Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 07/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 22 de septiembre de 2008, de la Secretaria General Técnica, referente al levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto «Obras de la EDAR y Agrupación de Vertidos de Baeza (Jaén)». Clave A5.323.855/2111.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

La Agencia Andaluza del Agua ha instado la incoación del expediente expropiatorio para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del Proyecto referenciado, caracterizadas como infraestructura prioritaria de la provincia de Jaén en el «Protocolo de colaboración celebrado entre la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, y la Excma. Diputación Provincial de Jaén, por el que se fijan las bases y líneas de actuación para la coordinación y mejora de la gestión de los servicios públicos del ciclo integral urbano, en los ámbitos territoriales correspondientes de la provincia de Jaén», suscrito el 21 de enero de 2005. La presente actuación consiste en las obras necesarias para ejecutar la reunión de los vertidos de agua residual que genera el casco urbano de Baeza para conducirlos a la EDAR en la que han de transformarse estos vertidos.

A tal efecto, la Agencia Andaluza del Agua ha aprobado inicialmente, con fecha 12 de noviembre de 2007, el Proyecto «Obras de la EDAR y Agrupación de Vertidos de Baeza (Jaén)» Clave A5.323.855/2111. Mediante Resolución de 17 de enero de 2008 de la Dirección Provincial de Jaén de la Agencia Andaluza del Agua se somete al trámite de información pública (BOJA núm. 29, de 11 de febrero de 2008, BOP de Jaén núm. 28, de 4 de febrero de 2008 y en el periódico Diario El Ideal, de 5 de febrero de 2008), comunicándose además al Ayuntamiento de Baeza para su exposición en el tablón de anuncios, según documentación acreditativa obrante en el expediente, no habiéndose presentado alegaciones al mismo.

Con fecha 5 de agosto de los corrientes la Agencia Andaluza del Agua, solicita a esta Consejería la incoación del correspondiente expediente expropiatorio, en nombre del Ayuntamiento de Baeza en calidad de beneficiario final y expropiante, habiéndose adoptado por Acuerdo del Pleno en sesión celebrada el día 3 de marzo de 2008 la delegación del ejercicio de la potestad expropiatoria, publicado en el BOP núm. 59, de 12 de marzo de 2008, en relación con los bienes y derechos necesarios para la ejecución del referido Proyecto, aprobado con fecha 19 de junio de 2008.

Considerando que el proyecto sometido a información pública contiene la relación concreta e individualizada de bienes y derechos de necesaria expropiación y afección, la aprobación del mismo por Resolución de 19 de junio de 2008, conlleva implícitamente la declaración de utilidad pública del fin a que hayan de afectarse los bienes y derechos de que se trate. Así como la de la necesidad de urgente ocupación, al objeto de la expropiación, ocupación temporal y definitiva o imposición o modificación de servidumbres, en aplicación de lo establecido en los artículos 36 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, y 128 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas; siendo de aplicación el procedimiento expropiatorio que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y 56 y siguientes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957.

A la vista de los antecedentes expuestos, esta Secretaría General Técnica en ejercicio de las funciones atribuidas en el artículo 7 letra j) del Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, ha resuelto:

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes al Proyecto «Obras de la EDAR y Agrupación de Vertidos de Baeza (Jaén)» Clave A5.323.855/2111, que se desarrollarán en el término municipal de Baeza (Jaén), según relación anexa de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo el citado Ayuntamiento beneficiario final de los bienes y derechos expropiados.

Razones de operatividad y eficacia administrativa en relación con la ejecución de la obra hidráulica justifican que la Delegación Provincial de esta Consejería en Jaén prosiga la tramitación del procedimiento, realizando todas las gestiones en orden a la ejecución del presente acuerdo, depósitos previos y ocupación, así como la tramitación del expediente en sus fases de justiprecio y pago.

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación adjunta para que comparezcan en las dependencias del Ayuntamiento de Baeza los días 11 y 12 de noviembre de 2008, a las horas que figuran al final de esta convocatoria, al objeto de proceder al Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas. Todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se podrán trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se trata de ocupar, según lo dispuesto en el artículo 52, apartado 3.º de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando Certificado del Registro de la Propiedad de titularidad y cargas, escritura pública, los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles de los dos últimos años o fotocopias compulsadas de esos documentos y cualquier otro documento que estime pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa de peritos y Notario. En caso de incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

La Delegación Provincial de esta Consejería de Jaén dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación individual y a tenor de lo previsto en el artículo 59.4 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la modificación efectuada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la norma segunda del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y su exposición en el tablón oficial de edictos servirá como notificación a los posibles interesados que no hayan podido ser identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, a aquellos de los que se ignore su domicilio y a los que intentada la correspondiente notificación, no se hubiese podido practicar la misma.

En dicho acto se les entregarán las Hojas de valoración de los depósitos previos a la ocupación y de los perjuicios por la rápida ocupación, realizándose en un acto posterior el abono de los mismos, a cuenta del justiprecio final, o al depósito en la Caja Provincial en su caso, con lo que de acuerdo con el art. 52.6 de la LEF posteriormente se procederá a la inmediata ocupación. Por otro lado, cabe manifestación conjunta que interesa seguidamente se tramite el expediente en su fase de justiprecio y que los conceptos de depósitos previo a la ocupación e indemnización de los perjuicios derivados de la rápida ocupación, si fuesen procedentes se tengan en cuenta en dicha fase, surtiendo la referida Acta los efectos de la de Ocupación, adquiriéndose la disponibilidad sobre los terrenos expropiados en relación a la ejecución de las obras del proyecto referenciado. Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de mutuo acuerdo de los bienes y derechos afectados.

Conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas Actas Previas a la Ocupación los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses se consideren afectadas, podrán formular alegaciones por escrito ante la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Jaén, domiciliada en C/ Fuente del Serbo, núm. 3, Edificio Mirador, C.P 23071, Jaén, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias de la Delegación Provincial de esta Consejería de Jaén.

Sevilla, 22 de septiembre de 2008.- La Secretaria General Técnica, Manuela Serrano Reyes.

Descargar PDF