Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 18/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Resolución de 21 de febrero de 2008, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de inicio del trámite de subsanación de las solicitudes que no reúnen los requisitos exigidos o no aportan la documentación preceptiva establecida en la Orden que se cita.

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Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (BOJA núm. 239 , de 13 de diciembre de 2006), modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2007 (BOJA núm. 243, de 12 de diciembre de 2007), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, Modalidad

3 (ASC): Fomento del Asociacionismo Comercial y el Desarrollo de Centros Comerciales Abiertos

Esta Delegación Provincial de Sevilla

RESUELVE

Primero. Hacer público el Acuerdo de inicio del trámite de subsanación de solicitudes, de 21 de febrero de 2008, de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, que no reúnen los requisitos exigidos o no aportan los documentos preceptivos establecidos en la Orden de 9 de noviembre de 2006, modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, Modalidad 3 (ASC): Fomento del Asociacionismo Comercial y el Desarrollo de Centros Comerciales Abiertos (Convocatoria año 2008), con indicación del plazo para subsanar la falta o, en su caso, aportar los preceptivos documentos.

Segundo. El contenido íntegro de dicho Acuerdo, cuyo Anexo contiene la relación de afectados, estará expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y en el de la Delegación Provincial de Sevilla, sita en C/ Trajano, 17, de Sevilla, así como en la página web de la propia Consejería, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Los plazos establecidos en el mencionado Acuerdo se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de febrero de 2008.- El Delegado, Francisco Obregón Rojano.

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