Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 16/05/2007

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Anuncio de 2 de marzo de 2007, del Ayuntamiento de Almonte, de bases para la selección de Técnico de Administración General.

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Don Francisco Bella Galán, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Almonte,

A N U N C I A

Por Decreto de fecha 26 de febrero de 2007, se aprobaron las Bases Generales, para la provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Administración General, vacante en la plantilla de personal funcionario, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2004.

BASES GENERALES

1. Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria de selección de personal tiene por objeto la provisión como funcionario de carrera, por el sistema de concurso-oposición por promoción interna, de la plaza que se señala a continuación, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2004.

Las características de la plaza son las siguientes:

Número: Una.

Grupo: A.

Escala: Administración General.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnico Superior.

Denominación: Técnico.

Titulación exigida: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Retribuciones: Dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo A, que se consignan en el presupuesto del presente ejercicio.

2. Condiciones generales.

a) A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y programas mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, La Ley 30/92, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/99, las bases de la presente convocatoria y supletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado, así como las normas generales que sean de aplicación.

b) La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso y la condición jurídica será la correspondiente al puesto a ocupar.

3. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán reunir con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la titulación mínima exigible para optar a la plaza, o en condiciones de obtenerla, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación de instancias.

b) Ser funcionario de este Ayuntamiento de Almonte en el Grupo B y tener una antigüedad superior a dos años.

4. Presentación de instancias y justificación de los méritos alegados.

a) Aquellos aspirantes que deseen tomar parte en la convocatoria tendrán que hacerlo constar mediante instancia (ajustada al modelo oficial y normalizado) facilitada en el Registro General de este Ayuntamiento, dirigida al Presidente de esta Corporación.

b) La presentación de instancias se realizará en el Registro General de este Ayuntamiento o de conformidad con el art. 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), con el nuevo redactado introducido por la Ley 4/1999, y de acuerdo con el art. 2 del Real Decreto 772/1999 de 7 de mayo.

c) El plazo para la presentación de instancias será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los interesados deberán adjuntar a la solicitud fotocopia del DNI, debidamente compulsada.

d) Las instancias tendrán que ir acompañadas de los justificantes acreditativos de los méritos alegados y de la titulación exigida (originales o fotocopias compulsadas), de conformidad con el baremo recogido en el procedimiento selectivo de concurso, sin que el Tribunal Calificador pueda valorar otros méritos que los aportados en este momento.

Los cursos, cursillos y jornadas que se aleguen como méritos tendrán que ser acreditados mediante títulos oficiales u homologados, haciendo constar el centro emisor de los mismos, así como la duración en horas.

La prestación de servicios en la Administración Pública y/o en la empresa privada se acreditará mediante certificado, así como con fotocopias de los contratos, nóminas o cualquier otro medio que acredite la naturaleza de los servicios prestados.

e) Si alguna de las instancias tuviera algún defecto subsanable, los interesados podrán subsanarla en el plazo de diez días, de conformidad con el artículo 71 de la LRJPAC.

f) Los aspirantes adjuntarán a la instancia, debidamente formalizada, el resguardo de pago conforme han satisfecho las tasas correspondientes para tomar parte en el proceso selectivo, que se han fijado en la cantidad de 20 euros, según Ordenanza Fiscal 2/32, aprobada en Sesión Ordinaria de Pleno de fecha 4 de febrero de 2005. Este ingreso se realizará en la Caja del Ilmo. Ayuntamiento de Almonte, sita en C/ Concepción núm. 7, con la indicación "Pruebas selectivas para la plaza de Técnico (Adjunto a Secretaria) del Ayuntamiento de Almonte".

El importe de las mencionadas tasas no se admitirá fuera del plazo de presentación de instancias y sólo se retornará en caso de no ser admitido en el proceso selectivo.

5. Admisión de los aspirantes.

a) Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Almonte, o la autoridad en quien haya delegado, dictará una Resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Esta resolución señalará la hora y el lugar de inicio de las pruebas, si procede, el orden de actuación de los aspirantes y la composición del Tribunal.

b) Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y se concederá un plazo de diez días hábiles para subsanaciones y posibles reclamaciones, contados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución en el BOP. Las alegaciones que se puedan presentar se resolverán en el plazo de los 30 días siguientes a contar desde la presentación de las mismas.

c) La lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones. Si hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, si procede, en una nueva resolución por la que se aprobará la lista definitiva, que se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

6. Tribunal Calificador.

6.1. Composición:

Tribunal Calificador que se constituirá para valorar el proceso selectivo, de conformidad con el art. 4, letras e) y f), del Real Decreto 896/91, estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente/a: El Presidente de la Corporación municipal o un miembro de ésta en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación local o funcionario de ésta en quien delegue.

