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NIG: 4109142C20060026486.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 783/2006. Negociado: 2A.
De: Don Antonio J. García Espinosa.
Procurador: Sr. Francisco Ruiz Crespo126.
Contra: Podas Palmesur, S.L. y La Estrella, S.A. de Seguros y Reaseguros.
Procuradora: Sra. María Del Pino Tejera Romero.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 783/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Sevilla a instancia de don Antonio J. García Espinosa contra Podas Palmesur, S.L. y La Estrella Seguros, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA Núm. 55/2007
En Sevilla, a cinco de marzo de dos mil siete.
Vistos por doña Josefa Arévalo López, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrados con el número 783/06-2A; en el que han sido partes: como demandante, don Antonio José García Espinosa, representado por el Procurador don Francisco de Paula Ruiz Crespo, asistido por el Letrado don Javier Alfonso Cano Bravo; y como demandados «La Estrella, S.A. de Seguros y Reaseguros», representada por la Procuradora doña María del Pino Tejera Romero, asistida por el Letrado don Rafael Martín Ruiz; y la entidad «Podas Palmesur, S.L.», declarada en rebeldía, se procede, en nombre de S.M. el Rey, a dictar la presente resolución.
FALLO
Estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador don Francisco de Paula Ruiz Crespo, actuando en nombre y representación de don Antonio Javier García Espinosa, contra «Podas Palmesur, S.L.» y la entidad «La Estrella, S.A. de Seguros y Reaseguros» debo:
Primero. Condenar y condeno a «Podas Palmesur, S.L.» y «La Estrella, S.A. de Seguros y Reaseguros» a que solidariamente abonen al actor la suma de 5.390,51 euros.
Segundo. Condenar y condeno a «Podas Palmesur, S.L.» a que abone al actor la suma de 300 euros correspondiente a la franquicia establecida a favor de la entidad aseguradora.
Tercero. Condenar y condeno a la entidad «Podas Palmesur, S.L.» al pago de los intereses legales de las expresadas cantidades desde la fecha de interposición de la demandada.
Cuarto. Condenar y condeno a «La Estrella, S.A. de Seguros y Reaseguros» al pago de al interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un cincuenta por ciento desde la fecha del siniestro (16 de septiembre de 2005).
Quinto. Condenar y condeno a los demandados al pago de las costas procesales causadas.
Notifiquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, que habrá de prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, o, en su caso, al de la notificación de su aclaración o denegación de esta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero.
Así por esta mi Sentencia de la que llevará certificación literal a los autos de su razón lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Podas Palmesur, S.L, extiendo y firmo la presente en Sevilla a treinta de julio de dos mil ocho. El/La Secretario.
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