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NIG: 4109142C20050043392.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1459/2005. Negociado: 5.º
Sobre: Resolución de contrato.
De: Don Manuel Cruz Herrera.
Procuradora: Sra. María José Pérez Rodríguez.
Contra: Grupo Inmobiliario Haro Villar, S.L.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1459/2005-5.º seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Nueve de Sevilla a instancia de Manuel Cruz Herrera contra Grupo Inmobiliario Haro Villar, S.L., sobre Resolución de Contrato, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA Núm. 221
Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.
Lugar: Sevilla.
Fecha: Nueve de noviembre de dos mil siete.
Parte demandante: Manuel Cruz Herrera.
Abogado:
Procuradora: María José Pérez Rodríguez.
Parte demandada: Grupo Inmobiliario Haro Villar, S.L.
Objeto del juicio: Resolución de contrato.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña María José Pérez Rodríguez, en nombre y representación de Manuel Cruz Herrera, contra la entidad Grupo Inmobiliario Haro Villar, S.L., declaro resuelto el contrato de compra-venta suscrito por las partes en fecha 5.9.2002, y unido como documento núm. 1 del escrito de demanda, con obligación de la demandada de entregar a la actora un total de 16.550,41
, más el 30% de dicha suma en concepto de indemnización, devengando la cantidad resultante interés legal incrementado en 2 puntos desde la fecha del emplazamiento, y todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Sevilla, a nueve de noviembre de dos mil siete.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Grupo Inmobiliario Haro Villar, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla a nueve de noviembre de dos mil siete.- El/La Secretario.
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