Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 07/11/2008

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Educación

Resolución de 20 de octubre de 2008, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se publica convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en puestos de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño en centros docentes públicos dependientes de esta Consejería.

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Con el fin de proveer en régimen de nombramiento interino las vacantes o sustituciones que puedan producirse en los centros docentes dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, de conformidad con la Orden de 5 de junio de 2006, de la Consejería de Educación (BOJA de 29 de junio), por la que se fija el baremo y se establecen las bases que deben regir las convocatorias que con carácter general efectúe la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a fin de cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en los Cuerpos Docentes de Enseñanza dependientes de esta Consejería, excepto las Enseñanzas Artísticas Superiores de Música y Danza, y en virtud de las competencias que le confiere el Decreto 121/2008, de 29 de abril (BOJA de 2 de mayo), por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General

resuelve

Primero. Publicar convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en puestos de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores de Artes Aplicadas y Diseño, en centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, en las especialidades que se relacionan a continuación:

Código: 590 Cuerpo: Profesores de Enseñanza Secundaria

CÓDIGO ESPECIALIDAD
012 ALEMÁN
102 ANÁLISIS Y QUÍMICA INDUSTRIAL
103 ASESORÍA Y PROCESOS DE IMAGEN PERSONAL
104 CONSTRUCCIONES CIVILES Y EDIFICACIÓN
108 INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA
110 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN COMERCIAL
111 ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS
112 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE FABRICACIÓN MECÁNICA
113 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE SISTEMAS ENERGÉTICOS
115 PROCESOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA
116 PROCESOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA
117 PROCESOS DIAGNÓSTICOS CLÍNICOS Y PRODUCTOS ORTOPROTÉSICOS
118 PROCESOS SANITARIOS
119 PROCESOS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
122 PROCESOS Y PRODUCTOS EN ARTES GRÁFICAS
123 PROCESOS Y PRODUCTOS EN MADERA Y MUEBLE
124 SISTEMAS ELECTRÓNICOS
125 SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMÁTICOS

Código: 591 Cuerpo: Profesores Técnicos de Formación Profesional

CÓDIGO ESPECIALIDAD
202 EQUIPOS ELECTRÓNICOS
203 ESTÉTICA
204 FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE CARPINTERÍA Y MUEBLE
205 INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TÉRMICOS Y DE FLUIDOS
206 INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS
210 MÁQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCIÓN
211 MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS
213 OFICINA DE PROYECTOS DE FABRICACIÓN MECÁNICA
215 OPERACIONES DE PROCESOS
216 OPERACIONES Y EQUIPOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA
219 PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO Y ORTOPROTÉSICO
220 PROCEDIMIENTOS SANITARIOS Y ASISTENCIALES
221 PROCESOS COMERCIALES
223 PRODUCCIÓN EN ARTES GRÁFICAS
224 PRODUCCIÓN TEXTIL Y TRATAMIENTOS FÍSICO-QUÍMICOS
228 SOLDADURA
229 TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE IMAGEN Y SONIDO

Código: 592 Cuerpo: Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas

CÓDIGO ESPECIALIDAD
008 FRANCÉS
011 INGLÉS
012 ITALIANO

Código: 594 Cuerpo: Profesores de Música y Artes Escénicas

CÓDIGO ESPECIALIDAD
402 ARPA
404 CLARINETE
405 CLAVE
406 CONTRABAJO
407 CORO
410 FLAUTA TRAVESERA
412 FUNDAMENTOS DE COMPOSICIÓN
416 HISTORIA DE LA MÚSICA
421 ORQUESTA
422 PERCUSIÓN
423 PIANO
424 SAXOFÓN
428 TROMPETA
431 VIOLA
433 VIOLÍN
434 VIOLONCELLO
436 DANZA CLÁSICA
437 DANZA CONTEMPORÁNEA
453 INTERPRETACIÓN EN EL MUSICAL
460 LENGUAJE MUSICAL

Código: 595 Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño

CÓDIGO ESPECIALIDAD
508 DIBUJO TÉCNICO
509 DISEÑO DE INTERIORES
512 DISEÑO GRÁFICO
515 FOTOGRAFÍA
520 MATERIALES Y TECNOLOGÍA: DISEÑO
522 MEDIOS INFORMÁTICOS

Segundo. La presente convocatoria se regirá conforme a lo establecido en la Orden de 5 de junio de 2006 (BOJA de 29 de junio), por la que se fija el baremo y se establecen las bases que deben regir las convocatorias que con carácter general efectúe la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a fin de cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en los Cuerpos Docentes de Enseñanza dependientes de esta Consejería, excepto las Enseñanzas Artísticas Superiores de Música y Danza.

