Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 21/5/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 25 de abril de 2007, del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, de bases para la selección de Personal.

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Mediante Decreto de Alcaldía de 29 de marzo de 2006, se aprobó la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el ejercicio 2006, publicándose según lo dispuesto en el artículo 129 del RDL 781/1986 de 18 de abril, en el Boletín Oficial del Estado núm. 123 de 24 de marzo de 2006.

Por tanto, este Alcade-Presidente, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.f) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, resuelve:

Primero. Convocar las pruebas de selección de las siguientes plazas y aprobar las bases que se transcriben y que han de regir los procedimientos a seguir en dicha provisión.

Segundo. Ordenar la remisión de la presente Resolución al BOP y al BOJA para su correspondiente publicación, en cumplimiento del RDL 896/1991 de 7 de junio, tras la cual se anunciará la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA PARA PROVISION DE LAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE RINCON DE LA VICTORIA (MALAGA), INCORPORADAS A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006

Es objeto de las presentes Bases regular la convocatoria para provisión de las plazas vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, aprobadas por acuerdo de Pleno de 17 de marzo de 2006 e incorporadas a la Oferta de Empleo Público para el año 2006 (BOE núm. 123 de 24 de mayo de 2006).

Las vacantes ofertadas están dotadas económicamente con las retribuciones que el Excmo. Ayuntamiento de Rincón de la Victoria tiene acordadas presupuestariamente para cada nivel y grupo, y sus funciones y cometidos están definidos en la Relación de Puestos de Trabajo vigente.

La realización de las pruebas selectivas se ajustará al sistema de concurso-oposición libre, de acuerdo con lo regulado en los anexos específicos que se acompañan a las presentes bases, con garantía en todo caso de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/85, de 2 de abril, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, RD Legislativo 781/1966, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido sobre disposiciones legales vigentes de Régimen Local, RD 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía y, supletoriamente, en el RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Así como la Ley 42/1994, de 31 de diciembre, sobre medidas administrativas y de orden social y la Ley 70/1978 sobre reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión de las plazas que a continuación se relacionan:

PERSONAL LABORAL

Denominación del Puesto Nivel de Titulación Núm. Vacantes Turno OEP Anexo

Técnico de Gestión Medioambiental Diplomado Universitario o equivalente 1 Libre 2006 A

Técnico en Relaciones Laborales Diplomado Universitario 1 Libre 2006 B

Segunda. Requisitos los candidatos. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación, así como los contenidos en las correspondientes normas específicas:

a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. Asimismo, para cobertura de las plazas de personal laboral, podrán participar también los extranjeros residentes en España, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título exigido para cada plaza o grupo de plazas, según se especifica en los Anexos o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes. En caso de aportar título equivalente al exigido, dicha equivalencia deberá ser demostrada por el aspirante mediante certificación expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia en el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del cargo.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) Los demás que, en su caso, se especifiquen en el Anexo en virtud de la especialidad de las plazas o del sistema selectivo.

Tercera. Solicitudes.

3.1. Forma y plazo. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán presentar solicitud en la que consten sus datos personales, domicilio, número de teléfono de contacto, plaza a la que aspira, una declaración expresa de que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria, y acompañar a la misma fotocopia compulsada del DNI y resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen.

Dicha solicitud se dirigirá al llmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los aspirantes presentarán tantas solicitudes como plazas a las que deseen concurrir.

3.2. Lugar. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Rincón de la Victoria o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3. Derechos de examen. Los derechos de examen ascienden a 32 euros, importe que podrá ser abonado en la Tesorería Municipal en metálico, ingreso en la cuenta 2103-3019-22-3112000166 de Unicaja, o mediante giro postal; debiendo consignar el nombre, apellidos, número de DNI, y plaza a la que optan. El resguardo del pago se adjuntará a la solicitud.

Los aspirantes que concurran a más de una plaza deberán abonar los derechos de examen correspondientes a cada una de ellas.

Las tasas satisfechas en concepto de derechos de examen, no serán devueltas cuando los candidatos resulten excluidos en la lista definitiva por error cometido en su solicitud y/o atribuible a ellos mismos. Asimismo, se aplicarán las, bonificaciones, exenciones y coeficientes establecidos en la ordenanza municipal reguladora de la tasa por derechos de examen.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria dictará resolución, declarando aprobada la lista provisonal de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, que se harán públicas en el tablón de edictos de la Corporación previa referencia extractada en el BOP, y dando plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín, para subsanación de errores por los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el art. 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de haberlas, se dictará resolución aprobando las listas definitivas y la designación nominativa de los Tribunales a los que se dará publicidad mediante inserción de anuncio en el tablón de Edictos del Ayuntamiento, previa referencia extractada en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, en dicho anuncio se publicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio o de iniciación del concurso.

