Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 04/06/2008

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 21 de mayo de 2008, de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Octava, dimanante de Recurso de Apelación Civil 2348/2008.

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NIG: 4109137C20080000321.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 2348/2008.

Asunto: 800184/2008.

Autos de: Ejec. Títulos Judiciales (N) 665/2002.

Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Dos de Dos Hermanas.

Negociado: C.

Apelante: C.P. Dúplex Torregreco.

Procurador: García Sainz, Jacinto.

Abogado:

Apelado: María Ángeles Ruiz-Cabello Sánchez-Sarachaga; Jesús Gutiérrez Cordero.

EDICTO

Ilmo. Sr. don Joaquín Pablo Maroto Márquez, Magistrado Ponente, de la Sección Octava de la Audíencia Provincial de Sevilla.

Hago saber: Que en el Rollo de Apelación número 2348/2008, dimanante de los autos de Ejecución de Títulos Judiciales núm. 665/2002 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Dos Hermanas, promovido por Comunidad de Propietarios Dúplex Torregreco, La Motilla, de Dos Hermanas, contra María Ángeles Ruiz-Cabello Sánchez-Sarachaga, Jesús Gutiérrez Cordero, se ha dictado Auto con fecha 19 de mayo de 2008, cuya Parte Dispositiva literalmente dice: «La Sala formada por los Magistrados que encabezan esta resolución, ante mí el Secretario, acuerda:

Se desestima el recurso interpuesto por la representación de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Dúplex Torregreco contra el auto dictado el 12.9.07, en Ejecución de Título Judicial núm. 665/02, por el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Dos Hermanas, que se confirma íntegramente, sin hacer expreso pronunciamiento sobre las costas causadas.

Así lo acuerdan, mandan y firman los llustrísimos Señores Magistrados; doy fe».

Y con el fin de que sirva de notificación a los apelados rebeldes, en situación de rebeldía, María Ángeles Ruiz-Cabello Sánchez-Sarachaga y Jesús Gutiérrez Cordero, extiendo y firmo el presente en la ciudad de Sevilla, a 21 de mayo de dos mil ocho.- El Magistrado Ponente; El Secretario.

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