Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 22/02/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de febrero de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Cádiz, dimanante del procedimiento verbal núm. 405/2007. (PD. 517/2008).

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NIG: 1101242C20070001937.

Procedimiento: Juicio Verbal 405/2007. Negociado: C.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

De: Consorcio de Compensación de Seguros.

Letrado: Sr. Manuel Andréu Estaun.

Contra: Don Juan Ramón León Bonilla y Groupama Plus Ultra, S.A.

Procuradora: Sra. Domínguez Flores, Mercedes.

Letrado: Sr. Juan García de Cózar.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Juicio Verbal 405/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Cádiz a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros contra Juan Ramón León Bonilla y Groupama Plus Ultra, S.A., sobre Reclamación de Cantidad, se ha dictado la Sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Cádiz, a 5 de febrero de 2008.

La Ilma. doña Ana María López Chocarro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de Cádiz, celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal número 405/07, sobre indemnización de los daños y perjuicios derivados de responsabilidad extracontractual, promovidos a instancias del Abogado del Estado en nombre y representación del Consorcio Compensación de Seguros, contra la entidad Groupama Plus Ultra, S.A., y Juan Ramón León Bonilla, ha dictado Sentencia en virtud de los siguientes:

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda del Abogado del Estado en nombre y representación del Consorcio Compensación de Seguros, debo condenar y condeno a don Juan Ramón León Bonilla y a Groupama Plus Ultra a satisfacer solidariamente a la actora la cantidad de 682,25 euros, con los intereses legales de dicha suma desde demanda y hasta pago, con imposición de las costas de la parte actora al codemandado Sr. León Bonilla.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, desde la notificación, cuyo conocimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Cádiz.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Juan Ramón León Bonilla, extiendo y firmo la presente en Cádiz a siete de febrero de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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