Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 14/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Resolución de 17 de abril de 2007, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente de declaración de Bién de Interés Cultural, con la categoría de monumento del antiguo Convento de Mercedarios Descalzos de la Santísimo Trinidad en Cartaya (Huelva).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 2/2007 de 19 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre Protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En el marco estatutario anterior, el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo de acuerdo con el artículo 5.3 del citado Reglamento, el Director General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de declaración de Bienes de Interés Cultural.

II. El Antiguo Convento de la Santísima Trinidad de Cartaya (Huelva) destaca por pertenecer a la Orden de la Merced Descalza, Orden que se dedicó a la asistencia espiritual, rescate de cautivos y enseñanza, siendo su actividad en este sentido de enorme importancia, desarrollándose la misma en un ámbito de actuación casi exclusivamente andaluz. En la provincia de Huelva la Orden estableció tres conventos: uno en Huelva, otro en Ayamonte y éste de Cartaya, uno de los mejores conservados y que se constituye como una muestra representativa de las relaciones de la costa onubense con la capital gaditana. La importancia histórica del convento a nivel local es incuestionable al constituirse en un centro de enseñanza superior de primer orden e intervenir en diversas ocasiones de forma decisiva en el devenir histórico de la localidad.

El convento destaca igualmente por sus valores arquitectónicos. En este sentido es un magnífico ejemplo de la arquitectura conventual de la segunda mitad del siglo XVIII, ya academicista, de transición del barroco al neoclasicismo. Sus dimensiones y calidad constructiva son notables, pudiéndose comparar con el convento de la misma Orden en Huelva. La torre de su iglesia es excepcional a nivel andaluz por su morfología, al presentar un chapitel bulboso como remate, solución que se repite en las posteriores torres del convento también mercedario descalzo de Ayamonte y en la Iglesia Parroquial de San Sebastián de Villablanca.

En el plano urbanístico, el convento se sitúa en el centro de la ampliación moderna del casco histórico de Cartaya, aglutinado en torno a la Iglesia Parroquial de San Pedro, siendo un referente incuestinable de dicho sector de la población. Es el edificio de mayores dimensiones de la localidad, el único construido en piedra y uno de los pocos de carácter noble de la misma, habiendo sus rasgos estilísticos influido en la arquitectura local desde el siglo XIX, protagonizando y condicionando por tanto el conjunto urbano de Cartaya.

Su imagen, y en especial la de su torre campanario, domina la silueta de la población desde sus distintas vías de acceso, siendo una de las señas de identidad más importantes de la localidad, referencia simbólica imprescindible de la misma junto a la referida Iglesia Parroquial de San Pedro y el Castillo de los Zúñiga.

Por todo lo anterior y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español, y en el ejercicio de mis competencias, según lo establecido en el artículo 6.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/1993, de 26 de enero,

R E S U E L V O

Primero. Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, del Antiguo Convento de Mercedarios Descalzos de la Santísima Trinidad de Cartaya Huelva, cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Delimitar provisionalmente un entorno en el cual las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación o estudio. Dicho entorno afectado por la incoación del Bien, abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el Anexo y, gráficamente, en el plano de Delimitación del Bien y su entorno.

Tercero. Proceder a la anotación preventiva de este Bien incoado de Interés Cultural y su entorno, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Cuarto. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes, que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Así mismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores, previa solicitud razonada de éstos.

Quinto. Hacer saber al Ayuntamiento de Cartaya, Huelva, que debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberán contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.

Sexto. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación del procedimiento se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Huelva.

Séptimo. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.

Sevilla, 17 de abril de 2007.- El Director General, Jesús Romero Benítez.

