Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 08/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Resolución de 6 de agosto de 2007, por la que se declaran como minerales las aguas procedentes del sondeo denominado "Los Cerrillos", situado en el término municipal de Cogollos de Guadix, provincia de Granada. (PP. 4067/2007).

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Visto el expediente elevado por la Delegación Provincial de Granada de esta Consejería, que tiene como objeto la prosecución de trámites para la declaración como mineral del agua procedente del sondeo sito en la parcela 146 del polígono 2 del término municipal de Cogollos de Guadix (coordendas UTM X=485.750, Y=4.121.800), denominado "Los Cerrillos", para su posterior aprovechamiento como aguas de bebida envasadas.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El presente expediente fue incoado por don Miguel M.ª Martínez Díez, en nombre y representación de "Spanish Premium Aqua, S.A. Unipersonal", quien solicitó con fecha de 15 de diciembre de 2005 la declaración como mineral de las aguas del sondeo arriba reseñado.

Segundo. Con fecha de 11 de mayo de 2007, don Alberto Gutiérrez Garrido, DNI 29206081Z, en representación de "Viva Aqua Service Spain, S.A.", presenta documentación en la que acredita que la sociedad "Spanish Premium Aqua, S.A. Unipersonal" ha pasado a denominarse "Viva Aqua Service Spain, S.A.", y solicita que la nueva sociedad sea tenida por titular del expediente.

Tercero. De acuerdo con los datos previos existentes en el Servicio de Minas de esta Consejería sobre las características hidrogeológicas de la geología del área donde se sitúa, el sondeo reúne las condiciones adecuadas para llevar a efecto la declaración que se propone.

Cuarto. El Instituto Geológico y Minero de España, en informe que obra en el expediente, con fecha de 1 de septiembre de 2006, considera que las aguas bajo consideración cumplen las condiciones necesarias para ser declaradas como minerales, de acuerdo con los requisitos exigidos por el Reglamento General para el Régimen de la Minería.

Quinto. La Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa eleva el expediente para su resolución, acompañado de un informe favorable en el que propone la declaración de la condición de mineral de esta agua.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa es competente para resolver sobre lo solicitado, a

tenor de lo dispuesto en el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, de Estructura Orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y en relación con el art. 24 de la Ley de Minas y el art. 39 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.

Segundo. En la trámitación del expediente se han observado todos los trámites y requisitos previstos en los artículos 24 de la Ley de Minas y 39 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.

Vista la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978, y demás legislación de perti­nente y general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas

RESUELVE

Declarar como minerales las aguas procedentes del sondeo sito en la parcela 146 del polígono 2 del término municipal de Cogollos de Guadix, provincia de Granada (coordenadas UTM X=485.750, Y=4.121.800), denominado "Los Cerrillos", para su posterior aprovechamiento como aguas de bebida envasadas, pudiendo el promotor del expediente solicitar el aprovechamiento de las mismas dentro del plazo de un año, a partir del momento en que le sea comunicada la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo a elección del recurrente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, o ante la de la circunscripción donde aquel tenga su domicilio, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de agosto de 2007.- El Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, P.D. (Orden de 18.5.2004), el Viceconsejero, Jesús María Rodríguez Román.

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