Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 04/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 4 de mayo de 2009, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Turón (Granada).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Expediente núm.: 001/2009/SIM.

El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Turón (Granada) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local aprobó, en sesión de fecha 15 de abril de 2009, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su escudo y bandera municipal, compuestos de la siguiente forma:

Escudo:

- Escudo cortado y medio partido. 1.º en campo de plata Turón de gules. 2.º en campo de oro maza y martillo de sable puestos en aspa. 3.º en campo de sinople árbol de plata. Al timbre corona real cerrada.

Bandera:

- Bandera rectangular de proporciones 2:3, formada por dos franjas horizontales iguales, roja la superior y verde la inferior, con una franja vertical al asta de 1/3 del largo, amarilla con cabeza de turón negra.

Mediante escrito de fecha 20 de abril de 2009, se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su escudo y bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del apartado k) de artículo 8 del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del escudo y la bandera del municipio de Turón (Granada) en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de mayo de 2009.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

Descargar PDF