La fecha de dicha publicación en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos contra las listas definitivas.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, que será predominantemente técnico, estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

a) Un representante de la Junta de Andalucía.

b) Un representante de la Junta de Personal o Comité de Empresa.

c) Dos miembros a designar por el titular de Alcaldía.

La composición de los Tribunales será predominantemente técnica debiendo poseer todos sus miembros titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas, y los Vocales, en más de la mitad, deberán cumplir el principio de especialidad técnica. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario. Le corresponderá resolver las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Asimismo, los aspirantes podrán recusar en cualquier momento a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas anteriormente.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo.

La fecha, hora y lugar en que dará comienzo el primer ejercicio será anunciado con una antelación minima de 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de la Corporación. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de las respectivas pruebas se harán en el Tablón de Edictos de la Corporación con una antelación mínima de 12 horas a su celebración.

Desde la total conclusión de una prueba hasta el comienzo de la siguiente deberá transcurir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días hábiles, siendo el plazo máximo de realización de todos los ejercicios de 6 meses desde la fecha del primero.

El orden de actuación de los opositores se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra "B", en aplicación de la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 (BOE núm. 23 de 26 de enero de 2007).

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.1. Fase de Concurso.

Consistirá en la asignación a los aspirantes de una puntuación determinada de acuerdo con el baremo que se establezca para cada plaza, computándose los méritos obtenidos hasta la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

Con carácter previo a la fase de oposición, el Tribunal valorará los méritos relacionados y acreditados por las personas aspirantes, adjuntados en su día a la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria, conforme al baremo establecido en cada Anexo. No serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquéllos que, aun siendo invocados, no sean debidamente acreditados y compulsados en el plazo de presentación de instancias por los solicitantes, sin que proceda requerimiento de subsanación posterior al efecto por parte de la Administración. Ello, salvo méritos generados en el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, y que habiendo sido invocados por los interesados, su acreditación deba efectuarse por documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante, lo que deberá ser manifestado expresamente.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

En ningún caso, la valoración de los méritos podrá ser superior al 40% de la puntuación máxima prevista en la fase de oposición (aplicada a la puntuación obtenida en la totalidad de dicha fase), estableciéndose finalmente el orden de prelación de los participantes en el concurso según la puntuación que corresponda en aplicación del baremo establecido.

A los efectos de valoración de méritos, se precisa expresamente que resuelta esta fase, se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento el resultado de la misma, detallándose la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes, y comunicando el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

6.2 Fase de Oposición.

Su desarrollo consistirá en la realización de los ejercicios/pruebas que se especifican en los Anexos, siendo éstos de carácter obligatorio y eliminatorio. El Tribunal determinará el tiempo de realización de cada una de las pruebas, en el caso que no venga determinada en cada uno de los anexos.

Séptima. Calificaciones definitivas, presentación de documentos y propuesta de contratación.

Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados, por orden decreciente de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada una de las fases, así como de las pruebas que las contienen y el resultado final.

La relación definitiva de aprobados será elevada por el Tribunal al órgano competente con propuesta de contratación laboral de aquellos aspirantes que hubieran alcanzado mayor puntuación, no pudiendo ser mayor el número de candidatos propuestos que el de las plazas convocadas.

En caso de empate en la puntuación final, se resolverá a favor del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y en caso de persistir el empate, se resolverá a favor del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio.

En el caso de que ningún aspirante hubiera superado la totalidad de los ejercicios, el Tribunal declarará desierto el procedimiento selectivo.

Octava. Presentación de documentos y contratación.

En el plazo de 20 días hábiles, a contar desde la publicación de la relación de aprobados en el tablón de edictos, los aspirantes propuestos deberán presentar la documentación que se relaciona en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento de Rincón de la Victoria:

1.º DNI y fotocopia compulsada.

2.º Título académico exigido, o del resguardo del pago de derechos del mismo, y fotocopia compulsada.

3.º Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

4.º Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinado de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.

