Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 09/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Acuerdo de 30 de septiembre de 2008, del Consejo de Gobierno, sobre aplicación en 2008 del Acuerdo de 22 de enero de 1986, sobre tarifas máximas de aplicación a los servicios de transporte de viajeros en automóviles ligeros.

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El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 noviembre de 1996, por el que se modifica el de 22 de enero de 1986, sobre tarifas máximas de aplicación a los servicios de transporte de viajeros en automóviles ligeros realizados en el ámbito urbano, dio nueva redacción al artículo primero del mismo, estableciendo la revisión de las tarifas mediante aplicación del Índice de Precios al Consumo del período interanual de octubre a octubre sobre las tarifas vigentes autorizadas en cada municipio.

La actual coyuntura económica aconseja la adopción de medidas que contribuyan a eliminar los obstáculos que puedan dificultar el desarrollo de la actividad de los diversos sectores económicos de Andalucía.

El presente Acuerdo pretende facilitar la actualización de tarifas de aplicación a los servicios de transporte de viajeros en automóviles ligeros, empleando para ello el Índice de Precios al Consumo del período interanual de agosto de 2007 a agosto de 2008, a fin de poder adelantar el inicio de los expedientes de autorización para los municipios que así lo soliciten y puedan tener autorizadas sus tarifas el 1 de enero 2009.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con lo establecido en el artículo 27.20 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 30 de septiembre de 2008,

ACUERDA

Primero. La revisión de las tarifas aplicables a los servicios de transporte urbano de viajeros en vehículos autotaxis que, en virtud del artículo primero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986, por el que se regulan las tarifas máximas de aplicación a los servicios de transportes de viajeros en automóviles ligeros, en su redacción dada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de noviembre de 1996 de modificación del mismo, se solicite desde la entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2008, se efectuará aplicando a las tarifas vigentes autorizadas en cada municipio el porcentaje de subida o bajada del Índice de Precios al Consumo del período interanual agosto 2007 a agosto 2008, tomando como base dicha tarifa autorizada vigente.

Segundo. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de septiembre de 2008

Manuel Chaves González

Presidente de la Junta de Andalucía

José Antonio Griñán Martínez

Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía

y Consejero de Economía y Hacienda

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