Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 03/07/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 23 de junio de 2009, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía (A2.2016).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 33/2009, de 17 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2009, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 2/2002, de 9 enero, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, esta Consejería de Justicia y Administración Pública, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Decreto 255/1987, de 28 de octubre, y el Decreto 167/2009, de 19 de mayo, acuerda convocar concurso-oposición libre para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía:

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Normas generales.

1. Se convoca concurso-oposición libre para cubrir 5 plazas en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía.

2. A las pruebas selectivas les resultará de aplicación la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 2/2002, de 9 de enero; el Decreto 299/2002, de 10 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público de la Administración de la Junta de Andalucía de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 93/2006, de 9 de mayo, y las bases de la presente convocatoria.

3. De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la información relativa a los procesos selectivos que deba notificarse a los participantes e interesados se expondrá al público en la Consejería de Justicia y Administración Pública, el Instituto Andaluz de Administración Pública (y en su página web: www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica), Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las distintas provincias, en la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar, y las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

El Director del Instituto Andaluz de Administración Pública solicitará a cada una de las Organizaciones Sindicales que forman parte de la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía que designe a una persona y su suplente para representarla en las actuaciones relativas al proceso selectivo convocado.

Las Organizaciones Sindicales deberán designar su representante en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la recepción de la referida notificación, y transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado la designación, se entenderá que se renuncia al ejercicio de la misma.

4. El contenido del ejercicio de la fase de oposición versará sobre el programa de materias aprobado por la Consejería de Justicia y Administración Pública y que consta como Anexo II.

Segunda. Requisitos de los/las candidatos/as.

Para ser admitidos/as en las pruebas selectivas bastará con que los/as solicitantes:

1. Declaren en su instancia que reúnen todos y cada uno de los siguientes requisitos exigidos para el acceso al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma:

a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o equivalente. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente en la materia.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario, y no poseer la condición de funcionario del Cuerpo y Especialidad convocado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Todos estos requisitos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 5 de la base octava, deberán mantenerse hasta el nombramiento como funcionario/a de carrera.

1. Hayan abonado la correspondiente tasa tal como se establece en la Base Cuarta de esta convocatoria.

Tercera. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.

1. La selección se llevará a cabo a través del sistema de concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 2/2002, de 9 de enero. La fase de oposición supondrá el 75% del total del sistema selectivo, y la fase de concurso el 25%. La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 200 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. En caso de persistir el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso de méritos por el mismo orden en que aparecen regulados en esta convocatoria; y, de persistir la igualdad, se resolverá de acuerdo con el orden alfabético que consta en el Anexo III, comenzándose por la letra L, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 23 de febrero de 2009, por la que se publica el resultado del sorteo por el que se determina el orden de actuación de los/las aspirantes que participen en las pruebas selectivas que se convoquen a lo largo de 2009.

2. Se celebrará en primer lugar la fase de oposición.

2.1. La fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, se valorará de 0 a 150 puntos. Constará de un ejercicio de carácter teórico-práctico, compuesto de dos partes, que se realizarán en la misma sesión, siendo ambas obligatorias y eliminatorias.

La duración total del ejercicio será de 180 minutos.

2.1.1. La parte teórica consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.

2.1.2. La segunda parte, de carácter práctico, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, adecuado a las funciones propias del Cuerpo y Especialidad convocados, y relacionado con el programa de materias aprobado.

Las contestaciones erróneas restarán un cuarto del valor de una respuesta acertada.

Cada parte del ejercicio se valorará de 0 a 75 puntos, y para superar cada una de ellas será preciso obtener al menos 37,50 puntos.

La Comisión de Selección, teniendo en cuenta todas las circunstancias y para un mejor cumplimiento de su cometido, queda facultada para determinar, con anterioridad a la identificación de los/las participantes, el número mínimo de respuestas acertadas exigido para obtener los 37,5 puntos.

Para obtener la puntuación final de la fase de oposición, una vez superada cada parte, se sumarán las puntuaciones parciales obtenidas en cada una de ellas.

Tras la realización de este ejercicio, la Comisión de Selección hará pública en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica), la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Los/las aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contado desde el siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte de la Comisión de Selección se hará pública con la lista de aprobados/as de este ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación. Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles de forma independiente a la impugnación de la lista de aprobados/as.

Este ejercicio de la fase de oposición será corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

3. Una vez corregido el ejercicio, la Comisión de Selección publicará la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición con indicación de la puntuación obtenida en cada una de las partes, y la suma total.

4. La Comisión de Selección tomará las medidas necesarias para que los/as aspirantes con discapacidad puedan realizar el ejercicio contando con las adaptaciones que les permitan gozar de condiciones similares a las del resto de participantes. Para ello es necesario que las personas con discapacidad que necesiten adaptación de tiempo y medios para la realización del ejercicio lo hagan constar en su solicitud, en el espacio reservado a tal efecto.