Vocales:

- Un representante designado por la Junta de Andalucía.

- Un/a Funcionario/a designado por la Alcaldía Presidencia.

- Un/a Funcionario/a de la Corporación designado/a por la Junta de Personal.

Deberán designarse suplentes para cada uno de los miembros del Tribunal.

Los Vocales deberán tener titulación igual o superior a la exigida para la plaza que se convoca.

6.2. Abstención y recusación.

d) La abstención y la recusación de los miembros del Tribunal se han de ajustar a lo que prevén los artículos 28 y 29 de la LRJPAC, debiendo notificarse la abstención a la autoridad convocante.

6.3. Constitución y Actuación:

a) El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, sean titulares o suplentes indistintamente.

b) Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, el secretario actuará con voz y voto.

c) El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus tareas de asesores especialistas, para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitando su actuación a prestar su colaboración en las respectivas especialidades técnicas.

d) El Tribunal queda facultado para interpretar estas bases, resolver las dudas e incidencias que se planteen y para tomar las decisiones necesarias para asegurar el correcto desarrollo de esta convocatoria, en todo aquello no previsto en las presentes Bases. Antes de la constitución del Tribunal, se le atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estas bases y de resolver las incidencias y recursos.

e) El Tribunal no podrá declarar seleccionados un mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas. Las propuestas de aspirantes aprobados que infrinjan esta limitación son nulas de pleno derecho.

f) Las Resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

7. Inicio y desarrollo del proceso selectivo.

El procedimiento de selección de los aspirantes es el de concurso-oposición.

El proceso de selección por concurso-oposición consiste en desarrollar dos fases diferenciadas: la primera fase, de concurso; la segunda, de oposición.

1. Primera fase: concurso.

Esta fase no tiene carácter eliminatorio y consistirá en valorar determinadas condiciones de formación, méritos o niveles de experiencia, adecuados con las características de la plaza que se cubre, siempre que sean alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, de acuerdo con el baremo siguiente y con un máximo de 9 puntos:

1. Cursos y Jornadas:

Se valorarán los siguientes méritos hasta un máximo de 3 puntos.

La escala de valoración será la siguiente:

Cursos y Jornadas de 10 a 20 horas: 0,25 puntos.

Cursos y Jornadas de 21 a 40 horas: 0,50 puntos.

Cursos y Jornadas de 41 a 90: 0,75 puntos.

Cursos y Jornadas de más de 90 horas: 1 punto.

Si no se justifica la duración del curso, se valorará con la puntuación mínima, siempre que esté relacionado con el puesto a cubrir.

2. Por experiencia profesional en el desarrollo de un puesto de trabajo con funciones análogas o superiores a la de la plaza a cubrir, hasta un máximo de 6 puntos.

Por cada mes o fracción superior a 20 días de servicios prestados en la Administración Local: 0,10 puntos.

Por cada mes o fracción superior a 20 días de servicios prestados en otras Administraciones Públicas: 0,08 puntos.

Por cada mes o fracción superior a 20 días de servicios prestados en empresas privadas: 0,06 puntos.

2. Segunda fase: Oposición.

La fase de oposición constará de la siguiente prueba de carácter obligatorio:

Constará de un ejercicio, consistente en responder por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, un tema a escoger por el aspirante, entre dos de los extraídos al azar por el Tribunal del temario de la convocatoria, y un supuesto práctico relacionado con las materias objeto de la plaza.

El Tribunal podrá invitar a que sea leído el ejercicio escrito.

Esta prueba se calificará sobre un máximo de 10 puntos. El aspirante que no obtenga un mínimo de 5 puntos, será automáticamente eliminado.

d) En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

e) La puntuación definitiva del concurso-oposición será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.

f) En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo, en primer lugar, a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

8. Disposiciones de carácter general del proceso selectivo.

Una vez iniciado el proceso selectivo, se expondrán las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que hayan superado cada una de las pruebas, juntamente con la fecha, hora y lugar de celebración de la siguiente prueba en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, al menos con dos días de antelación a su inicio.

