Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 18/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda.

Resolución de 27 de febrero de 2008, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Dos Hermanas (Sevilla). (PP. 848/2008).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

ConceptoIVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 1,13 euros

Por kilómetro recorrido0,79 euros

Hora de espera17,17 euros

Carrera mínima3,09 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera1,38 euros

Por kilómetro recorrido0,96 euros

Hora de espera22,00 euros

Carrera mínima3,87 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

- Servicios realizados los sábados, domingos y días festivos las 24 horas.

- Servicios realizados en días laborables/nocturnos desde las 21 horas a las 7 horas.

- Días de Feria (desde el jueves día 1 de mayo al domingo día 4 de mayo de 2008, ambos inclusive).

- Semana Santa (desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos inclusive).

- Días 24 de diciembre, 31 de diciembre y 5 de enero.

Tarifa 3

Bajada de bandera1,72 euros

Por kilómetro recorrido1,20 euros

Hora de espera27,51 euros

Carrera mínima4,84 euros

La tarifa 3 se aplicará a los servicios nocturnos, desde las 21 horas a las 7 horas, realizados durante los días de Semana Santa y Feria.

Suplementos (no aplicables a los servicios interurbanos):

- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm: 0,58 euros.

- Por servicios realizados viernes, sábados y víspera de festivos desde las 22 horas a las 6 horas, la cantidad adicional de 1,90 euros.

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de febrero de 2008.- La Viceconsejera,

Carmen Martínez Aguayo.

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