Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 01/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 15 de mayo de 2008, de la Dirección General de Entidades y Cooperación con la Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía al Colegio de Procuradores de Málaga.

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De conformidad con la disposición transitoria primera de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, de Colegios Profesionales de Andalucía, los colegios profesionales actualmente existentes en Andalucía deberán adaptar sus estatutos a dicha Ley.

La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, crea el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía, debiendo los colegios profesionales ya existentes cumplir las obligaciones registrales previstas en la Ley en el plazo de un año desde la entrada en vigor del reglamento previsto en el artículo 42 de la citada Ley. El Reglamento de los Colegios Profesionales de Andalucía ha sido aprobado por el Decreto 216/2006, de 12 de diciembre (BOJA núm. 249, de 28 de diciembre de 2006), entrando en vigor a los dos meses de su publicación, según lo dispuesto en su disposición final segunda.

Por Orden de 8 de abril de 2008, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 84, de 28 de abril de 2008), se han declarado adaptados a la legalidad los Estatutos del Colegio Oficial de Procuradores de Málaga.

En virtud de lo anterior, una vez adaptados los Estatutos a lo establecido a la norma reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41.2 y 44 del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía aprobado por el Decreto 216/2006, de 12 de diciembre,

RESUELVE

Primero. Inscripción en el Registro

Inscribir en la Sección Primera del Registro de Colegios Profesionales de Andalucía al Colegio de Procuradores de Málaga con el número 24, y sus estatutos, declarados adaptados a la legalidad por la Orden de 8 de abril de 2008 (BOJA núm. 84, de 28 de abril de 2008), de la Consejería de Justicia y Administración Pública, con el asiento núm. 1, hoja de inscripción núm. 1.

Segundo. Notificación y publicación.

Ordenar la notificación de la presente Resolución al citado colegio profesional según lo dispuesto en el artículo 44.3 del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en cumplimiento del artículo 44.2 del citado Reglamento.

Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, aprobado por el Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejera de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 11 de mayo de 2008.- La Directora General, 
Beatriz Sáinz-Pardo Prieto-Castro.

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