Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 160 de 12/08/2008

1. Disposiciones generales

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Orden de 31 de julio de 2008, por la que se convoca la segunda edición del Premio Andalucía de Arquitectura.

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El Decreto 239/2008, de 13 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, establece que corresponde a la Dirección General de Vivienda y Arquitectura el fomento de la calidad en la arquitectura, en orden a mejorar las características constructivas, funcionales y económicas de las edificaciones y su aportación al buen orden de las ciudades y el paisaje, como parte de sus competencias.

El Decreto 229/2002, de 10 de septiembre, instituyó el Premio Andalucía de Arquitectura como instrumento que permita otorgar público testimonio de la excelencia de la producción arquitectónica en Andalucía y de reconocimiento a la labor de personas e instituciones que hayan contribuido con su trabajo a su engrandecimiento. Atendiendo a lo estipulado en la disposición final primera del Decreto citado, las convocatorias del Premio se realizarán mediante Orden de la persona titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, hoy de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, conforme a la nueva asignación competencial establecida en el Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, Orden en la que se establecerán las bases y requisitos del mismo y se señalarán las personas que ostentarán las vocalías de libre designación y la Secretaría del Jurado.

El artículo 1.2 del mencionado Decreto 229/2002, de 10 de septiembre, establece que las convocatorias tendrán carácter anual y se concederán de forma alternativa a una obra o trabajo y a una trayectoria de significado trascendente en el panorama arquitectónico andaluz. La primera edición del premio se convocó mediante Orden de 6 de junio de 2007 y fue publicada en el BOJA núm. 120, del 19 de junio de 2007, en la modalidad de «Trayectoria» y el fallo del Jurado se produjo el día 4 de octubre de 2007.

Por tanto, procede ahora por parte de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio la convocatoria de la segunda edición del Premio en la modalidad de «Obra o Trabajo».

En consecuencia y en aplicación de dicho Decreto

DISPONGO

Primero. Convocatoria y bases.

Se convoca la segunda edición del Premio Andalucía de Arquitectura correspondiente al año 2008, en la modalidad de «Obra o Trabajo» que se regirá por lo establecido en el Decreto 229/2002, de 10 de septiembre, por el que se instituyó dicho Premio, y por las bases que figuran como Anexo a la presente Orden.

Segundo. Designación de los miembros del Jurado.

La composición del Jurado de la presente edición será la siguiente:

A) Presidencia: Titular de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

B) Vicepresidencia: Titular de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura de la citada Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.

C) Vocales: Presidente o Presidenta del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos y seis profesionales de reconocido prestigio, nombrados por la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio a propuesta de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos:

a) Don João Álvaro Rocha.

b) Don William J. R. Curtis.

c) Don Luis Fernández-Galiano.

d) Don Ignacio Henares Cuéllar.

e) Don Patxi Mangado Beloqui.

f) Doña Carme Pigem i Barceló.

D) Desempeñará la Secretaría un funcionario o funcionaria de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, que actuará con voz pero sin voto.

Tercera. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de julio de 2008

JUAN ESPADAS CEJAS

Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio

ANEXO I

BASES DE LA SEGUNDA EDICIÓN DEL PREMIO ANDALUCÍA DE ARQUITECTURA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2008

Primera. Objeto y finalidad.

El Premio Andalucía de Arquitectura tiene como finalidad significar y hacer pública y compartida la excelencia de las mejores obras en el ámbito de la arquitectura vinculada a la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como destacar el conjunto de la labor continuada que los y las profesionales e instituciones han puesto al servicio de la misma.

Esta segunda edición premiará una obra arquitectónica construida que merezca ser destacada por sus valores culturales, funcionales, espaciales, estéticos y ambientales, y seleccionará otras obras representativas, que también serán divulgadas y difundidas en un ámbito nacional e internacional.

Segunda. Candidaturas.

Las candidaturas podrán ser presentadas por Organizaciones, Instituciones y Corporaciones que tengan acreditada vinculación con la arquitectura, así como por miembros del Jurado y colectivos o grupos de ciudadanos andaluces constituidos al menos por quince personas físicas.