5. El ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes de 30 de septiembre de 2009.

6. Los aspirantes serán convocados al ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

7. La fase de concurso consistirá en la valoración por parte de la Comisión de Selección de los méritos que acrediten los/las aspirantes, referidos al día de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria, y de acuerdo con el baremo que se detalla en el punto 12 de esta Base.

8. Por Resolución del Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se abrirá el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación para que los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y consten en la relación citada en el apartado 3 de esta base, procedan a la presentación del autobaremo de sus méritos y, en su caso, al aporte de la documentación acreditativa de los mismos, conforme al baremo establecido en el apartado 12 de esta Base. El modelo de autobaremo se publicará con la citada Resolución.

9. Los méritos a valorar, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados, acreditados documentalmente y autobaremados por los/las aspirantes durante el plazo de presentación de autobaremo, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes. Los méritos habrán de ir referidos al día de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria.

10. La documentación acreditativa deberá ir grapada, ordenada y numerada según el orden en que se citen los méritos en el autobaremo, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas. Aquellos/as participantes que aleguen méritos que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía quedarán exentos de la justificación documental de éstos.

11. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.

12. Baremo aplicable a la fase de concurso, cuya puntuación máxima será de 50 puntos:

12.1. Valoración del trabajo desarrollado, con un máximo de 25 puntos:

a) Por cada mes de experiencia en puestos de trabajo del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía; así como en puestos de trabajo de Cuerpos y especialidad homólogos en cualquier Administración Pública: 0,11 puntos.

El trabajo desarrollado se deberá justificar mediante certificado de la Administración para la que se prestaron los servicios donde conste el periodo, Cuerpo y especialidad y tipo de nombramiento.

b) Por cada mes de experiencia profesional distinta de la contemplada en el subapartado anterior en actividades o puestos de trabajo que supongan el desarrollo de tareas de contenido equivalente al del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía: 0,08 puntos. Esta experiencia deberá acreditarse con informe de vida laboral y copia de los contratos que detallen la categoría profesional en la que se prestaron los servicios.

En los dos supuestos de este apartado, que son incompatibles entre sí en el mismo periodo de tiempo, no se valorarán las relaciones de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios.

12.2. Formación, con un máximo de 20 puntos:

a) Se valorará, hasta un máximo de 4 puntos, la titulación académica oficial de igual o superior nivel y distinta a la alegada para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, de acuerdo con la siguiente escala:

- Por el Título de Doctor: 4 puntos.

- Por Títulos de Master oficiales: 3 puntos por cada uno.

- Por el título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 2 puntos por cada uno.

Sólo se valorarán las titulaciones académicas reconocidas por el Ministerio y Consejería competentes en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

La titulación académica de igual o superior nivel a la exigida para el ingreso en el Cuerpo, alegada como mérito y distinta a la utilizada para el acceso al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, se justificará con fotocopia del título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.

b) Se valorará, hasta un máximo de 2 puntos, el expediente académico correspondiente a la titulación alegada para acceder al Cuerpo a que se aspira de acuerdo con la siguiente escala:

- Por nota media de Matrícula de Honor: 2 puntos.

- Por nota media de Sobresaliente: 1 puntos.

- por nota media de Notable: 0,50 puntos.

A los efectos de este subapartado y con el fin de homogeneizar las calificaciones, si alguna calificación sólo estuviese expresada en términos cuantitativos se trasladará a cualitativa en los siguientes rangos: Igual o mayor que 5 y menor que 7, Aprobado; igual o mayor que 7 y menor que 8,5, Notable; igual o mayor que 8,5 y menor que 9,5, Sobresaliente; e igual o mayor que 9,5 y menor o igual que 10, Matrícula de Honor.

Este mérito se acreditará con copia del Título o, en su caso, certificación académica del Centro Oficial correspondiente.

c) Se valorarán, hasta un máximo de 10 puntos, los cursos directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo y Especialidad convocado, como sigue:

- Para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales; y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, por cada 20 horas lectivas 0,25 puntos.

- Para el resto de cursos organizados o impartidos por cualquier otra entidad, no contemplada en el párrafo anterior, por cada 20 horas lectivas 0,10 puntos.

En todos los casos sólo se valorarán por una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se repita su participación.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se justificarán mediante la aportación de fotocopia del título o certificado del curso donde conste la entidad que lo organiza o imparte, la materia y el número de horas lectivas.

d) Por cada ejercicio superado en pruebas selectivas, hasta un máximo de 4 puntos:

- 1 punto si se trata de ejercicios correspondientes a pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía. El mérito de superación de ejercicios de pruebas selectivas, se acreditará mediante declaración responsable del/la interesado/a en la que identificará el número de ejercicios superados y a qué convocatoria corresponden. La veracidad de la citada declaración será comprobada por la Administración.

- 0,5 puntos si se trata de ejercicios correspondientes a pruebas selectivas para acceder al Cuerpo y Especialidad homólogos al que se aspira en otras Administraciones Públicas. Se justificará mediante certificado expedido por los organismos competentes en el desarrollo de los procesos selectivos en las correspondientes Administraciones Públicas.

