Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 16/12/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Orden de 21 de noviembre de 2008, por la que se concede una prórroga al Ayuntamiento de Cáñar (Granada) en relación con la subvención concedida al mismo en fecha 19 de diciembre de 2007.

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Mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de fecha 5 de diciembre de 2007, publicada en BOJA núm. 248, del día 19 de diciembre de 2007, se concedió una subvención al Excelentísimo Ayuntamiento de Cáñar, por importe de sesenta y siete mil seiscientos cuarenta y dos euros con cincuenta y cuatro céntimos (67.642,54 €) para la financiación de las obras de terminación del aparcamiento municipal destinado a autobuses, siendo el plazo de ejecución de 12 meses a partir de la publicación de la citada Orden.

Con fecha 11 de noviembre de 2008 y dentro del plazo legalmente previsto se recibe escrito en la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el cual el beneficiario de la subvención solicita que el plazo de ejecución de 12 meses que finaliza en diciembre de 2008 sea prorrogado conforme a la legislación vigente, debido al retraso producido en la ejecución de las obras a causa de que en las proximidades de los terrenos donde se va a actuar, se han venido ejecutando una serie de mejoras y reparaciones en la carretera de acceso a la localidad y, por ello, de máxima importancia para el municipio, que se han dilatado más de lo esperado.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 19.2 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y régimen jurídico, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, el beneficiario de la subvención podrá solicitar del órgano concedente de la misma la modificación de la resolución de concesión, incluidos la ampliación de los plazos de ejecución y justificación, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o la finalidad de la subvención.

De acuerdo con el artículo 19.3 de la normativa citada en el fundamento anterior, el acto por el que se acuerda la modificación de la resolución de concesión de la subvención será adoptado por el órgano concedente de la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Administración podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudica el derecho de terceros. Por tanto el plazo de ejecución podrá prorrogarse como máximo hasta el 19 de junio de 2009.

Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo que se trate.

En virtud de lo expuesto y de la normativa citada, se resuelve conceder al Excelentísimo Ayuntamiento de Cáñar una prórroga para la ejecución de la actuación subvencionada de seis meses.

La presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no es susceptible de recurso.

Sevilla, 21 de noviembre de 2008

LUIS MANUEL GARCÍA GARRIDO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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