Las obras de arquitectura candidatas podrán haber sido realizadas por arquitectas y arquitectos andaluces, tanto fuera como dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, o por arquitectas y arquitectos de la Unión Europea o de cualquier otra nacionalidad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las personas autoras de las obras presentadas deberán estar en posesión del Título Universitario de Arquitecto o titulación extranjera equivalente y la autoría de las obras podrá ser individual o colectiva.

Las obras presentadas deberán haberse finalizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2005, de manera que lleven en uso al menos dos años desde su puesta en funcionamiento.

Tercera. Jurado.

Con base en el material gráfico y escrito normalizado enviado por las instituciones, el Jurado seleccionará, entre las candidaturas presentadas, aquellas que merecen ser difundidas, denominadas Obras Seleccionadas.

Entre las Obras Seleccionadas, el Jurado tras deliberar y tomar acuerdos por mayoría, escogerá aquellas obras que serán objeto de una visita, denominadas «Obras Finalistas del Premio Andalucía Arquitectura 2008».

Posteriormente, el Jurado visitará las Obras Finalistas, sin que puedan estar presentes en dicha visita sus autores ni las personas promotoras de la obra. Finalmente el Jurado elegirá, por mayoría absoluta de votos, la Obra Premiada con el Premio Andalucía de Arquitectura 2008 y emitirá el fallo.

Cualquier miembro del Jurado podrá presentar candidaturas, que serán examinadas por el resto de los miembros para dar su aprobación por mayoría, pasando, en este caso, a formar parte de las Obras Seleccionadas.

El fallo del Jurado es inapelable.

El premio no podrá declararse desierto.

Cuarta. Secretaría Técnica del Premio Andalucía de Arquitectura 2008.

La Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio designará a una persona que desempeñará la Secretaría Técnica del Premio Andalucía de Arquitectura 2008, cuya función será coordinar todas las actuaciones necesarias para el correcto desarrollo de la presente convocatoria, entre otras:

a) Levantar el Acta de Recepción de las candidaturas presentadas.

b) Levantar el Acta de las reuniones del Jurado.

c) Prestar apoyo a las labores del Jurado.

d) Viajar con los miembros del Jurado para apoyar y coordinar las visitas a las Obras Finalistas.

La Secretaría Técnica del Premio Andalucía de Arquitectura 2008 se establece en la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, sita en Avenida Diego Martínez Barrio, 10, 41071 Sevilla, y las personas interesadas podrán dirigirse a ella a través de la dirección de correo electrónico «secretaria.paa.2008.cvot@juntadeandalucia.es».

Quinta. Documentación.

Cada candidatura deberá ser presentada de manera normalizada e incluirá la siguiente documentación:

A) Una carta original, firmada por la persona que represente a la Institución u Organización que presenta la candidatura, que contendrá un texto justificativo de no más de 500 palabras formateado en hojas DIN A4, que deberá contener los siguientes apartados:

a) Justificación de los motivos que conducen a la elevación de la candidatura.

b) Mención expresa, en su caso, de cualquier otro reconocimiento o premio que la obra hubiera obtenido.

B) Una carta original de aceptación de concurrencia a la segunda edición del Premio Andalucía de Arquitectura por parte de la o las personas autoras de la obra propuesta, en la que se autorice expresamente la cesión de la documentación, incluyendo al menos dos imágenes libres de derechos de autor, para, en caso de que la obra resultase seleccionada, finalista o premiada, su difusión inmediata en los medios de comunicación.

C) Original o copia compulsada del certificado final de la obra y/o acta de recepción de la Administración.

D) Dossier sobre la obra candidata, encuadernado en formato DIN A3, que deberá contener:

a) Ficha técnica, según el modelo del Anexo II.

b) Memoria descriptiva, cuya extensión no superará las 3000 palabras y que contendrá la siguiente información:

- Programa de necesidades y condicionamientos previos.

- Justificación de la solución adoptada

- Factores ambientales y climáticos.

- Características constructivas y estructurales generales.

- Mantenimiento del edificio u obra.

- Aspectos económicos.

c) Reportaje fotográfico en un máximo de 5 hojas DIN A3, que deberá incluir vistas del contexto en el que la obra se inserta, del exterior, del interior y detalles.

d) Planos de situación, plantas, alzados, secciones y detalles constructivos impresos en cinco hojas DIN A3, como máximo. En los planos deberá aparecer escala gráfica y orientación.