12.3. Otros méritos, hasta un máximo de 5 puntos.

a) Por la participación como ponente o asistente en congresos, conferencias, jornadas, seminarios y simposiums organizados por entidades públicas u Organizaciones Sindicales y directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía con un máximo de 2 puntos:

- 0,50 puntos, si se realiza la participación como ponente.

- 0,25 puntos, si se realiza la participación como asistente.

En los casos donde el aspirante haya participado en un mismo congreso, conferencia, jornada, seminario o simposium como ponente y como asistente, sólo se valorará su participación como ponente.

Este mérito se acreditará con copia del certificado emitido por el Centro u Organización Sindical organizadores.

b) Impartición de cursos de formación y perfeccionamiento recogidos en el subapartado 12.2.c) de esta base, directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, con un máximo de 3 puntos, de la siguiente manera:

- Para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales; y las Organizaciones sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, por cada 20 horas lectivas, 1 punto.

- Para el resto de cursos organizados o impartidos por cualquier otra entidad, no contemplada en el párrafo anterior, por cada 20 horas lectivas 0,50 puntos.

En todos los casos de participación en docencia sólo se valorarán los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita su impartición. Se justificará este mérito con copia del certificado de la entidad que lo organiza o imparte, donde conste la materia y número de horas impartidas por el docente.

13. A la puntuación obtenida en el concurso, cuya puntuación máxima será de 50 puntos, se sumarán los puntos obtenidos en la fase de oposición, siempre que en ésta se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar, determinando de esta forma la puntuación final de cada aspirante y el número de aprobados/as, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007.

Cuarta. Solicitudes y plazo de presentación.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, e irán dirigidas al Director del Instituto Andaluz de Administración Pública.

2. Los/las aspirantes identificarán este convocatoria de forma inequívoca, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía (A2.2016).

3. Los/las aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo en el apartado «observaciones» de su solicitud.

4. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, los/las aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 24,23 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria. Quedarán exentos/as del pago de la tasa aquellos/as solicitantes que acrediten su condición de discapacitados/as en un grado igual o superior al 33 por ciento, mediante original o copia compulsada del certificado que acredite su condición de discapacitado emitido por el órgano competente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social u órganos similares de otras Administraciones Públicas.

5. La presentación de las solicitudes puede seguir dos procedimientos distintos:

5.1. Presentación telemática:

Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, conforme al procedimiento que se señala en la presente base, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.1.1. La presentación electrónica se realizará ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica. En la citada página figurarán recogidas las respuestas a las preguntas más frecuentes formuladas sobre la tramitación, así como el procedimiento para la presentación de la solicitud.

5.1.2. De acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre), todas aquellas personas que tramiten la solicitud y el pago de su tasa telemáticamente (telepago), obtendrán una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar.

5.1.3. La solicitud presentada ante el Registro Telemático único de la Junta de Andalucía no podrá ser modificada en ningún caso, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por los interesados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma por las actuaciones o trámites previstos en las presentes bases, por la misma u otra vía distinta.

5.1.4. Las personas afectadas por un grado de discapacidad igual o superior al 33% que, habiendo optado por la presentación telemática de su solicitud, deseen quedar exentas del pago de la tasa por esta misma causa, deberán dirigir al Instituto Andaluz de Administración Pública, dentro del plazo de presentación de solicitudes, el certificado que acredite su condición de discapacitado emitido por el órgano y la Administración competentes junto con la fotocopia compulsada del justificante de la recepción de sus solicitud de participación en el proceso selectivo que genera el sistema tras la presentación telemática.

5.2. Presentación manual:

5.2.1. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial publicado como Anexo IV de la presente Orden, el cual podrá ser fotocopiado por los aspirantes u obtenerse en los lugares indicados en el punto 3 de la Base Primera.

En la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica) podrá cumplimentarse la solicitud para su posterior impresión y presentación.

5.2.2. La tasa indicada en el punto 4 de esta Base deberá liquidarse utilizando el impreso oficial Modelo 046 de autoliquidación de tasas, del órgano gestor Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobado por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 26 de diciembre de 2001, que podrá obtenerse en los mismos lugares que el modelo de solicitud, y abonarse en cualquier sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras de la Junta de Andalucía.

El modelo 046 específico para el pago de esta tasa contiene los siguientes datos: En el espacio destinado a la Consejería competente: «Consejería de Justicia y Administración Pública»; en la línea de puntos destinada a señalar el órgano gestor del servicio: «Instituto Andaluz de Administración Pública»; en los recuadros reservados al código territorial del órgano o Consejería competente: El número «IA 00 00»; en la casilla correspondiente al concepto (04 del impreso): El código «0005»; y en la descripción de la liquidación (casilla 36 del modelo): «por inscripción en las convocatorias para selección de personal al servicio de la Junta de Andalucía». De no recogerse alguno de los datos aludidos deberá ser cumplimentado por el/la solicitante. Se podrá acceder a dicho impreso oficial a través de la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública, (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica), en el enlace «Pago de Tasas».

