Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 18/12/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de noviembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 891/2005. (PD. 4254/2008).

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NIG: 2906742C20050020445.

Procedimiento: Juicio Verbal 891/2005. Negociado: SM.

Sobre: Reclamación de cantidad

De: Niza Cars.

Procuradora: Sra. María Luisa Gallur Pardini.

Letrado: Sr. Antonio Gómez de la Cruz Coll.

Contra: Don Rafael Sánchez Hurtado y Consorcio de Compensación de Seguros.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 891/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga a instancia de Niza Cars contra Rafael Sánchez Hurtado y Consorcio de Compensación de Seguros sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia núm. 228/05.

En Málaga, a 20 de diciembre de 2005.

Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm Dos de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio verbal, seguidos en este Juzgado bajo el número 891/05, a instancia de la entidad Niza Cars, S.L., representada por la Procuradora Sra. Gallur Pardini, y asistida del letrado Sr. Gómez de la Cruz Coll, contra Rafael Sánchez Hurtado y el Consorcio de Compensación de Seguros, este ultimo representado y asistido por el Abogado del Estado.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la representación de la parte actora, debo condenar y condeno a Rafael Sánchez Hurtado y al Consorcio de Compensación de Seguros a que abonen solidariamente a la entidad Niza Cars, S.L., la cantidad de 808,69 euros en concepto de principal, así como los intereses de dicha cantidad, que serán para el Consorcio los legales incrementados en un 50 por 100 desde la fecha de la reclamación previa y, a partir del segundo año, el 20% desde la fecha de la reclamación previa. Respecto a las costas procede condenar a su pago a los demandados.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

E/

Publicación. Leída y publicada la anterior resolución por el Magistrado-Juez que la suscribe, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha, de la que doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Rafael Sánchez Hurtado, extiendo y firmo la presente en Málaga a seis de noviembre de dos mil ocho.- El/La Secretario

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