5.º Declaración jurada de no encontrarse incurso en causa de incompatibilidad específica conforme a la normativa vigente.

Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados o en el anexo correspondiente de cada convocatoria, no podrán ser nombrados, ni contratados, quedado anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en su solicitud.

Cumplidos los requisitos precedentes, el Alcalde-Presidente efectuará la designación para la contratación de los aspirantes propuestos, quienes deberán tomar posesión en plazo de diez días a contar desde la fecha de la notificación del nombramiento. Quienes no tomen posesión en el plazo indicado sin causa justificada, decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.

Novena. Reclamaciones.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Décima. Norma final. En todo lo no previsto en estas bases se estará a to dispuesto en la normativa indicada en el preámbulo citado anteriormente.

ANEXO A

Oferta de Empleo: 2006.

Denominación de la plaza: Técnico Medioambiental.

Régimen de la plaza: Laboral.

Número de plazas: Una.

Nivel de Titulación: Ingeniero Técnico Agrícola, Ingeniero Técnico Forestal o cualquier titulación oficial relacionada con la temática ambiental con titulación mínima de Diplomatura o Ingeniería Técnica.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Fase de concurso. Los méritos se valorarán de acuerdo con lo establecido en la base sexta de las Normas Generales, y según el siguiente baremo:

A) Por méritos profesionales:

1. Por cada mes completo prestando servicios en la Administración Pública Local, desempeñando funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, 0,05 puntos, hasta un máximo de 0,64 puntos.

2. Por cada mes completo prestando servicios en otras administraciones públicas como funcionario o laboral, desempeñando funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, 0,015 puntos. Hasta un máximo de 0,64 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en otras empresas privadas, desempeñando funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, con contrato laboral temporal o fijo, 0,005 puntos, hasta un máximo de 0,32 puntos.

Puntuación máxima total 1,6 puntos.

B) Por méritos académicos:

Por asistencia a cursos oficiales y/o promovidos por las Administraciones Públicas, relacionados con las funciones propias de la plaza a cubrir, con expresa mención de las horas de duración:

- De 20 a 39 h. de duración: 0,060 puntos, hasta un máximo de 4 cursos.

- De 40 a 100 h. de duración: 010 puntos, hasta un máximo de 3 cursos.

- De 101 a 200 h. de duración: 0,35 puntos, hasta un máximo de 2 cursos.

- De 201 en adelante: 0,75 puntos, hasta un máximo de 1 curso.

Puntuación máxima total: 1,6 puntos.

C) Otros méritos:

Por la redacción de libros (en más de un 80% de la publicación) relacionados con la plaza ofertada o el temario que se anexa y registrados en el correspondiente registro oficial, 0,2 puntos por cada libro.

Puntuación máxima total: 0,8 puntos.

Fase de oposición Constará de los dos ejercicios obligatorios y eliminatorios siguientes:

Primera prueba. Se desarrollará por escrito, en un tiempo máximo de tres horas y consistirá en el desarrollo por escrito de un tema (a elegir entre tres, que propondrá el Tribunal) correspondínte al temario que se anexa. El Tribunal determinará, si los aspirantes leerán el ejercicio, señalando en su caso los días y horas señalados para ello.

Segunda prueba. Se desarrollará por escrito en un tiempo máximo que se determinará por el Tribunal, un proyecto de actuación o ejercicio práctico relacionado con el temario específico que se anexa. El Tribunal podrá realizar una entrevista a los aspirantes en la que se formularán preguntas sobre el proyecto realizado o sobre el ejercicio práctico.

Los ejercicios de la oposición, que se determinan en este Anexo, serán calificados cada uno de ellos con un máximo de diez puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de cinco puntos para superar el ejercicio, debiéndose aprobar ambos, valorándose la fluidez de ideas, capacidad de síntesis, de abstracción, argumentación y expresión escrita.

La nota final de esta fase, será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios.

TEMARIO GENERAL

1. La Constitución Española de 1978. Los principios constitucionales: El Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución Española. Protección y suspensión de los derechos fundamentales.

2. La Corona. Funciones del Rey. El refrendo. El Poder ejecutivo. Composición, designación y remoción. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes.

3. El Poder Legislativo. Las Cortes: composición, elección y disolución. Atribuciones.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial, órdenes jurisdiccionales.