La acreditación del pago de la tasa se realizará adjuntando a la solicitud el «Ejemplar para la Administración» del referido impreso Modelo 046, en el que deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo. La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión del/la solicitante.

Además, en el espacio reservado a este fin en el modelo de solicitud contenido en el Anexo IV, deberá consignarse el código numérico identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte superior del código de barras de cada ejemplar (espacio 01 del impreso).

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

5.2.3. Procederá, previa solicitud del/la interesado/a, la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión definitiva del proceso selectivo de algún/a aspirante o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la fase de oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.

5.2.4. Cada solicitud presentada de forma manual debe ir acompañada por:

- El «Ejemplar para la Administración» del modelo 046 de autoliquidación de la tasa, o,

- El Certificado Oficial que acredite la discapacidad alegada, en el supuesto previsto en el punto 4 de esta Base.

5.2.5. Las solicitudes se presentarán en los Registros Generales del Instituto Andaluz de Administración Pública, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las diferentes provincias, de la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar y en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos, antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración Pública.

5.2.6. Aquellos aspirantes que deseen formar parte de la bolsa de selección de interinos prevista en el artículo 28 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud.

5.3. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el período de entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas, será necesario que el interesado pruebe documentalmente la presentación de su solicitud:

- Para la presentación manual: Con el original o fotocopia compulsada de la copia de la solicitud presentada en la que conste la fecha y el lugar de presentación de la misma.

- Para la presentación telemática: con el justificante de la recepción que genera el sistema tras la presentación.

Quinta. Admisión de aspirantes y fase de selección.

1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación de la Consejera de Justicia y Administración Pública, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las listas certificadas se expondrán en los lugares establecidos en la Base Primera, punto 3.

2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, los/las aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.

Los/las aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación de la Consejera de Justicia y Administración Pública, dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos, que se expondrán en los lugares establecidos en la Base Primera, 3. Asimismo, en dicha Resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del ejercicio de la fase de oposición.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por los/as interesados/as sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales, y su publicación servirá de notificación a los/las interesados/as.

4. La resolución por la que se declarará aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la Consejera de Justicia y Administración Pública, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sexta. Comisión de Selección.

1. A la Comisión de Selección le corresponde el desarrollo y la calificación del proceso selectivo.

2. Su composición se contiene en el Anexo I que acompaña a la presente Orden, pudiendo proponer al Director del Instituto Andaluz de Administración Pública la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, que colaborarán exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

3. No podrán formar parte de la Comisión de Selección aquellas personas, funcionarios o no, que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Presidente de la Comisión de Selección deberá exigir a los miembros de la misma declaración expresa de no hallarse incursos/as en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92.

Asimismo, los/las aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4. Por Resolución del Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, se procederá al nombramiento de los/las funcionarios/as que deban colaborar temporalmente en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los ejercicios que le atribuya la Comisión de Selección. Este personal estará adscrito a dicha Comisión de Selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que ésta le curse al efecto.

5. Los miembros del órgano de selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración del proceso selectivo.

6. Para la válida constitución de la Comisión de Selección a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del/la Presidente y Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias la Comisión de Selección tendrá su sede en el Instituto Andaluz de Administración Pública, sito en Avda. Ramón y Cajal, núm. 35, 41080, Sevilla.

8. La Comisión de Selección podrá requerir en cualquier momento a los/las aspirantes para que acrediten su personalidad.

9. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento de la Comisión de Selección que alguno/a de los/las aspirantes no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, pondrá en conocimiento del Director del Instituto Andaluz de Administración Pública dicha circunstancia, para que éste, previa audiencia del/la interesado/a, resuelva por delegación de la Consejera de Justicia y Administración Pública, de forma motivada, lo que proceda.

10. La Comisión de Selección no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del articulo 61.8 de la Ley 7/2007.

11. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, que modifica el Decreto 54/89, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, la Comisión de Selección del presente proceso selectivo queda clasificada en la categoría E.

Séptima. Relación de personal seleccionado.

1. Finalizado el plazo previsto en el punto 8 de la base Tercera, la Comisión de Selección procederá a la verificación de la autobaremación presentada por aquellos aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición y sumada la puntuación resultante del autobaremo practicado por cada uno de ellos a la obtenida en la fase de oposición, tengan opción a superar la convocatoria en función del número de plazas ofertadas.

En dicho proceso de verificación, la Comisión de Selección podrá minorar la puntuación consignada por los aspirantes en el caso de méritos no valorables conforme al baremo de méritos o en el caso de apreciar errores aritméticos. En el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, la Comisión de Selección podrá trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento de la puntuación total autoasignada por los aspirantes en cada apartado. En ningún caso podrá la Comisión de Selección otorgar una puntuación mayor a la consignada en cada apartado del baremo por los aspirantes.