E) Información en soporte digital (CD o DVD) que se corresponda con la totalidad de la documentación presentada en papel especificada en el punto 4. La ficha técnica, la memoria descriptiva y los planos deberán entregarse en archivos «.pdf». Las imágenes se entregarán digitalizadas en formato «.jpg» o «.tiff» y al menos dos de ellas se entregarán en alta resolución (mínimo 30 cm de ancho, 300 dpi/ppp) y libres de derechos de autor para su difusión en prensa.

Todo este material se presentará dentro de un único sobre, en el que aparezca debidamente indicado, bajo el título «Premio Andalucía Arquitectura 2008», el nombre del Organismo o Institución que presenta la candidatura, el título del proyecto y el nombre de la o las personas autoras de la obra.

Sexta. Forma y plazo de presentación de las candidaturas.

Las candidaturas se dirigirán a la persona titular de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, y se presentarán en la Oficina de Registro de esta Consejería, sita en la Avenida Diego Martínez Barrio, 10, 41071, Sevilla, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; según la cual se aceptarán aquellas candidaturas que lleguen en los plazos establecidos siempre que acrediten convenientemente haber sido remitidas dentro del plazo fijado para la recepción.

En virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, se aceptarán aquellas candidaturas que habiendo sido remitidos dentro del plazo establecido, no lleguen más tarde de 10 días después del plazo máximo. En estos casos se deberá acreditar que la imposición de los envíos en la oficina de Correos se realiza en tiempo y forma, enviando por fax, hasta las 14,00 horas de la fecha fijada para la recepción de las candidaturas, el comprobante de dicho envío al Registro General de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio (Fax núm.: 955 058 231. Indicar: «dirigido a Registro General»), donde conste claramente la fecha de envío. Si este fax se recibe fuera de plazo aunque el envío se realice dentro del mismo, la candidatura no será admitida.

Las candidaturas al Premio Andalucía de Arquitectura en esta segunda edición deberán presentarse en el plazo que media entre el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el día 3 de noviembre de 2008.

Con fecha de 5 de diciembre 2008, la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio hará público el fallo del Jurado.

Séptima. Dotación.

El premio será honorífico y no comportará dotación en metálico. Al autor o autores de la obra premiada se le hará entrega de una figura conmemorativa cuyo diseño será fruto de un encargo específico realizado a tal efecto por la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.

Además, en un espacio apropiado de la Obra Premiada, se instalará una placa conmemorativa u objeto escultórico diseñado por el mismo autor que el objeto-premio.

Octava. Publicación y entrega del Premio.

La concesión del Premio será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de la Presidencia del Jurado. El acto de ceremonia de entrega será organizado por la Junta de Andalucía y tendrá lugar según lo especificado en el artículo 5 del Decreto 229/2002, de 10 de septiembre, siendo difundida con anterioridad en los medios de comunicación andaluces.

Novena. Difusión.

La difusión de los valores reconocidos en los autores y/o autoras seleccionados, finalistas y premiados se llevará a cabo por la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de común acuerdo con los mismos.

A tal efecto, se promoverá la producción de una exposición itinerante y/o una publicación-catálogo sobre los resultados de la convocatoria, así como cualquier otro medio que resulte adecuado para su más amplia difusión, en el que se incluirán, además de la Obra Premiada, las Obras Finalistas y las Obras Seleccionadas.

Décima. Aspectos legales e incompatibilidades.

Las obras realizadas por quienes sean miembros del Jurado y por arquitectas y arquitectos colaboradores habituales de éstos y familiares en primer grado, quedan excluidas de la selección en esta convocatoria, pudiendo no obstante ser propuestas en las convocatorias siguientes.

Todos los datos facilitados a través de formularios en soporte papel, formularios electrónicos y/o correo electrónico, serán tratados con estricta confidencialidad de acuerdo a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal.

Las arquitectas y arquitectos que se presenten a la selección responderán de la veracidad de los datos facilitados, reservándose la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, el derecho a retirar de los servicios registrados a todo aquél que haya facilitado datos falsos, sin perjuicio de las demás acciones que procedan en Derecho.

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