Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 11/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 19 de marzo de 2007, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se hace pública la relación de centros seleccionados para la implantación de ciclos formativos bilingües de Formación Profesional.

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El artículo 8 de la Orden de 21 de julio de 2006, por la que se regula el procedimiento para la elaboración, solicitud, aprobación, aplicación, seguimiento y evaluación de los planes y proyectos educativos para la implantación de ciclos formativos de Formación Profesional para el curso 2007/2008, establece que la Directora General de Formación Profesional y Educación Permanente, a la vista de la propuesta de la Comisión de Selección y tras el estudio y valoración de las alegaciones presentadas, procederá a dictar la Resolución definitiva de la convocatoria.

En virtud de ello, esta Dirección General ha resuelto lo siguiente:

Primero. Hacer pública, en el Anexo de la presente Resolución, La relación de Institutos de Educación Secundaria que han sido seleccionados para impartir ciclos formativos bilingües de Formación Profesional. Dichos Institutos aparecen relacionados por orden alfabético de provincia y localidad, y con indicación de los ciclos formativos y del idioma por los que se les seleccionan.

Segundo. Los Institutos de Educación Secundaria seleccionados adaptarán su Proyecto de Centro a los ciclos formativos bilingües de Formación Profesional, y, en su caso, el proyecto bilingüe, a lo establecido en el Acuerdo de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Fomento del Plurilingüismo en Andalucía y a las disposiciones que lo desarrollan.

Tercero. la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente llevará a cabo un seguimiento de los proyectos autorizados para verificar su realización, la calidad de la misma y los resultados logrados.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 19 de marzo de 2007.- La Directora General, María José Vázquez Morillo.

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