2. Finalizada la calificación de aspirantes aprobados/as, la Comisión de Selección publicará, en los mismos lugares previstos en el apartado 3 de la Base Primera, la lista provisional de aprobados/as, con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a los apartados del baremo de méritos. Dicha lista irá ordenada por orden alfabético.

Contra esta lista podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante la Comisión, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, éstas podrán realizarse y tramitarse tanto manual como telemáticamente. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva de aprobados.

La vista de expediente podrá realizarse telemáticamente por todos los participantes interesados, según se determine en la publicación de la lista provisional de aprobados, precisándose para ello disponer de certificado digital, usuario y clave de acceso o del número del impreso de Autoliquidación de tasas (modelo 046).

3. Transcurrido el plazo referido en el punto anterior y resueltas las alegaciones en su caso presentadas, el órgano de Selección hará pública, en los mismos lugares previstos en el apartado 3 de la Base Primera, la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación con las calificaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo y la elevará como propuesta a la Consejera de Justicia y Administración Pública para el nombramiento como personal funcionario. Contra esta lista final de aprobados podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Justicia y Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de conformidad con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92.

4. Se delega en la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública la facultad para que, según lo establecido en el art. 90 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, acuerde la extinción de la Comisión de Selección por el cumplimiento de su finalidad.

Octava. Presentación de documentación y solicitud de destinos.

1. La Consejería de Justicia y Administración Pública, resolverá a través de la Secretaría General para la Administración Pública, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a los/las aspirantes seleccionados/as en el concurso-oposición.

En ésta figurará, al menos, el mismo número de plazas que aspirantes hayan sido seleccionados/as. La oferta de vacantes se anunciará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En dicha oferta de vacantes se garantizará el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 93/2006, de 22 de mayo.

2. Los/las aspirantes seleccionados/as dispondrán de un plazo de veinte días hábiles a contar desde que se publique la oferta de vacantes para presentar la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas, y la documentación que se detalla en el apartado 5 de la presente base, que habrá de ir dirigida al Secretario General para la Administración Pública.

3. Las peticiones de destino se presentarán preferentemente en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía al que se accederá desde la web del empleado público (www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/empleadopublico), conforme al procedimiento que se detallará en la Resolución citada en el apartado 1 de la presente base, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92.

4. Cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, el trámite de oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva y petición de destinos, podrán sustituirse por un acto único mediante comparecencias personales de los seleccionados en el lugar y fecha que se determine por la Administración.

5. La documentación que habrá de aportarse, es la que se detalla seguidamente:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero.

En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, contemplado en el apartado 1.a) de la base segunda, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.

b) Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de funcionario del Cuerpo y especialidad convocado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y Especialidad a que se aspira.

e) Petición de destinos, conforme al modelo que se publicará en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública citada en el apartado 1 de esta base. Aquellos aspirantes que hayan presentado la solicitud de petición de destinos telemáticamente no tendrán que volver a presentarla.

f) Certificado expedido por los órganos competentes en la materia, de la Junta de Andalucía u otras Administraciones Públicas, que acredite la condición de persona con discapacidad cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 33%.

Asimismo los aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido por la Consejería competente en la materia, de la Junta de Andalucía, en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo objeto de la presente convocatoria

6. Los/las aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios/as y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. Los/las funcionarios/as de otras Administraciones deberán presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

7. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor no comparezcan o no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Novena. Nombramientos y asignación de destinos.

1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de destinos, la Consejera de Justicia y Administración Pública nombrará funcionarios/as de carrera a los/las aspirantes que, habiendo superado el concurso-oposición, cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria, y determinará el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos. La adjudicación se efectuará de acuerdo con las peticiones de los/las interesados/as, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. En la adjudicación de destinos se garantizará que las condiciones de la asignación de las plazas convocadas resulten adecuadas a las circunstancias de las personas con discapacidad que sean determinantes para posibilitar la efectiva ocupación del puesto.

Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Los que posean la condición de funcionarios de la Junta de Andalucía y ocupen con carácter definitivo un puesto de doble adscripción, podrán solicitar la adjudicación del mismo, con el mismo carácter de ocupación, siempre y cuando se cumplan los requisitos de la Relación de Puestos de Trabajo. En tal caso, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como funcionario/a del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia prevista en el artículo 15 del Real Decreto 365/1995, conforme a la redacción dada por el Real Decreto 255/2006, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.

Décima. Impugnaciones.

La presente Orden y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, de sus bases y de las actuaciones de la Comisión, podrán ser impugnados por los/las interesados/as en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/92.

Sevilla, 23 de junio de 2009

Begoña Álvarez Civantos

Consejera de Justicia y Administración Pública

ANEXO I

COMISIÓN DE SELECCIÓN

Comisión de Selección de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ayudantes del Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía (A2.2016)

Presidente: Don Arturo Pérez Plaza.

Presidente suplente: Don José Luis Romero Torres.

