Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 17/04/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación.

Resolución de 25 de marzo de 2008, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Viceintervención en el Ayuntamiento de Baza (Granada) como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal.

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El Ayuntamiento de Baza (Granada), mediante acuerdo adoptado por el Pleno con fecha 25 de febrero de 2008, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la clasificación del puesto de trabajo de Viceintervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la Disposición Adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre y el artículo 8.17 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, de acuerdo con la nueva redacción establecida por el artículo primero del Decreto 101/2007, de 10 de abril, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Clasificar el puesto de trabajo de Viceintervención del Ayuntamiento de Baza (Granada) como puesto de colaboración inmediata a las funciones de Intervención, para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de marzo de 2008.- El Director General, Juan Osuna Baena.

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