Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 10/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 2 de abril de 2007, de la Dirección General de Fomento del Empleo del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se designan las entidades que formarán parte, junto a las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, del Sistema de Atención al Autónomo.

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El Decreto 175/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 213, de 3 de noviembre de 2006), aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía.

Este Plan contiene el marco normativo desde el que impulsar el trabajo autónomo en Andalucía, y recoge de manera integral, homogénea y unitaria las medidas y actuaciones que ya venían desarrollándose por el Gobierno Andaluz, incorporándose nuevas medidas que contribuyan a fomentar, potenciar y consolidar el empleo autónomo en nuestra Comunidad Autónoma.

En este contexto, dicho Plan contempla el establecimiento de un Sistema Coordinado de orientación, seguimiento, acompañamiento y evaluación de los proyectos que se ejecuten con el objetivo de ofrecer un servicio de atención al trabajo autónomo, donde primen la eficacia y la calidad del servicio que se preste, y la uniformidad en los procedimientos que se establezcan para el mismo.

En este Sistema participarán las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico (en adelante, UTDLTs), así como aquellas entidades que trabajen en materia de acompañamiento y tutorización para el trabajo autónomo colaborando con el Servicio Andaluz de Empleo.

El pasado día 30 de marzo se publica la Orden de 15 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas y su convocatoria al amparo de lo establecido en el mencionado Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía.

El artículo 3 de la Orden referenciada expresamente denomina a este Sistema Coordinado como Sistema de Atención al Autónomo de la Consejería de Empleo.

En el apartado 3 del artículo 26 de esta misma Orden se establece expresamente que la Dirección General de Fomento del Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, designará las entidades que, junto con las UTDLTs, integrarán el Sistema de Atención al Autónomo de la Consejería de Empleo.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Orden de 15 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas y su convocatoria al amparo de lo establecido en el Decreto 175/2006, de 10 de octubre,

RESUELVO

Primero. Designar las entidades que, junto con las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, integrarán el Sistema de Atención al Autónomo de la Consejería de Empleo.

A tal efecto serán entidades participantes de este Sistema las siguientes:

Confederación de Empresarios de Andalucía.

Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía.

Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de Andalucía.

Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía.

Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo.

Fundación Forja XXI.

Segundo. Entrada en vigor.

La presente Resolución entra en vigor a partir de la fecha de su firma.

Sevilla, 2 de abril de 2007.- La Directora General, Esperanza Perea Acosta.

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