Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 28/05/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de marzo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Granada, dimanante de procedimiento ordinario núm. 98/2006. (PD. 1500/2009).

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NIG: 1808742C20060001620.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 98/2006. Negociado: 4.

De: C.P. Méndez Núñez, núm. 4.

Procuradora: Sra. María Molina Cañavate.

Letrada: Sra. Adoración Cañavate Galera.

Contra: Doña María Soledad Vílchez Vera y don Hugues Jean Marin Teulerie.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 98/2006 seguido en Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Granada a instancia de C.P. Méndez Núñez, núm. 4, contra doña María Soledad Vílchez Vera y don Hugues Jean Marin Teulerie, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y tallo, es como sigue:

En Granada, a 16 de octubre de 2008.

Don Francisco Sánchez Gálvez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Granada, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 172/08

Habiendo visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario, seguidos bajo el núm. 98/06, a instancia de Comunidad de Propietarios del edificio Méndez Núñez, núm. 4, de Granada, representada por la Procuradora doña María Molina Cañavate y defendida por la Letrada doña Adoración Cañavate Galera; contra doña M.ª Soledad Vílchez Vera y don Hugues Jean Marin Teulerie, declarados en rebeldía.

FALLO

Estimando la demanda presentada, condeno a doña María Soledad Vílchez Vera a que pague a la Comunidad de Propietarios del Edificio Méndez Núñez, núm. 4, de Granada, cinco mil trescientos setenta euros y treinta y cinco céntimos, con la responsabilidad solidaria de don Hugues Jean Marin Teuliere hasta la cantidad de 3.679,68 €, más el interés legal devengado desde la fecha de presentación de la demanda, y las costas del procedimiento.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse en plazo de cinco días, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados doña María Soledad Vílchez Vera y don Hugues Jean Marin Teulerie, extiendo y firmo la presente en Granada a diez de marzo de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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