A N E X O

I. DENOMINACION

Principal: Convento de Mercedarios Descalzos de la Santísima Trinidad de Cartaya

Secundaria: Convento de la Merced de Cartaya

II. DESCRIPCION Y DATOS HISTORICOS

El Convento de Mercedarios Descalzos de la Santísima Trinidad de Cartaya (Huelva), ocupa el lugar de otro anterior levantado entre 1624 y 1628, que alojó a la congregación desde la fundación del cenobio. Pero los distintos terremotos y vendavales que se sucedieron a lo largo del siglo XVIII le afectaron gravemente. En principio la intención fue reparar ese edificio primitivo, pero sucesivos informes periciales aconsejaron su derribo y sustitución por uno de nueva planta.

La construcción del nuevo Convento comenzó en 1774 y terminó en 1778, siendo promovido por el General de la Orden Mercedaria Descalza Fray Miguel Ramón de San José. A lo largo del proceso se sucedieron en la dirección de la obra tres maestros: el posiblemente roteño Pedro Ximenes, Manuel Tadeo de Mora y por último el ursaonense Antonio Ruiz Florindo, miembro de una saga de arquitectos con bastante trabajo en su zona de origen.

Inaugurado en 1778, tuvo una vida relativamente corta, pues los frailes tuvieron que desalojarlo en cumplimiento de una orden de 20 de marzo de 1820, y aunque volvieron en 1823, fue por poco tiempo, pues la exclaustración definitiva se produjo en noviembre de 1835. En 1840 tiene lugar la enajenación, aunque no la venta efectiva, que no se produce hasta un poco después, antes de 1846. El Ayuntamiento de Cartaya compró la capilla después de 1847 y la cedió a la Parroquia, que la tenía como propia en 1860, hasta que la vendió en pública subasta en 1917.

El edificio estaba constituido con los tres espacios habituales en este tipo de cenobios: convento, iglesia o capilla con sus dependencias anejas, y huerto, este último ya segregado del resto y edificado.

El templo o capilla conventual es la construcción más antigua, edificada entre 1624 y 1628, siguiendo el modelo de la que la Orden de la Merced Descalza había construido poco antes en Cádiz. Se trata de un edificio de una sola nave con crucero indicado y cabecera plana. Era una construcción con muros de mampostería reforzada por verdugadas de ladrillo, cubierta con bóveda de cañón con lunetos en la nave y el presbiterio, y media naranja sobre pechinas en el crucero.

Esta construcción original ha sufrido diversas alteraciones: en 1777 se reforzó la cabecera con dos contrafuertes y se enfoscaron las paredes exteriores imitando sillares en amarillo con llagueado en blanco; ha desaparecido la fachada original, sustituida por otra de ladrillo más avanzada respecto al plano de la calle; la nave se presenta actualmente cubierta con forjado de hormigón, habiendo desaparecido la bóveda y rebajado la altura de sus paredes; el presbiterio también ha perdido la bóveda; y todo el volumen del conjunto está dividido tanto vertical como horizontalmente.

Conserva el templo la media naranja del crucero, realizada con una doble vuelta de ladrillo en plano y decorada con ocho bandas radiales y un pinjante bulboso central, la cual descansa sobre una sencilla cornisa de canon clásico. Los arcos torales apean sobre pilastras adosadas, que dan forma al crucero indicado. Al exterior animan la fachada lateral los dos contrafuertes dieciochescos, y las cornisas del crucero y el presbiterio, de formas clásicas.

Adosados a la Iglesia se encuentran dos construcciones complementarias: junto a la cabecera, la sacristía, que tuvo dos plantas, la inferior cubierta con bóveda, y de la que sólo quedan dos de sus tres muros perimetrales; y la torre, una de las partes más interesantes y mejor conservadas del conjunto.

El Convento se ubica en el frente sureste de la Iglesia, se encuentra adosado a la misma y a la torre por su fachada principal. Es una amplia construcción distribuida en dos plantas y ordenada en torno a dos patios de superficies desiguales, rectangular el mayor y cuadrado el más pequeño. Conforman el conjunto dos crujías paralelas: la delantera o principal, que da hacia la calle Convento; y la trasera, hacia la desaparecida zona del huerto, unidas entre sí por otras dos crujías menores, transversales, una central o de escaleras, y otra exterior.

