Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación.

Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Administración Local, por la que se suprime el puesto de trabajo de adjunto a Secretaría clase 2ª de la plantilla de personal de la Diputación Provincial de Cádiz.

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La Diputación Provincial de Cádiz, mediante Acuerdo plenario de fecha 23 de noviembre de 2005, acordó la amortización del puesto de trabajo de Adjunto a Secretaría clase 2.ª, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

El apartado 3 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 9 del mencionado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, confieren al órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva la competencia para la creación, clasificación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la Disposición Adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre y el artículo 8.17 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, de acuerdo con la nueva redacción establecida por el artículo primero del Decreto 101/2007, de 10 de abril, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Suprimir el puesto de trabajo de Adjunto a Secretaría clase 2.ª de la Plantilla de Personal de la Diputación Provincial de Cádiz.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de diciembre de 2007.- El Director General, Juan Osuna Baena.

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