5. La Administración Pública en el ordenamiento español: Administración Territorial e institucional. La Administración General del Estado. La Administración Autonómica. La Administración Local. La Administración Institucional y Corporativa.

6. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: organización político-institucional. Los Estatutos de Autonomía: su significada. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

7. La Ley. Concepto y caracteres. Clases de leyes. Normas del Gobierno con fuerza de Ley. Los Tratados internacionales, Legislación autonómica: relaciones entre el ordenamiento estatal y el autonómico. Directivas y Reglamentos comunitarios: el principio de primacía y de efecto directo.

8. La potestad reglamentaria: caracteres y fundamento. El procedimiento de elaboración a nivel estatal. Distinción con las normas del Gobierno con fuerza de Ley. Relación entre Ley y Reglamento. La potestad reglamentaria local: reglamentos, ordenanzas y bandos; procedimiento de aprobación.

9. El acto administrativo: concepto, clases, forma, eficacia, motivación, la invalidez del acto administrativo. La notificación y publicación de resoluciones y actos administrativos. Cómputo de plazos.

10. El procedimiento administrativo común: concepto, fases. La obligación de resolver. El silencio administrativo. La revisión de actos administrativos en vía administrativa.

11. La revisión de actos administrativos en via administrativa: la revisión de oficio y los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Plazos y motivos para la interposición del recurso contencioso-administrativo.

12. El Municipio. Concepto y elementos del municipio. El término municipal. La población: el empadronamiento. Formas de organización del Municipio.

13. El Ayuntamiento: órganos de gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: constitución, convocatoria, sesiones, orden del día y votaciones. Competencias municipales.

14. Dominio público de las Administraciones Locales: concepto, elementos y clasificación, afectación, potestades administrativas, uso y utilización. El patrimonio privado de las Administraciones Locales: potestades, adquisición y enajenación.

15. El personal al servicio de las Administraciones Locales: clasificación y organización. El personal funcionario: requisitos para el acceso a la función pública; causas de la pérdida de la condición de funcionario. Sistemas de acceso a la función pública. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional e interna.

16. Derechos y deberes del personal funcionario de las Administraciones Locales. Régimen retributivo, Régimen de Seguridad Social. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades.

17. Las Haciendas Locales. Los ingresos: clasificación. Los tributos de las Entidades Locales: impuestos, tasas y contribuciones especiales.

18. El gasto público: fases del gasto. El Presupuesto General de las Administraciones Locales. La elaboración y aprobación del Presupuesto. La estructura presupuestaria. Prórroga del presupuesto. Las modificaciones de crédito.

Temario Específico

1. Competencias y organización administrativa del Estado y de la Comunidad Autónoma en materia de medio ambiente.

2. Competencias de los municipios en materia de medio ambiente. Organización administrativa en medio ambiente en el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria.

3. Agenda Locales XXI.

4. Ley 7/94 de protección del medio ambiente en Andalucía.

5. Descripción del medio físico natural del Municipio de Rincón de la Victoria.

6. Los espacios naturales protegidos. Principales figuras de protección. Normativa de regulación.

7. Directivas de la Unión Europea relativas a la conservación y protección de habitats y especies silvestres. Aplicación en el municipio de Rincón de la Victoria.

8. Otros espacios naturales de interés. Ríos y ramblas, lugares de interés geológico, montes.

9. Los espacios naturales protegidos y otros espacios de interés existentes en el Municipio de Rincón de la Victoria. Tratamiento en el PGOU de Rincón de la Victoria.

10. Las vías pecuarias. Normativa básica y tipología, Tratamiento en el PGOU de Rincón de la Victoria. Situación actual en el municipio de Rincón de la Victoria.

11. La evaluación de impacto ambiental: regulación, procedimiento y metodología.

12. Los estudios de impacto ambiental: contenidos mínimos.

13. La calificación ambiental: regulación, procedimiento y metodología.

14. Memorias ambientales: Contenidos mínimos.

15. La licencia municipal de actividad. Actividades clasificadas y exentas. Regulación, y Procedimiento de concesión.

16. El PGOU de Rincón de la Victoria: Aspectos ambientales en el desarrollo de las figuras de planeamiento y ligados a las licencias de obras. Los estudios de incidencia ambiental.