En la planta baja las crujías principales iban cubiertas con bóvedas de arista separadas por fajones, algunas con decoración en relieve, que apeaban sobre ménsulas terminadas en pinjantes, de las cuales se conservan, las de la crujía delantera o de fachada y las huellas en los muros de las demás. La crujía intermedia alojaba una escalera monumental, de planta en H, de la que se conserva la arquería y la bóveda de soporte de la meseta, así como los muros exteriores con sus vanos. La crujía trasversal exterior o del sur, va cubierta con bóveda de cañón rebajado de doble vuelta, que se conserva completa; se comunicaba con el huerto a través de un amplio vano de medio punto, situado en el centro de la crujía, y cuya altura determina la existencia de un luneto que interrumpe la bóveda.

La planta alta reproduce el plano de la baja por completo, pero sólo se conservan los muros, y no en todo su perímetro. El elemento más notable de esta planta es una triple arcada de medio punto con intradós achaflanado, que apea sobre pilares rectangulares de aristas también achaflanadas con molduras a modo de capiteles.

Los patios iban porticados en la planta baja, con galerías cubiertas con bóvedas de arista separadas por fajones, que apeaban sobre ménsulas prolongadas por pinjantes; se abrían al patio por arcos de medio punto rebajados que apeaban sobre columnas de mármol de Génova, de orden dórico; el patio mayor presentaba tres arcos por cada lado, y el menor tres en los lados mayores y dos en los menores; de todo el conjunto solamente se conserva una de las bóvedas, en el ángulo nororiental del patio mayor. En planta alta, las galerías de los patios eran cerradas, y su iluminación y ventilación se realizaba mediante balcones; los muros presentaban pilastras adosadas prolongando las columnas de la planta baja. Las aguas de lluvia procedentes de los tejados que vertían al patio principal se recogían en dos aljibes, existentes aún, de los que se conserva uno de los dos brocales.

La única fachada que mantiene un estilo definido es la principal, distribuida en dos plantas separadas por una cornisa. La planta alta termina en un entablamento con ancha cornisa, sobre la que va el antepecho de la azotea. En ambas plantas unas pilastras dóricas enmarcan las portadas, señalan el límite entre los dos patios y refuerzan las esquinas. El conjunto presenta dos puertas, enmarcadas ambas por sendas pilastras, que dan acceso a los dos patios. La principal actualmente transformada en ventana, está enmarcada por una sencilla moldura mixtilínea centrada por el escudo de la Orden. La secundaria no lleva decoración, salvo un cordón o baquetón que recorre las aristas. El resto de los vanos, ventanas y balcones, llevaban rejería de forja.

La torre campanario, se encuentra adosada al templo por el lado sur de la fachada principal. Presenta un cuerpo medio o caña que sobrepasa ligeramente en altura original de la nave de la Iglesia, y aloja en su interior la escalera que da acceso al campanario. Este cuerpo medio se asienta sobre una edificación anterior más antigua, consistente en un habitáculo de planta cuadrada cubierto con bóveda apuntada de crucería, reforzada por gruesos nervios de sección cuadrada, posible presbiterio de una antigua ermita, dado que uno de sus lados se abre mediante un ancho arco apuntado, siguiendo así la orientación canónica de un templo. Sobre esta base se asienta la caña de la torre, cuyo exterior presenta los muros cerrados. En la zona superior este cuerpo termina en un entablamento decorativo, rematado por una amplia cornisa realizada en piedra ostionera, con dos pinjantes de morfología textil en cada uno de sus cuatro frentes. Sobre esta base se asienta el cuerpo de campanas, de planta cuadrada, con ángulos achaflanados; presenta en cada frente un vano de medio punto trasdosado y con la clave en resalte, flanqueado con dos pilastras adosadas de capiteles corintios que sostienen un entablamento liso interrumpido por las prolongaciones de las mismas pilastras y del resalte de la clave del arco, en cuya zona superior de los ángulos termina con perinolas cerámicas sobre dados. Remata la torre un chapitel bulboso de planta octogonal sobre base prismática, también octogonal, decorado en la mitad superior con azulejos dieciochescos distribuidos en dos fajas o niveles; el inferior con piezas de diseño floral y el superior de cuadros verdes y blancos. El conjunto está rematado con un pequeño casquete semiesférico que culmina en una cruz de forja.

