Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 24/06/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 2 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Almería, dimanante del procedimiento verbal núm. 1203/2007. (PD. 2642/2008).

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NIG: 0401342C20070011008.

Procedimiento: Juicio Verbal 1203/2007. Negociado: TV.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Unicaja.

Procuradora: Sra. Ruiz-Coello Moratalla, Natalia.

Contra: Don Juan Ramos Hernández.

Doña María Isabel Ruiz Torres, Secretario de Primera Instancia número Tres de los de Almería y su partido.

Hago saber: Que en el Juicio Verbal de referencia se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 49/08

En Almería, a dieciséis de mayo de dos mil ocho, el Ilmo. Sr. don Jesús Miguel Hernández Columna, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Tres de esta capital, ha visto los autos de Juicio Verbal núm. 451/06, seguidos a instancia de la entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), representada por la Procuradora Sra. Ruiz-Coello Moratalla y asistida del Letrado Sr. Montiel Moralta, contra don Juan Ramos Hernández, en situación procesal de rebeldía. Sobre reclamación de cantidad. Habiendo recaído la presente en virtud de los siguientes,

Fallo: Que estimando en lo esencial la demanda inicial de estos autos, deducida por la Procuradora Sra. Ruiz-Coello Moratalla, en nombre y representación de la entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), contra don Juan Ramos Hernández, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a que pague a la actora la suma de dos mil cuatrocientos cuarenta y dos euros y ochenta y dos céntimos (2.442,82 euros), más el interés de demora pactado en el contrato, desde la fecha de interpelación judicial y hasta su completo pago, y al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Para que sirva de notificación de sentencia al demandado, don Juan Ramos Hernández, se expide la presente, que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Almería, a dos de junio de dos mil ocho.- El/La 
Secretario/a.

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