17. Instrumentos de mercado de protección del medio ambiente: etiquetas ecológicas. Sistemas de gestión medioambiental.

18. La vegetación en el Municipio de Rincón de la Victoria. Descripción. Principales comunidades.

19. Normativa de protección de flora.

20. Espacios verdes urbanos. Aspectos ambientales. Situación en el Municipio de Rincón de la Victoria. Arboles singulares de municipio de Rincón de la Victoria.

21. El suelo: origen, estructura y composición. Descripción de los principales suelos de Municipio de Rincón de la Victoria.

22. El paisaje: Elementos, componentes y análisis.

23. Evaluación y restauración de impactos paisajísticos.

24. La educación ambiental; finalidad, tendencias actuales y metodología.

25. Las energías renovables, Tipos, características perspectivas en la Región y en el Municipio.

26. El ruido urbano. Características. Principales fuentes. Límites.

27. Medidas de ruido ambiental. Cartografía acústica. Modelos de predicción de ruidos.

28. Normativa estatal y regional reguladora en materia de ruidos.

29. Contaminación atmosférica. Procesos emisores.

30. Tipos de contaminantes. Niveles de emisión e inmisión.

31. Ciclo de agua. Contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Contaminantes.

32. Aguas residuales urbanas e industriales. Características. Parámetros e indicadores.

33. Residuos sólidos urbanos. Características. Generación. Tratamiento.

34. Residuos sólidos inertes. Idem.

35. Residuos tóxicos y peligrosos. Idem.

36. Tratamiento de los residuos sólidos urbanos en el Municipio de Rincón de la Victoria.

37. Vertederos incontrolados, problemática que generan. Vertederos controlados.

38. Perspectivas de gestión de residuos; Reutilización recuperación y reciclaje.

39. Compost Características, propiedades y utilización en agricultura.

40. El tráfico y sus efectos sobre el medioambiente.

41. Medidas para mejorar la degradación ambiental originada por el tráfico.

42. Ley de Costas 22/1988. Descripción, conocimiento y aplicación de la Ley.

43. Proyectos técnicos. Iluminación, riego, jardinería y obra civil.

44. Conocimientos y manejo del programa Autocad.

ANEXO B

Oferta de Empleo: 2006.

Denominación de la plaza: Técnico en Relaciones Laborales.

Régimen de la plaza: Laboral.

Número de plazas: Una.

Nivel de Titulación: Diplomado en Relaciones Laborales.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Fase de concurso. Los méritos se valorarán de acuerdo con lo establecido en la base sexta de las Normas Generales, y según el siguiente baremo:

A) Por méritos profesionales:

1. Por cada mes completo prestando servicios en la Administración Pública Local, desempeñando funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, 0,05 puntos, hasta un máximo de 0,64 puntos.

2. Por cada mes completo prestando servicios en otras administraciones públicas como funcionario o laboral, desempeñando funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, 0,015 puntos. Hasta un máximo de 0,64 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en otras empresas privadas, desempeiando funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, con contrato laboral temporal o fijo: 0,005 puntos, hasta un máximo de 0,32 puntos.

Puntuación máxima total 1,6 puntos.

B) Por méritos académicos:

Por asistencia a cursos oficiales y/o promovidos por las Administraciones Públicas relacionados con las funciones propias de la plaza a cubrir, con expresa mención de las horas de duración:

- De 20 a 39 h. de duración: 0,060 puntos, hasta un máximo de 4 cursos.

- De 40 a 100 h. de duración: 0,10 puntos, hasta un máximo de 3 cursos.

- De 101 a 200 h. de duración: 0,35 puntos, hasta un máximo de 2 cursos.

- De 201 en adelante: 0,75 puntos, hasta un máximo de 1 curso.

Puntuación máxima total: 1,6 puntos.

C) Otros méritos:

Por la redacción de libros (en más de un 80% de la publicación) relacionados con la plaza ofertada o el temario que se anexa y registrados en el correspondiente registro oficial, 0,2 puntos por cada libro.

Puntuación máxima total: 0,8 puntos.

Fase de oposición Constará de los dos ejercicios obligatorios y eliminatorios siguientes:

Primera prueba. Se desarrollará por escrito, en un tiempo máximo de tres horas y consistirá en el desarrollo por escrito de un tema (a elegir entre tres, que propondrá el Tribunal) correspondiente al temario que se anexa. El Tribunal determinará, si los aspirantes leerán el ejercicio, señalando en su caso los días y horas señalados para ello.