DELIMITACION DEL BIEN

El Convento de Mercedarios Descalzos de la Santísima Trinidad de Cartaya (Huelva) ocupa parte de la manzana catastral 38814, estando constituido por las siguientes parcelas catastrales de dicha manzana:

- Parcela 01. Calle Convento núm. 10, 12 y 14 (núm. 6 según la Oficina Virtual del Catastro) y calle Frailes o del Arco núm. 24, 26, 28 y 30.

- Parcela 02. Calle Convento núm. 16.

- Parcela 03. Calle Convento núm. 18.

- Parcela 04. Calle Convento núm. 20.

- Parcela 05. Calle Convento núm. 24 (parcialmente, tal y como aparece en el plano catastral que se adjunta).

- Parcela 35. Calle Frailes o del Arco núm. 20 y 22 (núm. 20 según la Oficina Virtual del Catastro).

De forma inequívoca, el inmueble aparece definido por un polígono con las siguientes coordenadas UTM:

Vértices X Y

1 131880,2945 4134618,0521

2 131889,4814 4134608,8848

3 131894,0200 4134604,4654

4 131898,7092 4134599,8955

Vértices X Y

5 131901,1398 4134597,5351

6 131906,3023 4134592,5156

7 131903,1253 4134588,9014

8 131900,7397 4134586,2316

9 131900,9380 4134586,0283

10 131895,1999 4134580,3088

11 131895,0228 4134580,5302

12 131891,7362 4134577,7271

13 131891,9127 4134577,5052

14 131888,2048 4134573,4335

15 131886,8735 4134572,2127

16 131878,9745 4134580,3159

17 131865,5708 4134594,0732

18 131861,6559 4134590,8575

19 131861,3248 4134590,3764

20 131853,2317 4134597,6285

21 131846,4122 4134603,7571

22 131856,5065 4134613,0060

23 131862,8101 4134618,7809

24 131871,3528 4134626,9731

IV. DELIMITACION LITERAL DEL ENTORNO AFECTADO

Se ha realizado un estudio detallado, histórico, artístico y de uso actual de la zona del casco urbano desde la que se visualiza el bien o en la que éste haya ejercido influencia de algún tipo.

Sobre esta información se ha actuado estableciendo dos categorías de entorno: inmuebles y espacios colindantes con el bien, e inmuebles y espacios con impacto o contacto visual aunque no sean colindantes.

Al estar situado el bien en el centro urbano de una población muy dinámica demográfica y económicamente, tanto los espacios y edificaciones colindantes como los cercanos han sufrido un fuerte proceso evolutivo, que continúa en la actualidad.

En primer lugar hay que considerar el carácter de protagonismo que el bien a proteger ejerce sobre su entorno, tanto por su tipología como por el volumen de la edificación y su estética.

En segundo lugar, el carácter casi absolutamente popular de la arquitectura de las edificaciones colindantes y próximas, distinto del lenguaje culto de la arquitectura del bien a proteger.

Ambas características constituyen las bases sobre las que proponemos la delimitación del entorno y las actuaciones aconsejables o permisibles.