Secretario titular: Don Luis Arranz Hernán.

Secretaria suplente: Doña Josefina Cotelo de Arce.

Vocales titulares:

Don Arturo del Pino Ruiz.

Doña Raquel Crespo Maza.

Doña M.ª Ángeles Pazos Bernal.

Vocales suplentes:

Doña M.ª Isabel López Garrido.

Doña Fuensanta Plata García.

Don Florencio Javier Aspás Jiménez.

ANEXO II

TEMARIO

Temario común de todas las opciones de los cuerpos de Técnicos de Grado Medio

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado social y democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales; las libertades públicas. Garantías y restricciones. El procedimiento de reforma constitucional.

Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado: Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

Tema 3. La Organización territorial del Estado en la Comunidad Autónoma. Las Comunidades Autónomas. Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de la Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de la Comunidades Autónomas. La Organización de las Comunidades Autónomas.

Tema 4. La Administración Local. Regulación constitucional. Tipología de los Entes Locales. Distribución de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre Administración Local. La Ley de Bases de Régimen Local. La organización territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 5. El Municipio: Organización y competencias. El Consejo Andaluz de Municipios. La Provincia: Organización y competencias. Las relaciones entre la Comunidad Autónoma Andaluza y las Diputaciones Provinciales. El Consejo Andaluz de Provincia.

Tema 6. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autónoma para Andalucía. Proceso de elaboración, fundamento, estructura y contenido básico. Competencia de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto.

Tema 7. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía I. El sistema electoral de Andalucía. Derecho de sufragio y procedimiento electoral. El Parlamento de Andalucía. Composición, funciones y funcionamiento. La Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Defensor del Pueblo Andaluz. La Cámara de Cuentas de Andalucía.

Tema 8. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía II. El Presidente de la Junta de Andalucía. Elección estatuto personal y funciones. Los Vicepresidentes. El Consejo de Gobierno. Composición, carácter, atribuciones y funcionamiento. Las Comisiones Delegadas y de Viceconsejeros. El Consejo Consultivo de Andalucía. Naturaleza, composición y funciones.

Tema 9. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Principios informadores y organización general. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales, Secretario Generales Técnicos y órganos análogos. La Administración periférica de la Junta de Andalucía. La Administración Institucional de la Junta de Andalucía.

Tema 10. La Administración Pública: Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Autonomía del Derecho Administrativo. Criterios de Aplicación.

Tema 11. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clasificación. Jerarquía normativa. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamentos y límites. La inderogabilidad singular de los reglamentos. Fuentes subsidiarias e indirectas del Derecho Administrativo.

Tema 12. Los órganos administrativos: Conceptos y clases. La competencias: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos. La motivación. La eficacia de los actos administrativos: La notificación y la publicación. El silencio administrativo, naturaleza y régimen jurídico. Su regulación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos.

Tema 13. El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común. Los principios generales del procedimiento administrativo. Abstención y recusación, los interesados. Derechos de los ciudadanos en el procedimiento. La Iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento administrativo. Formas de terminación. Los procedimientos especiales: Consideraciones generales.

Tema 14. Los recursos administrativos: Conceptos, clases y principios generales de su regulación. Actos que ponen fin a la vía administrativa. La resolución de los recursos. La «reformatio in peius». Régimen jurídico de los distintos recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

Tema 15. Los contratos de la Administración. Contratos administrativos y otros contratos de la Administración. Órganos competentes para su celebración. Incapacidad y prohibiciones. Invalidez de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

Tema 16. La responsabilidad patrimonial de la Administración, Competencias de la Junta de Andalucía. Procedimiento general y procedimiento abreviado. La responsabilidad de las autoridades y del personal. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

Tema 17. La expropiación forzosa. Naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria, Competencias de la Junta de Andalucía. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. La reversión de los bienes objeto de la expropiación.

Tema 18. La Función Pública de la Junta de Andalucía: Concepto y regulación. La normativa básica estatal en materia de régimen estatutario de los funcionarios públicos. La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía. El Registro General de personal. Clases de personal al servicio de la Junta de Andalucía.

Tema 19. El personal funcionario. Procedimiento para la provisión de puestos adscritos a personal funcionario. Carrera y promoción profesional. Situación administrativa. Derecho y deberes. Régimen de incompatibilidades. El personal laboral: Normativa aplicable. El Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía: Estructura y contenido general.

Tema 20. La Unión Europea. Los Tratados originarios y modificativos de las Comunidades Europeas. Las instituciones comunitarias. La representación de la Junta de Andalucía ante la Unión Europea. El Derecho Comunitario y sus distintos tipos de fuentes.

Tema 21. Las libertades básicas del sistema comunitario. Las principales políticas comunes con especial referencia a la política regional comunitaria. Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios. El Presupuesto de las Comunidades Europeas.

Tema 22. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Contenido y estructura. Los criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. El procedimiento general de ejecución del gasto público. El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Tipos de control.

