurso los funcionarios/as de carrera de la Cámara de Cuentas de Andalucía, que acrediten dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la Cámara de Cuentas de Andalucía, con independencia de que los servicios hayan sido prestados en uno o más Cuerpos, cualquiera que sea su situación administrativa, con las salvedades que se hacen a continuación, y que reúnan los requisitos mínimos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Institución que figuran en el Anexo antes citado, y recogidos en la convocatoria a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) No podrán participar los funcionarios en activo que no hayan permanecido un mínimo de dos años en el puesto de trabajo en que estuvieran destinados con carácter definitivo, salvo que hayan sido removidos en su anterior destino obtenido por libre designación o concurso antes de haber transcurrido dos años desde la correspondientes toma de posesión o procedan de un puesto de trabajo suprimido o cualquier otro caso de adscripción provisional sin reserva de puesto.

Los funcionarios con destino provisional que carecen de destino definitivo estarán obligados a tomar parte en el concurso, siempre que reúnan los requisitos establecidos.

b) Los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares, al amparo de lo dispuesto en el artícu-

lo 29.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.

c) Los funcionarios declarados suspensos en firme, no podrán tomar parte si no han cumplido íntegramente el periodo de suspensión de funciones.

d) Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular y por agrupación familiar sólo podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación el día de la terminación del plazo de presentación de instancias. Asimismo, los funcionarios en excedencia voluntaria incentivada sólo podrán participar en el concurso si han transcurrido cinco años desde su pase a dicha situación.

e) A los funcionarios en situación de servicios especiales se les considerará, a efectos de valoración de méritos, el puesto de trabajo que tuviesen reservado con motivo del pase a dicha situación o, de no tener puesto reservado, el último que hubiesen desempeñado en servicio activo o, en su defecto, el último que hubiesen obtenido por concurso.

Segunda. Plazo de participación de instancias y documentación.

1. Las instancias y cuanta documentación se acompañe, se dirigirán al Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se presentarán preferentemente en el Registro General de esta Institución, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias aludidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el supuesto de que se opte por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

2. Concluido el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna solicitud, ni modificación alguna a los puestos solicitados, ni documentación referida a los méritos aportados.

3. Todos los requisitos exigidos deberán mantenerse durante todo el proceso y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado.

4. El modelo de solicitud y relación de méritos alegados figuran como Anexos I y II de la precitada Resolución por la que se regulan los procedimientos de provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo para el puesto a que se aspira, los cuales, en todo caso, deberá cumplir el solicitante.

5. Los participantes no podrán desistir de su solicitud de participación una vez publicada la lista provisional de destinos adjudicados.

Tercera. Comisión de Valoración.

1. Para llevar a efecto la comprobación y valoración de méritos en las diferentes fases del concurso, la Comisión de Valoración estará compuesta del siguiente modo:

Presidenta: Ilma. Sra. doña Carmen Iglesias García de Vicuña, Consejera de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Vocales:

- Don Francisco Rogelio Colinas Pérez, Jefe de Equipo de Fiscalización Coordinador del Departamento de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

- Don Enrique González Pol, Jefe de Equipo de Fiscalización Coordinador del Departamento de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

- Don José Luis Valdés Díaz, Jefe de Equipo de Fiscalización Coordinador del Departamento de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Secretaria: Ilma. Sra. doña Milagros Carrero García, Secretaria General de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

2. Le corresponde a la Comisión de Valoración, además de la homogenización de los criterios de valoración de las distintas fases del procedimiento, la elevación al órgano convocante de la propuesta de selección de los candidatos.

Cuarta. Propuesta y Resolución del concurso.

1. La adjudicación de las plazas vendrá dada por la puntuación total obtenida por la suma de las correspondientes a las fases primera y segunda y el orden de prioridad expresado en la solicitud. En caso de empate se acudirá a lo dispuesto en el artículo 52 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 528/2004, de 16 de noviembre.

2. Concluidas las distintas fases, la Comisión de Valoración remitirá a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía la lista provisional de destino adjudicado, que contemplará la relación de candidatos seleccionados con indicación del puesto adjudicado y las puntuaciones obtenidas por los mismos, así como de excluidos, con indicación de la/s causa/s de exclusión.

3. Una vez comprobado por la Comisión de Gobierno que se han cumplido todos los trámites y requisitos previstos en la convocatoria, se publicará en el tablón de anuncios de esta Institución, la lista provisional del concurso, adscribiéndose al funcionario/a seleccionado al correspondiente puesto de trabajo, con indicación de la puntuación obtenida en cada una de las fases, así como de excluidos, con indicación de la/s causa/s de exclusión.

Contra esta lista podrán los interesados presentar alegaciones, ante la Comisión de Gobierno, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones no tendrán el carácter de recurso y solicitar los interesados si lo desean, vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada al mismo y serán decididas en la relación definitiva prevista en el apartado siguiente.

Finalizado el referido plazo, se dictará resolución definitiva del concurso, resolviéndose el mismo por la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, mediante Resolución del Consejero Mayor, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y que deberá expresar, además del puesto adjudicado, la puntuación obtenida, y en su caso, los puestos desiertos.

Contra esta relación definitiva, que se expondrá en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas, cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artícu-

lo 85 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992).

Quinta. Plazos de cese y toma de posesión.

1. El plazo de toma del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles o de un mes si implica el reingreso al servicio activo. Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se contará desde dicha publicación.

2. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados salvo que, por causas justificadas, acuerde la Comisión de Gobierno suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que, por ello, finalice la licencia que tenga concedida.

3. De conformidad con lo establecido en el apartado 5.º de las normas Reguladoras de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario de la Cámara de Cuentas de Andalucía, los destinos obtenidos serán irrenunciables, salvo causa justificada que deberá apreciar la Comisión de Gobierno.

ANEXO

Núm. 1.

Departamento: Servicio de Admón. Gral..

Denominac.: Jefe Departamento de Gestión Económica y Presupuestaria.

Ads.: F.

Gr.: A.

Cuerpo: Tit. Superior, Op. Admón. Gral.

Nv.: 27.

C. Especif.: 18.946,42.

Requisitos especiales: Exp. 3 años. Formación específica en contratación administrativa y gestión económica presupuestaria.

Localidad: Sevilla.

Núm. 1.

Departamento: Servicio de Informática.

Denominac.: Jefe Departamento de Desarrollo.

Ads.: F.

Gr.: A.

Cuerpo: Tit. Superior, Op. Informática.

Nv.: 27.

C. Especif.: 18.946,42.

Requisitos especiales: Exp. 3 años. Formación específica en análisis y programación, gestor base de datos y lenguajes de programación.

Localidad: Sevilla.

Sevilla, 21 de marzo de 2007.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.

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