Segunda prueba. Se desarrollará por escrito en un tiempo máximo que se determinará por el Tribunal, un proyecto de actuación o ejercicio práctico relacionado con el temario especifico que se anexa. El Tribunal podrá realizar una entrevista a los aspirantes en la que se formularán preguntas sobre el proyecto realizado o sobre el ejercicio práctico.

Los ejercicios de la oposición, que se determinan en este Anexo, serán calificados cada uno de ellos con un máximo de diez puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de cinco puntos para superar el ejercicio, debiéndose aprobar ambos, valorándose la fluidez de ideas, capacidad de síntesis, de abstracción, argumentación y expresión escrita.

La nota final de esta fase será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios.

Temario General

1. La Constitución Española de 1978. Los principios constitucionales: El Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución Española. Protección y suspensión de los derechos fundamentales.

2. La Corona. Funciones del Rey. El refrendo. El Poder ejecutivo. Composición, designación y remoción. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes.

3. El Poder Legislativo. Las Cortes: composición, elección y disolución. Atribuciones.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial, órdenes jurisdiccionales.

5. La Administración Pública en el ordenamiento español: Administración Territorial e Institucional. La Administración General del Estado, La Administración Autonómica. La Administración Local. La Administración Institucional y Corporativa.

6. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: organización político institucional. Los Estatutos de Autonomía: su significado. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

7. La Ley. Concepto y caracteres. Clases de leyes. Normas del Gobierno con fuerza de Ley. Los Tratados internacionales. Legislación autonómica: relaciones entre el ordenamiento estatal y el autonómico. Directivas y Reglamentos comunitarios, el principio de primacía y de efecto directo.

8. La potestad reglamentaria: caracteres y fundamento. El procedimiento de elaboración a nivel estatal. Distinción con las normas del Gobierno con fuerza de Ley. Relación entre Ley y Reglamento. La potestad reglamentaria local; reglamentos, ordenanzas y bandos; procedimiento de aprobación.

9. El acto administrativo: concepto, clases, forma, eficacia, motivación, la invalidez del acto administrativo. La notificación y publicación de resoluciones y actos administrativos. Cómputo de plazos.

10. El procedimiento administrativo común: concepto, fases. La obligación de resolver. El silencio administrativo. La revisión de actos administrativos en vía administrativa.

11. La revisión de actos administrativos en vía administrativa: la revisión de oficio y los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Plazos y motivos para la interposición del recurso contencioso-administrativo.

12. El Municipio. Concepto y elementos del municipio. El término municipal. La población; el empadronamiento. Formas de organización del Municipio.

13. El Ayuntamiento; órganos de gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: constitución, convocatoria, sesiones, orden del día y votaciones. Competencias municipales.

14. Dominio público de las Administraciones Locales: concepto, elementos y clasificación, afectación, potestades administrativas, uso y utilización. El patrimonio privado de las Administraciones Locales; potestades, adquisición y enajenación.

15. Las Haciendas Locales. Los ingresos: clasificación. Los tributos de las Entidades Locales: impuestos, tasas y contribuciones especiales,

16. El gasto público: fases del gasto. El Presupuesto General de las Administraciones Locales. La elaboración y aprobación del Presupuesto. La estructura presupuestaria. Prórroga del presupuesto. Las modificaciones de crédito.

Temario Específico

1. Derecho del trabajo. Ambito de aplicación y clases. El contrato de trabajo. Nociones generales. Concepto y naturaleza jurídica. Funciones. Elementos esenciales. Capacidad contractual. Nacimiento y validez.

2. Los sujetos del contrato de trabajo.

3. El ingreso al trabajo. El período de prueba.

4. El contrato de trabajo de duración indefinida. Los contratos de trabajo estructurales.

5. Los contratos de trabajo temporales coyunturales. Contratos formativos y contratos temporales coyunturales simples.

6. El contrato de trabajo a tiempo parcial y el contrato de trabajo fijo discontinuo.

7. Vicisitudes del contrato de trabajo, Movilidad funcional y movilidad geográfica. La modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

8. La jornada de trabajo y el salario.

9. La extinción del contrato de trabajo por voluntad del empresario.

10. La extinción del contrato por voluntad del trabajador.

11. La libertad sindical y órganos de representación. La representación de los trabajadores en la Admón. Local.

12. Tutela judicial y administrativa.

13. La Seguridad Social; origen, concepto y estructura. La gestión del sistema de la Seguridad Social, niveles de protección y sujetos protegidos.