Tema 23. La financiación de las Comunidades Autónomas. Regulación constitucional y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). La financiación condicionada y la financiación incondicionada de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La cesión de tributos a Andalucía. Fuentes propias de financiación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 24. Los sistemas informáticos: Conceptos, componentes y funcionamiento general. Tipos de arquitecturas. Niveles de arquitectura informática. Tendencias actuales de arquitectura informática para organizaciones complejas. Los procesos cooperativos y la arquitectura cliente-servidor. Referencia a la arquitectura de la Junta de Andalucía.

Tema 25. Los sistemas operativos. Los sistemas de gestión de bases de datos. Tipología de los sistemas de información. Sistemas de ayuda a la toma de decisiones, sistemas de trabajo en grupo, sistemas de tratamiento, almacenamiento y archivo de documentos, sistemas para tratamiento estadísticos, sistemas inteligentes. Concreción de los sistemas adoptados por la Junta de Andalucía.

Tema 26. Conceptos Generales: Conceptos: Género, discriminación, desigualdad, acción positiva, roles y estereotipos. Discriminación por razón de sexo: Discriminación directa e indirecta, discriminación salarial. Acoso por razón de sexo. Discriminación en la publicidad y lenguaje sexista. Igualdad entre mujeres y hombres: Igualdad de Derechos, de Trato y de Oportunidades.

Tema 27. Normativa sobre igualdad: La Igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía .Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

Tema 28. Transversalidad de Género: Concepto de Mainstreaming: Enfoque integrado de Género en las Políticas Públicas. La Unidad de Igualdad y Género: Funciones. Pertinencia e Impacto de Género en la Normativa: conceptos y objetivos. Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos Públicos de la Comunidad Autónoma: Objeto y competencias.

Tema 29. Violencia de Género: Concepto y Tipos de Violencia hacia las mujeres. Prevención y Protección Integral Recursos y Programas específicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Temario común a las cinco subopciones

Tema 1. Evolución histórica del concepto de Patrimonio. Del Patrimonio Histórico-Artístico a su concepción actual.

Tema 2. Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural en Andalucía. Selección e identificación. Criterios para la protección. La legislación vigente sobre patrimonio histórico en Andalucía. El Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz: Los bienes de interés cultural. Las inscripciones con carácter específico y genérico. Las Zonas de Servidumbre Arqueológica. El Inventario General de Bienes Muebles.

Tema 3. Competencias y régimen jurídico del patrimonio cultural en Andalucía.

Tema 4. El Patrimonio arqueológico. Las zonas arqueológicas. Las actividades arqueológicas. Gestión y valorización del Patrimonio arqueológico. Los conjuntos arqueológicos en Andalucía.

Tema 5. El patrimonio etnográfico. Concepto y significados. Desarrollo legislativo. Régimen jurídico. Los bienes muebles, inmuebles, lugares y actividades de interés etnográfico. El patrimonio inmaterial de interés etnográfico y la problemática de su protección. El patrimonio etnográfico como patrimonio colectivo de los andaluces.

Tema 6. El Patrimonio documental: Definición y determinación. Régimen jurídico de los Archivos. El sistema andaluz de Archivos. El Patrimonio bibliográfico: Definición y determinación. Régimen jurídico de las Bibliotecas. El sistema bibliotecario de Andalucía.

Tema 7. Los museos: Definición y fines. El régimen jurídico de los museos en Andalucía. Titularidad y gestión. Instituciones museísticas de titulación autonómica. El Sistema Andaluz de Museos.

Tema 8. Organismos e instituciones nacionales e internacionales encargados de la tutela del Patrimonio Cultural. Antecedentes y situación actual. Principios para la Declaración de Patrimonio Mundial.

Tema 9. Acciones básicas en la tutela y gestión integra del Patrimonio Cultural: Identificación, investigación, protección, conservación y difusión.

Tema 10. Los instrumentos de evaluación y conocimiento en el Patrimonio Cultural. Registros, Inventarios, Catálogos, Cartas Arqueológicas,... etc. Antecedentes y situación actual en Andalucía.

Tema 11. Sistemas de información y documentación aplicados al Patrimonio Cultural de Andalucía.

Tema 12. La planificación en la conservación del Patrimonio Cultural. Los Planes Generales de Bienes Culturales en Andalucía.

Tema 13. La formación y el papel del Ayudante del Patrimonio Histórico.

Tema 14. Museo, museología y museografía. El papel del museo en la sociedad contemporánea. Situación actual de los museos andaluces. Perspectivas de futuro.

Tema 15. La comunicación científica y social del patrimonio. De la difusión tradicional a las nuevas técnicas de comunicación e interpretación.

Subopción: Patrimonio Etnográfico

Tema 1. Antropología, Etnología, Etnografía y Folclore: Conceptos, convergencias y divergencias. El patrimonio etnográfico: Contenidos y significados.