Los aspirantes que no comparezcan a la convocatoria del Tribunal para el desarrollo de los ejercicios o pruebas a realizar en el lugar, fecha y hora que se señale quedarán excluidos, excepto los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

9. Lista de aprobados.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final.

Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de 10 días ante el Tribunal, y una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se publicará la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el número de los cuales no podrá exceder el número de plazas convocadas.

El Tribunal remitirá esta relación al Presidente de la Corporación Municipal para que realice el correspondiente nombramiento. Al mismo tiempo, remitirá a la Autoridad competente el acta de la última sesión donde deben figurar, por orden de puntuación, todos los candidatos que hayan superado todas las pruebas y excedan del número de plazas convocadas, por si alguno o algunos de los aspirantes que han obtenido el puesto no llegaran a tomar posesión de la plaza.

En caso de que ninguno de los aspirantes superara el proceso selectivo el Tribunal declarará desierta la convocatoria.

Contra la actuación del Tribunal se podrá interponer recurso ordinario ante el Presidente de la Corporación Local en el plazo y con los efectos que establece la LRJPAC.

10. Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, los documentos acreditativos de las condiciones que se exigen en las bases de la convocatoria:

1. Fotocopia debidamente compulsada del documento nacional de identidad.

2. Declaración responsable de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos y de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración Pública.

3. Declaración responsable de no hallarse sometido a alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

4. Certificado médico expedido por el médico de cabecera de no sufrir ninguna enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el normal ejercicio de la función.

5. Justificación documental de los requisitos específicos exigidos por esta convocatoria.

Aquéllos que tengan la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, presentando la certificación de la Administración Pública de la que dependan que acredite su condición y todas las circunstancias que consten en su hoja de servicios.

6. Titulación exigida para la plaza a la que opta.

11. Nombramiento.

Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere, la base anterior, la Alcaldía, de acuerdo con la propuesta del Tribunal, procederá al nombramiento del aspirante, que deberá tomar posesión en el plazo de treinta días a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

12. Incompatibilidades.

A las personas seleccionadas en esta convocatoria, les será de aplicación la normativa vigente en materia de incompatibilidades en el sector público, en cumplimiento de la cual el aspirante, en el momento del nombramiento deberá realizar una declaración de las actividades que lleva a cabo, o solicitud de compatibilidad.

13. Disposiciones finales.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes, que no sean las que obligatoriamente se mencionan en estas Bases, se realizarán por medio del tablón de anuncios.

La convocatoria, sus Bases y aquellos actos administrativos que se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y de la manera establecida por la LRJPAC.

ANEXO I

T E M A S

Tema 1. Enumeración y Clasificación de las Entidades Locales.

Tema 2. Estatuto de miembros de las Corporaciones Locales: Adquisición y Pérdida de la condición de corporativo.

Tema 3. Aprobación de las Ordenanzas Locales: Procedimiento, Modificación de Ordenanzas.

Tema 4. Procedimiento Administrativo: El Registro de Documentos.

Tema 5. Organización necesaria de las entidades locales: El Alcalde.

Tema 6. La Junta de Gobierno Local: Competencias.

Tema 7. Funcionamiento de los órganos necesarios de las Entidades Locales: El Pleno. De los requisitos de celebración de las cesiones.

Tema 8. Funcionamiento de los órganos necesarios de las Entidades Locales: El Pleno. De los Debates.

Tema 9. Patrimonio Municipal: Los Montes de Propios en Almonte.

Tema 10. Bienes de las Entidades Locales. Concepto.

Tema 11. Prerrogativas de los Bienes de las Entidades Locales: la inalienabilidad de los Bienes de Dominio Público y Comunales.

Tema 12. El Inventario de Bienes. Concepto y Naturaleza.

Tema 13. La potestad de recuperación de oficio: procedimiento.

Tema 14. Adquisición de bienes y derechos por los Entes Locales: las adquisiciones onerosas.

Tema 15. Utilización de los Bienes de las Entidades Locales: el uso común general, el uso común especial.

Tema 16. Utilización de Bienes Patrimoniales: la Cesión en Precario.

Tema 17. El Registro de la Propiedad: Bienes inscribibles y Títulos Inscribibles.