La delimitación literal del entorno afectado por la declaración como Bien de Interés Cultural, categoría Monumento, del antiguo Convento de Mercedarios Descalzos de la Santísima Trinidad de Cartaya (Huelva), comprende los espacios privados y públicos comprendidos dentro de la línea de delimitación que figura en el plano catastral que se adjunta, y que a continuación se detallan:

Espacios privados:

Manzana 38814:

- Parcela 05. Calle Convento núm. 24 (parcialmente, tal y como aparece en el plano catastral que se adjunta).

- Parcela 06. Calle Convento núm. 26.

- Parcela 07. Calle Convento núm. 28.

- Parcela 08. Calle Convento núm. 30.

- Parcela 09. Calle Convento núm. 32.

- Parcela 10. Calle Convento núm. 34.

- Parcela 11. Calle Villeda núm. 13.

- Parcela 26. Calle Frailes o del Arco núm. 2.

- Parcela 27. Calle Frailes o del Arco núm. 4.

- Parcela 28. Calle Frailes o del Arco núm. 6.

- Parcela 29. Calle Frailes o del Arco núm. 8.

- Parcela 30. Calle Frailes o del Arco núm. 10.

- Parcela 31. Calle Frailes o del Arco núm. 12.

- Parcela 32. Calle Frailes o del Arco núm. 14.

- Parcela 33. Calle Frailes o del Arco núm. 16.

- Parcela 34. Calle Frailes o del Arco núm. 18 (parcialmente, tal y como aparece en el plano catastral que se adjunta).

Manzana 38817:

- Parcela 01. Calle de la Plaza o Canalejas Méndez núm. 42.

- Parcela 02. Calle Convento núm. 6.

- Parcela 03. Calle Convento núm. 8.

- Parcela 04. Calle Frailes o del Arco núm. 15.

- Parcela 05. Calle Frailes o del Arco núm. 13.

- Parcela 06. Calle Frailes o del Arco núm. 11.

- Parcela 07. Calle Frailes o del Arco núm. 9.

- Parcela 08. Calle Frailes o del Arco núm. 7.

- Parcela 09. Calle Frailes o del Arco núm. 5 (núm. 3 según la Oficina Virtual del Catastro).

- Parcela 10. Calle Nueva o Cánovas núm. 11.

- Parcela 20. Calle de la Plaza o Canalejas Méndez núm. 14 (parcialmente, tal y como aparece en el plano catastral que se adjunta).

- Parcela 32. Calle Frailes o del Arco núm. 17 (núm. 13 según la Oficina Virtual del Catastro).

- Parcela 33. Calle Convento núm. 4 (sin número según la Oficina Virtual del Catastro).

Manzana 39825:

- Parcela 47. Calle Convento núm. 31.

- Parcela 48. Calle Convento núm. 29.

- Parcela 49. Calle Convento núm. 27.

- Parcela 50. Calle Convento núm. 25.

- Parcela 51. Calle Convento núm. 23.

- Parcela 52. Calle Convento núm. 21.

- Parcela 53. Calle Convento núm. 19.

- Parcela 54. Calle Convento núm. 17.

- Parcela 55. Calle Convento núm. 15 (parcialmente, tal y como aparece en el plano catastral que se adjunta).

- Parcela 56. Calle Convento núm. 13 B.

- Parcela 57. Calle Convento núm. 13 A.

- Parcela 58. Calle Convento núm. 11.

- Parcela 59. Calle Convento núm. 9.

- Parcela 60. Calle Convento núm. 7.

- Parcela 61. Calle Convento núm. 5.

- Parcela 62. Calle Convento núm. 3.

- Parcela 63. Calle de la Plaza o Canalejas Méndez núm. 44.

Espacios públicos:

- Calle Convento. Desde su inicio en la confluencia con la calle de la Plaza o Canalejas Méndez hasta la línea recta virtual que une la esquina de la parcela 10 de la manzana 38814 (Calle Convento núm. 34) con el punto de separación entre las fachadas de las parcelas 46 y 47 de la manzana 39825 (Calle Convento núm. 33 y 31 respectivamente).

- Calle Frailes o del Arco. Completa.

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