14. El régimen general de la Seguridad Social. Inscripción de empresas, afiliación, alta y baja de trabajadores.

15. La cotización: concepto y naturaleza jurídica.

16. Las bases de cotización, Concepto, exclusiones y determinación de bases. Supuestos especiales.

17. Recaudación: concepto, objeto y competencias. La recaudación en período voluntario. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.

18. Recaudación en vía ejecutiva; concepto y normativa reguladora. Medidas cautelares. Iniciación del procedimiento y títulos ejecutivos. Providencia de apremio. Embargo y enajenación de bienes embargados.

19. La acción protectora de la Seguridad Social. El concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

20. La asistencia sanitaria: concepto, beneficiarios y requisitos. Reconocimiento de la condición de beneficiario. Nacimiento, duración y extinción. Prestaciones sanitarias.

21. La protección por incapacidad temporal. La protección por maternidad y riesgo durante el embarazo.

22. La incapacidad permanente en su modalidad contributiva: grados, hecho causante y prestaciones económicas.

23. La protección por jubilación en su modalidad contributiva. Concepto, beneficiarios, requisitos.

24. La protección por muerte y supervivencia: hechos causantes, sujetos causantes y prestaciones.

25. La prestación por desempleo.

26. La Función Pública. Concepto. Naturaleza y contenido de la relación jurídica entre la Administración y los empleados públicos.

27. Normas constitucionales en materia de función pública. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la materia. Especial referencia a la normativa básica estatal.

28. Extensión y regulación de las competencias de las administraciones locales. Normativa sobre función pública estatal, autonómica y local: Estructura y contenido. El personal al servicio de la administración local. Sus clases.

29. Planificación de los recursos humanos, Relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria. Los planes de empleo. La oferta de empleo público.

30. Selección de personal funcionario: Sistemas de ingreso. Formación y perfeccionamiento, Provisión de puestos adscritos a personal funcionario: Procedimiento de concurso y libre designación, otras formas de provisión. Carrera y promoción profesional, Situaciones administrativas.

31. Derechos de los funcionarios. Sindicación y huelga. Representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación. Derechos de contenido económico: Retribuciones indemnizaciones y reconocimiento de servicios previos. Regímenes de previsión social.

32. Deberes de los funcionarios. Incompatibilidades. Responsabilidad de ¡os funcionarios. Régimen disciplinario. Delitos de los funcionarios en el ejercicio de su cargo. Extinción de la relación funcionarial.

33. La Administración Pública como organización: Los elementos esenciales que la configuran. Características estáticas y dinámicas.

34. Las estructuras organizativas: Los órganos, funciones y unidades. Tipos de estructuras. La estructuración de las organizaciones públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

35. La dirección de las organizaciones. La dirección como proceso: Fases y esquema lógico de acción. La dirección como órgano: Funciones. La dirección científica. Métodos de dirección. La dirección de las organizaciones públicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

36. La formulación de políticas públicas; Identificación de necesidades, problemas y alternativas. La ejecución de políticas públicas: Proceso, técnicas, informes de gestión. La evaluación de los resultados: Tipos y métodos.

37. La planificación de la gestión pública. La planificación estratégica y operativa. Planificación de inversiones. El presupuesto como instrumento de coordinación, planificación, administración y gestión. El sistema plan presupuesto-programa-proyecto.

38. El factor humano en la organización: Especial referencia a las organizaciones prestadoras de servicios. Los grupos y el trabajo en equipo.

39. Desarrollo de los recursos humanos. Motivación de los recursos humanos. Evaluación de rendimientos. Desarrollo de los recursos humanos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

40. El trabajo administrativo: Sus objetivos y sus productos. El estudio cualitativo del trabajo administrativo: Cuestiones que puede resolver.

41. Técnicas de análisis: Actividades, tareas, procesos de trabajo, circuitos de información, soportes de la información. Técnicas de simplificación del trabajo administrativo en la Administración Pública.

42. Prevención de Riesgos Laborales. Regulación jurídica.

43. Derechos y obligaciones de los trabajadores y empresarios en materia de salud laboral.

44. Servicio de Prevención. Acción preventiva y consulta y participación de los trabajadores en materia de salud laboral.

Rincón de la Victoria, 25 de abril de 2007.- El Alcalde-Presidente, José Francisco Salado Escaño.