Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 20/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2008, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en apelación, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el recurso núm. 687/04, seguido a instancia de doña Encarnación Molina Molina.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 687/04, seguido a instancia de doña Encarnación Molina Molina contra la Resolución de 15 de julio de 2004, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban, a propuesta del Tribunal Calificador que ha valorado las pruebas selectivas, las Resoluciones definitivas de la fase de selección del Proceso Extraordinario de Consolidación de Empleo para la selección y provisión de plazas de ATS/DUE, Técnicos Especialistas en Dietética y Nutrición y Auxiliares de Enfermería (BOJA núm. 144, de 23 de julio de 2004). Así como, contra la Resolución de fecha 28 de diciembre de 2004 de la misma Dirección General, mediante la cual se modifica la anterior, en el aspecto relativo a los Auxiliares de Enfermería (BOJA núm. 4 de 7 de enero de 2005), el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Sevilla dictó Sentencia por la que se desestimaban las pretensiones de la recurrente y que fue recurrida en apelación (rollo de apelación 340/2006-R) ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, dictándose sentencia a 30 de octubre de 2007, que es firme, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Que debemos declarar y declaramos:

A) No haber lugar al recurso de apelación interpuesto por Servicio Andaluz de Salud.

B) estimar el recurso de apelación interpuesto por doña Encarnación Molina Molina contra la sentencia dictada el 16 de enero de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Sevilla que revocamos declarando el derecho de la recurrente de que le sean valorados los servicios prestados a la Diputación Provincial de Sevilla y al Servicio Andaluz de Salud dentro de la experiencia profesional, con las consecuencias jurídicas oportunas.

Acordamos la imposición de costas al Servicio Andaluz de Salud por un importe máximo de 300 euros».

En su virtud, y según lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y demás normativa de referencia, de conformidad con las competencias que le vienen atribuidas por la Ley 8/86, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud, y por el Decreto 241/2004, de 18 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejeria cíe Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional,

R E S U E L V E

Llevar a efecto el fallo judicial en sus propios términos, por lo que procede, de acuerdo con lo dispuesto en la referida Sentencia de Apelación de 30 de octubre de 2007, corregir la valoración efectuada por el Tribunal Calificador del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Auxiliares de Enfermería dependientes del Servicio Andaluz de Salud y otorgar a doña Encarnación Molina Molina 45 puntos en el apartado de Experiencia Profesional (Apartado I) que es el máximo establecido en este apartado por eI Baremo de méritos recogido en la Resolución de 7 de mayo de 2002 (BOJA núm. 69 de 13 de junio de 2002) de convocatoria del citado proceso selectivo, correspondiéndole una Puntuación Total Definitiva de 137.366 puntos (Oposición 90 baremo Apartado I: 45 Apartado II: 2.366) de lo que se deriva la inclusión de la recurrente, con el número de orden 1.057 en la Resolución definitiva de los aspirantes que han superado la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Auxiliares de Enfermería.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en la base 4.1 del Anexo I de la Resolución de 7 de mayo de 2002, por la que se convocaba el referido concurso oposición, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a la fecha de notificación de la presente resolución, doña Encarnación Molina Molina deberá presentar, ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del SAS (C/ Pedro Muñoz Torres, s/n, Hytasal-41071, Sevilla), la siguiente documentación:

- Fotocopia del documento nacional cíe identidad o pasaporte.

- Fotocopia compulsada del Titulo exigido en la base 2.6. 1b) o en su caso, fotocopia de la justificación acreditativa de haberlo solicitado, abonando los correspondientes derechos para su obtención, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, conforme establece la base 2.6.1.e).

- Certificado expedido por los Servicios de Medicina Preventiva, Salud Laboral o Medicina Interna de los Servicios de Salud, que acredite que el aspirante no padece enfermedad ni defecto fisico alguno que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, y que confirme la capacidad funcional del mismo para el desempeño del puesto de trabajo.

Sevilla, 15 de enero de 2008.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.

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