Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 170 de 27/08/2008

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Ayuntamientos

anuncio de 29 de julio de 2008, del Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe, de bases para la selección de Jefe de Policía Local.

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Doña Áurea María Borrego Moreno, Alcaldesa en funciones del Excmo. Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe (Sevilla).

Hace saber: Que por Resolución de Alcaldía núm. 71/08, de fecha 28 de julio de 2008, se ha acordado convocar el procedimiento para proveer por libre designación el puesto de Policía Local Jefe del Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe que se regirá por las bases que se publicarán a continuación.

PROVISIóN Y NOMBRAMIENTO MEDIANTE LIBRE DESIGNACIóN DEL PUESTO DE POLICía LOCAL JEFE (PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL)

BASES PARA LA PROVISIóN POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIóN DEL PUESTO DE POLICíA LOCAL JEFE (PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL)

Primera. Objeto de la convocatoria.

La convocatoria tiene por objeto proveer por el sistema de libre designación el puesto de Policía Local Jefe (Personal Directivo Profesional) del Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe, incluido en la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por Pleno de fecha 25 de julio de 2008 y cuyas características son:

- Grupo: C. Escala: Administración Especial. Subescala: Servicios Especiales. Clase: Policía Local. Número de vacantes: 1. Denominación: Policía Local Jefe.

- El Puesto tiene un nivel 21, a efectos de complemento de destino.

- Complemento específico: 6.298,92 euros.

- Lugar de trabajo: Huévar del Aljarafe

La forma de provisión elegida es la de libre designación.

Segunda. Funciones.

El puesto de Jefatura ostenta la máxima responsabilidad, ejerciendo las funciones que legal y reglamentariamente se han establecido.

Tercera. Requisitos.

Para acceder a este puesto de trabajo se deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Ser Funcionario de Carrera del Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe.

- Cumplir los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento.

- Encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas en la normativa de Función Pública que no impida el acceso al puesto.

- Pertenecer a la Escala/Subescala Servicios Especiales del Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe.

- Experiencia: Dos años.

Méritos específicos a valorar.

- Por estar en posesión de Licenciatura universitaria: 2 puntos.

- Por ser Diplomado universitario: 1 punto.

- Por curso de duración igual o superior a 180 horas lectivas: 1 punto.

(Con un máximo de 2 puntos.)

Acreditación de méritos.

- Se acreditarán mediante la presentación del original o fotocopia compulsada acreditativa de los mismos.

Cuarta. Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:

- El Alcalde-Presidente.

- El Teniente de Alcalde responsable del Área.

- La Secretaria de la Corporación.

Quinta. Forma y plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes para tomar parte en la provisión del puesto de Jefe de Policía Local, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe, y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

También podrán presentarse las solicitudes en las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en el Boletín Oficial de la Provincia, y un extracto en el Boletín Oficial del Estado.

La solicitud deberá ir acompañada de:

- Fotocopia del DNI.

- Documentos que justifiquen los requisitos para concurrir al presente procedimiento.

- Currículum vitae y documentos acreditativos de los méritos que alegue para su valoración.

Sexta. Nombramiento y cese.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el AlcaldePresidente dictará resolución declarando aprobado la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios municipal. Caso de existir errores materiales, los mismos podrán ser subsanados en el plazo de diez días. La lista de aspirantes admitidos y excluidos será elevada a definitiva, si no se presentan reclamaciones o solicitudes de subsanaciones. Si hubiera reclamaciones, se resolverán y será aprobada la lista definitiva teniendo en cuenta dichas resoluciones y se publicarán en el tablón de anuncios.

Los aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que el Órgano competente tenga a bien realizar.

Podrá declararse desierto el procedimiento si así fuere estimado por la Alcaldía.

Se procederá al nombramiento por el Alcalde, de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

La resolución de nombramiento indicará la fecha en que deberá efectuarse el cese en el actual puesto de trabajo y la toma de posesión del destino adjudicado, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 80.4 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los titulares de los puestos de trabajo provistos por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública podrán ser cesados discrecionalmente. En caso de cese, se le deberá asignar un puesto de trabajo conforme al sistema de carrera profesional propio de la Administración Pública y con las garantías inherentes de dicho sistema.

Séptima. Toma de posesión.

El plazo para la toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Octava. Incidencias.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer, por los interesados, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases, en su defecto supletoriamente será de aplicación la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de la Policía Local; la Ley 7/2007, de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

ANEXO I

- Denominación del puesto: Policía Local Jefe.

- Grupo: C.

- Nivel de C.D.: 21.

- Complemento especifico anual: 6.298,92 €.

- Adscripción: Alcaldía.

- Funcionarios de carrera de la Administración Local.

Funciones:

- Dirección y coordinación del Área Policía Local y consiguientemente del personal adscrito a su ámbito funcional y subordinado al puesto con arreglo a la Elaboración de Informes y propuestas de resolución en materias que sean propias del Área funcional.

- Supervisión de los expedientes tramitados por el personal del Área.

- Asistencia y asesoramiento en materias propias del Área a la Concejalía correspondiente, responsable de la Policía Local y a la Alcaldía.

- Efectuar propuestas de mejora de los servicios. Impartir cursos de formación en su caso al personal municipal en caso de ser necesario

- Y en su caso, aquellas funciones que se crea conveniente para la mejora del servicio.

Huévar del Aljarafe, 29 de julio de 2008.- La Alcaldesa en funciones, Áurea María Borrego Moreno.

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