Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 159 de 11/08/2008

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 24 de julio de 2008, de la Universidad de Almería, de creación fichero videovigilancia y modificación fichero de acción social, de titularidad de la Universidad de Almería.

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La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica, en su artículo 52, disponen que la creación y modificación de los ficheros de titularidad pública, deberán hacerse por medio de disposición general publicada en el diario oficial correspondiente.

El contenido de la disposición debe incluir los extremos que especifica el artículo 54, del Real Decreto 1720/2007, señalado.

La Universidad de Almería ha dictado sendas Resoluciones, en fechas de 19.5.2005 (BOJA núm. 110, de 8.6.2005) y 26.10.2006 (BOJA núm. 225, de 21.11.2006), de creación y modificación, respectivamente, de ficheros automatizados de datos de carácter personal, gestionados por esta Universidad, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, mencionada.

A fecha actual se mantiene la vigencia y aplicación de ambas Resoluciones, si bien es necesario:

A) Crear un nuevo fichero, motivado por la instalación de un sistema de videocámara en la Universidad de Almería.

B) Modificar uno de los ficheros existentes, al estimarse conveniente cambiar al responsable del mismo.

En virtud de lo dispuesto en la legislación referida, se dicta la presente Resolución y se ordena su publicación en el BOJA.

Este Rectorado, de conformidad con las competencias atribuidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, viene en Resolver y

RESUELVE

Primero. Crear un nuevo fichero de titularidad de la Universidad de Almería, de acuerdo con los siguientes extremos:

a) Identificación del fichero, denominación: Videovigilancia.

Finalidad y usos previstos: grabación de imágenes de los exteriores de los edificios y zonas comunes de la Universidad de Almería, con fines de vigilancia y conservadas por períodos no superiores a 3 días.

b) Origen de los datos, colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: empleados y estudiantes de la Universidad de Almería, así como ciudadanos en general que accedan al campus universitario.

Procedimiento de recogida de datos y su procedencia: cámaras de videovigilancia.

c) Estructura básica del fichero y descripción de los datos identificativos: imágenes personales grabadas con cámaras de videovigilancia.

d) Comunicaciones de datos previstas: las establecidas en la legislación vigente para los ficheros de las Administraciones Públicas.

e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países: no hay previsión al respecto.

f) Órgano responsable del fichero: Gerencia de la Universidad de Almería.

g) Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General de la Universidad de Almería.

h) Nivel de seguridad exigible: nivel básico.

Segundo. Modificar un fichero ya existente, de titularidad de la Universidad de Almería, cuya identificación es ACCIÓN SOCIAL (código de inscripción APD 2060390757), de acuerdo con los siguientes extremos:

- Donde dice: «f) Responsable del fichero: Secretaría General de la Universidad de Almería».

- Debe decir: «f) Responsable del fichero: Gerencia de la Universidad de Almería».

El resto del fichero de ACCIÓN SOCIAL no sufre ninguna variación.

Tercero. Mantener el resto de las dos Resoluciones citadas, de la Universidad de Almería (de fecha 19.5.2005, BOJA núm. 110, de 8.6.2005 y de fecha 26.10.2006, BOJA núm. 225, de 21.11.2006), en sus propios términos, salvo la modificación ahora aprobada del fichero de Acción Social, letra f).

Cuarto. La presente Resolución, de creación del fichero de videovigilancia y de modificación (letra f)) del fichero de Acción Social, deberá ser publicada en el BOJA y posteriormente comunicada a la Agencia Española de Protección de Datos.

Quinto. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Almería, 24 de julio de 2008.- El Rector, Pedro R. Molina García.

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