Tema 18. La Potestad de investigación: Concepto y Procedimiento.

Tema 19. Adquisición de terrenos mediante ocupación directa para dotaciones urbanísticas: Concepto, Requisitos y Procedimiento.

Tema 20. La partida presupuestaria, concepto, niveles de vinculación jurídica. Su determinación en las bases de ejecución.

Tema 21. La unidad de caja, principio presupuestario, compatibilidad con los supuestos de gastos con financiación afectada.

Tema 22. Niveles de clasificación económica de los gastos e ingresos.

Tema 23. Recaudación de derechos: periodo voluntario y apremio.

Tema 24. Presupuesto general de la Administración Local.

Tema 25. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Tema 26. El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tema 27. Contratos de la Administración Local: competencias para contratar.

Tema 28. El Contrato de suministro, criterio de selección de las empresas.

Tema 29. Contratos menores: formalización y perfección.

Tema 30. El expediente de contratación: aprobación, clases y contenido. Principios de la contratación.

Tema 31. El contrato de Gestión de servicios públicos.

Tema 32. La extinción del contrato de suministros.

Tema 33. El contrato de obras.

Tema 34. La ejecución de obras por administración.

Tema 35. El Personal Eventual: Nombramiento, Cese y Régimen Jurídico.

Tema 36. Funcionarios de la Administración Local: Retribuciones.

Tema 37. Las Parcelaciones urbanísticas.

Tema 38. El régimen del suelo Urbanizable.

Tema 39. Las Ordenanzas Municipales de Edificación y de Urbanización: Concepto, Objeto y Aprobación.

Tema 40. Revisión y Modificación de los Instrumentos de Planeamiento: Concepto y Procedencia.

Tema 41. Las declaraciones de Innecesariedad.

Tema 42. Sistemas de actuación: El sistema de compensación.

Tema 43. La Inspección urbanística.

Tema 44. La disciplina Urbanística en Almonte.

Tema 45. Infracciones Urbanísticas y Sanciones: Prescripción.

Tema 46. Clases de Infracciones Urbanísticas.

Tema 47. Las infracciones urbanísticas y sus consecuencias.

Tema 48. Las sanciones urbanísticas.

Tema 49. Tipos específicos de las infracciones urbanísticas y las sanciones.

Tema 50. Indivisibilidad de fincas, unidades aptas para la edificación, parcelas y solares.

SOLICITUD DE ADMISION PARA LAS PRUEBAS SELECTIVAS POR PROMOCION INTERNA

DE UN TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL (ADJUNTO A SECRETARIA)

Don/doña ......................................................................................................., mayor de edad, con D.N.I. núm. .......................... y domicilio en ..............................................., calle...................................................................núm. .................., teléfono............................., por medio del presente comparece y, como mejor proceda,

E X P O N E

1. Que tiene conocimiento de las Bases de la convocatoria para cubrir una plaza reservada a promoción interna de Técnico de Administración General, vacantes en la plantilla de funcionarios de carrera, Grupo de Clasificación A.

2. Que quien suscribe está interesado en participar como aspirante a las pruebas selectivas objeto de la convocatoria, cuyas bases acepta, y a cuyos efectos adjunta a la presente solicitud la siguiente documentación, que se señala con X en el recuadro:

Fotocopia compulsada del D.N.I., o documento identificativo similar.

Currículum Vitae junto con fotocopia compulsada de la titulación exigida, de los documentos acreditativos de los méritos a valorar en la fase de concurso y resguardo de pago de las tasas.

Otros documentos acreditativos de las condiciones exigidas:

1.

2.

3. Que quien suscribe, manifiesta reunir en el momento de la presentación de esta solicitud, los requisitos señalados para los aspirantes en la presente convocatoria y que en caso de superar las pruebas selectivas y ser propuesto para la contratación acreditará en tiempo y forma.

Por todo lo anteriormente expuesto,

S O L I C I T A

Se tenga por presentado en tiempo y forma el presente escrito y los documentos que al mismo se adjuntan, y por formulada solicitud para participar como aspirante en las pruebas selectivas a que anteriormente se hace referencia.

Almonte a ............ de .............................. de 200..........

Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Almonte

Lo que se hace público para general conocimiento.

Almonte, 2 de marzo de 2007.- El Alcalde, Francisco Bella Galán

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