Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 14/07/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 199/2006. (PD. 2811/2008).

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NIG: 0401342M20067000205.

Procedimiento: Juicio Ordinario 199/2006. Negociado: CR.

De: Cotravelma. S.C.A.

Procurador Sr.: Martín Alcalde, Salvador.

Letrado Sr.: Arturo Suárez-Bárcena Florencio.

Contra D: Agencia Aparicio de Almería, S.L., y Enrique Aparicio Andrés.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario núm. 199/06, seguido en este Juzgado a instancias de la entidad «Contravelma, S.C.A.», representada por el Procurador don Salvador Martín Alcalde, frente a don Enrique Aparicio Andrés y «Agencia Aparicio de Almería, S.L.», se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Almería, a tres de marzo de dos mil ocho.

Vistos por mí, Juan Antonio Lozano López, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de los de Almería, con competencias en materia mercantil, los anteriores autos de juicio ordinario, registrados con el número más arriba indicado, en los que fueron parte, Sociedad Cooperativa de Transportes de Vélez-Málaga (Contravelma, S.C.A.), como actor, representada por el Procurador don Salvador Martín Alcalde, y asistido por Letrado don Arturo Suárez-Báracena Florencio, Agencia Aparicio de Almería, S.L., y don Enrique Aparicio Andrés, como demandado, incomparecidos en autos y declarados en situación procesal de rebeldía, en reclamación de cantidad, intereses y costas por falta de pago de facturas concertadas entre las partes, y responsabilidad social de los administradores de sociedades mercantiles, todo atendiendo a los siguientes.

Que, estimando parcialmente la demanda, interpuesta por don Salvador Martín Alcalde, en nombre representación de Sociedad Cooperativa de Transportes de Vélez-Málaga (Contravelma, S.C.A.), contra Agencia Aparicio de Almería, S.L., y don Enrique Aparicio Andrés.

1. Condeno a Agencia Aparicio de Almería, S.L., a pagar al actor la cantidad de doscientos noventa mil euros noventa y siete euros (290.097, €).

2. Condeno a Agencia Aparicio de Almería, S.L., a pagar al actor los intereses legales de dicha cantidad desde el día de la interposición de la demanda.

3. Absuelvo a don Enrique Aparicio Andrés de las pretensiones efectuadas en su contra.

4. Sin imposición de costas.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondientes en los libros registro de este Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación y para resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Enrique Aparicio Andrés y a la entidad «Agencia Aparicio de Almería, S.L., expido y firmo el presente en Almería a cuatro de junio de dos mil ocho.- La Secretaria Judicial.

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