Tercero. Las personas participantes en la presente convocatoria, además de la documentación recogida en la Orden de 5 de junio de 2006, deberán presentar cumplimentado el Anexo I a la presente Resolución, que contiene declaración jurada o promesa de no estar en situación de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni tener inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas.

Asimismo, quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar, además, los siguientes documentos:

- De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán acreditar, a través del citado Anexo I, no sufrir sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

- El personal que resida en España deberá presentar fotocopia del documento de identidad, o, pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de personal trabajador comunitario fronterizo, en vigor.

El personal que sea nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberá presentar dos fotocopias compulsadas del documento de identidad o pasaporte.

- El personal familiar incluido en el párrafo anterior deberá presentar fotocopia del pasaporte o del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la tarjeta o la exención del visado y de dicha tarjeta. En caso contrario deberá presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa de la persona con la que existe este vínculo de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el personal participante vive a sus expensas o está a su cargo.

Cuarto. La Comisión de Valoración de la prueba de conocimiento del castellano a que se refiere el apartado 3 del artículo segundo de la Orden de 5 de junio de 2006, estará constituida por la Jefa del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Provincial de Sevilla o persona en quien delegue, que actuará como presidenta, y cuatro miembros del personal del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura que actuarán como vocales, actuando como secretario o secretaria la persona que nombre la presidenta de la comisión.

Una vez expuestas las listas provisionales de personal admitido, por resolución de esta Dirección General se designarán los miembros de la citada Comisión, indicando asimismo, el lugar y la fecha de realización de la prueba.

Concluida la prueba, la Comisión de Valoración hará pública la lista de las personas con la calificación obtenida («apto» o «no apto») en los tablones de anuncios del lugar donde se celebre la citada prueba y en los de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, remitiendo una copia de la misma a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

Contra la valoración de la prueba de conocimiento del castellano realizada por la Comisión de Valoración se podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. El personal aspirante a la especialidad de Danza Contemporánea (594 437) que alegue como requisito de titulación la documentación acreditativa o, en su caso, oportuna credencial de la completa superación de los estudios oficiales de Danza Clásica, expedidos de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 600/1999, de 16 de abril, deberá realizar una prueba práctica consistente en demostrar su aptitud pedagógica para transmitir sus conocimientos y dominios técnicos al alumnado, impartiendo una clase de Danza Contemporánea con los tiempos musicales adecuados, sobre ejercicios o pasos propios basados en las distintas técnicas, extraídos al azar de entre los propuestos por la Comisión, con una duración máxima de 10 minutos. La Comisión de Valoración aportará los fragmentos musicales.

Una vez expuestas las listas provisionales de personal admitido por resolución de esta Dirección General, se designarán los miembros de la citada Comisión y se indicará el lugar y la fecha de la realización de la prueba. La prueba se calificará con «apto» o «no apto». El personal que sea declarado «no apto» no podrá figurar en el listado de personal admitido.

Contra la valoración de la prueba práctica realizada por la Comisión de Valoración se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. La valoración de los méritos del personal solicitante será realizada por las Comisiones Baremadoras que designen las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de:

ALMERÍA

- 594 402 ARPA

- 594 423 PIANO

- 594 431 VIOLA

- 594 433 VIOLÍN

- 594 434 VIOLONCELLO

- 594 436 DANZA CLÁSICA

- 594 437 DANZA CONTEMPORÁNEA

CÁDIZ

- 590 112 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE FABRICACIÓN MECÁNICA

- 590 113 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE SISTEMAS ENERGÉTICOS

- 590 123 PROCESOS Y PRODUCTOS EN MADERA Y MUEBLE

- 591 204 FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE CARPINTERÍA Y MUEBLE

- 591 210 MÁQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCIÓN

- 591 211 MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS

- 591 213 OFICINA DE PROYECTOS DE FABRICACIÓN MECÁNICA

- 591 228 SOLDADURA

CÓRDOBA

- 590 104 CONSTRUCCIONES CIVILES Y EDIFICACIÓN

- 590 111 ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS

- 590 115 PROCESOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA

- 590 122 PROCESOS Y PRODUCTOS EN ARTES GRÁFICAS

- 591 215 OPERACIONES DE PROCESOS

- 591 224 PRODUCCIÓN TEXTIL Y TRATAMIENTOS FÍSICO-QUÍMICOS

- 591 216 OPERACIONES Y EQUIPOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA

- 591 223 PRODUCCIÓN EN ARTES GRÁFICAS

GRANADA

- 590 110 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN COMERCIAL

- 590 124 SISTEMAS ELECTRÓNICOS

- 590 125 SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMÁTICOS

- 591 202 EQUIPOS ELECTRÓNICOS

- 591 205 INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TÉRMICOS Y DE FLUIDOS

- 591 206 INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS

- 591 221 PROCESOS COMERCIALES

HUELVA

- 590 102 ANÁLISIS Y QUÍMICA INDUSTRIAL

- 595 508 DIBUJO TÉCNICO

- 595 509 DISEÑO DE INTERIORES

- 595 512 DISEÑO GRÁFICO

- 595 515 FOTOGRAFÍA

- 595 520 MATERIALES Y TECNOLOGÍA: DISEÑO

- 595 522 MEDIOS INFORMÁTICOS

JAÉN

- 590 117 PROCESOS DIAGNÓSTICOS CLÍNICOS Y PRODUCTOS ORTOPROTÉSICOS

- 590 118 PROCESOS SANITARIOS

- 591 219 PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO Y ORTOPROTÉSICO

- 591 220 PROCEDIMIENTOS SANITARIOS Y ASISTENCIALES

- 592 008 FRANCÉS

- 592 011 INGLÉS

- 592 012 ITALIANO

MÁLAGA

- 594 404 CLARINETE

- 594 405 CLAVE

- 594 406 CONTRABAJO

- 594 407 CORO

- 594 410 FLAUTA TRAVESERA

- 594 412 FUNDAMENTOS DE COMPOSICIÓN

- 594 416 HISTORIA DE LA MÚSICA

- 594 421 ORQUESTA

- 594 422 PERCUSIÓN

- 594 424 SAXOFÓN

- 594 428 TROMPETA

- 594 453 INTERPRETACIÓN EN EL MUSICAL

- 594 460 LENGUAJE MUSICAL

SEVILLA

- 590 012 ALEMÁN

- 590 103 ASESORÍA Y PROCESOS DE IMAGEN PERSONAL

- 590 108 INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA

- 590 116 PROCESOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA

- 590 119 PROCESOS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN

- 591 203 ESTÉTICA

- 591 229 TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE IMAGEN Y SONIDO

Las Comisiones Baremadoras estarán integradas por:

- Presidente: El Jefe o Jefa del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Provincial o persona en quien delegue.

- Vocales:

Un representante del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, que actuará como secretario o secretaria.

El personal funcionario que se designe, de acuerdo con el número de solicitudes presentadas.

Cada una de las organizaciones sindicales integrantes de la Junta de Personal podrá nombrar una persona representante como observadora del proceso de baremación.

Séptimo. Las Comisiones Baremadoras remitirán a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos las actas correspondientes al listado de personal admitido con las puntuaciones de los méritos alegados en cada uno de los apartados del baremo, así como el listado del personal excluido con indicación de la causa de exclusión, para la publicación, por parte de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de las resoluciones provisional y definitiva de los listados de personal admitido y excluido.

Octavo. Con la publicación de la resolución provisional de los listados de personal admitido y excluido, conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por el artículo 1.19 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, se considerará efectuada la notificación al personal interesado con la advertencia de que, si no se subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite.

Asimismo, el personal admitido sólo podrá figurar en la lista definitiva de aspirantes a interinidad de una especialidad, por lo que, en caso de haber sido admitido provisionalmente para más de una especialidad estará obligado a optar por una de ellas en el plazo de alegaciones a los listados provisionales establecido. De no hacerlo así, figurará en la especialidad que la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos considere, según las necesidades que tenga para cubrir el servicio educativo.

Noveno. Quienes participen en esta convocatoria consignarán en el Anexo II a la presente Resolución, una provincia y potestativamente hasta ocho provincias para posibles vacantes o sustituciones. De no hacerlo así, se incluirán de oficio las ocho provincias de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de octubre de 2008.- El Director General, Manuel Alcaide Calderón.

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