Tema 2. La Antropología y el Patrimonio Cultural. Puntos de encuentro y aportaciones de la Antropología al Patrimonio Cultural. El papel del antropólogo como conservador del Patrimonio.

Tema 3. El nacimiento y desarrollo de los estudios de Antropología y Folclore en Andalucía en el siglo XIX.

Tema 4. Estudios de Antropología y Folclore en Andalucía en el siglo XX.

Tema 5. Los inventarios y registros de interés etnográfico. Concepto y desarrollo en Andalucía. La Carta de Úbeda en defensa de la arquitectura tradicional andaluza.

Tema 6. El Patrimonio Etnográfico de Andalucía (I): Tecnologías tradicionales, cultura material y Patrimonio Científico e Industrial. Propuestas de protección, conservación y valorización.

Tema 7. El Patrimonio Etnográfico de Andalucía (II): Actividades, conocimientos, creencias, rituales y expresiones culturales. La especificidad y complejidad del patrimonio inmaterial. Propuestas de protección, conservación y valorización. Las directrices de UNESCO para la protección del patrimonio Oral e Inmaterial.

Tema 8. Patrimonio etnográfico y territorio.

Tema 9. Los sistemas tradicionales de producción y transformación agraria en Andalucía. Valores patrimoniales.

Tema 10. Las actividades extractivas y de transformación tradicionales en Andalucía: Técnicas, economía y sociedad. Valores patrimoniales.

Tema 11. Las actividades ganaderas y pesqueras en Andalucía: Técnicas, economía y sociedad. Valores patrimoniales.

Tema 12. Las agrociudades mediterráneas: Perspectiva antropológica e identificación de valores patrimoniales.

Tema 13. Arquitectura popular andaluza para vivienda: Tipologías, técnicas y organización social de los espacios. Propuestas de protección y valorización.

Tema 14. Arquitectura popular andaluza para los procesos de producción y transformación: Tipologías y técnicas y organización social de los espacios. Propuestas de protección y valorización.

Tema 15. Los espacios y construcciones para la interacción social, los rituales y las fiestas de Andalucía. Tipologías y organización social de los espacios. Propuestas de protección y valorización.

Tema 16. Tipos de sociabilidad y asociacionismo en Andalucía. Valores patrimoniales.

Tema 17. Ciclo vital y ritos de transición en Andalucía. Valores patrimoniales.

Tema 18. Los bienes comunales en Andalucía: Historia, pervivencia actual e interés etnológico.

Tema 19. Emigración andaluza y reproducción cultural.

Tema 20. Minorías étnicas, inmigración y multiculturalismo en Andalucía.

Tema 21. Religión popular en Andalucía. Evolución e identificación de valores patrimoniales.

Tema 22. Iconografía religiosa andaluza y su valor etnológico.

Tema 23. El ciclo festivo anual en Andalucía: Tipos. Propuestas de protección y valorización.

Tema 24. La Semana Santa en Andalucía: Tipos y elementos. Propuestas de protección y valorización.

Tema 25. El habla andaluza y la identidad cultural de Andalucía.

Subopción: Patrimonio Arqueólogico

Tema 1. La ciencia arqueológica. Tendencias teóricas actuales.

Tema 2. La arqueología y el Patrimonio cultural. Aportaciones de la arqueología al Patrimonio Cultural. El papel del arqueólogo como conservador del Patrimonio.

Tema 3. La prospección arqueológica. Metodología y técnicas de detección, delimitación, valoración y registro de yacimientos.

Tema 4. La excavación arqueológica. Metodología y técnicas de recuperación del registro.

Tema 5. El análisis arqueológico de la arquitectura. Metodología y técnicas de recuperación del registro.

Tema 6. Recuperación y conservación in situ de los materiales arqueológicos en los trabajos de campo.

Tema 7. La arqueología romana y tardoantigua en Andalucía. Estado actual de la investigación.

Tema 8. La arqueología de la Alta Edad Media islámica y cristiana en Andalucía. Estado actual de la investigación.

Tema 9. La arqueología de la Baja Edad Media islámica y cristiana en Andalucía. Estado actual de la investigación.

Tema 10. La arqueología postmedieval en Andalucía. Estado actual de la investigación.

Tema 11. Instrumentos de identificación y diagnóstico del Patrimonio Arqueológico: Los Inventarios y las Cartas Arqueológicas. Criterios de delimitación y definición de ámbitos de protección.

Tema 12. La Tutela del Patrimonio Arqueológico en la Legislación Patrimonial. Las zonas arqueológicas y las zonas de servidumbre arqueológica. Definición, fundamentación y regulación del entorno. Los planes especiales de protección.

Tema 13. La Tutela del Patrimonio Arqueológico desde la Legislación del Suelo. El planeamiento general y el planeamiento de desarrollo. Los planes especiales de protección.

Tema 14. La Tutela del Patrimonio Arqueológico en la Ley de Ordenación del Territorio y en la legislación medioambiental. El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía y los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional. Figuras de planificación y gestión de espacios naturales protegidos. Documentos de prevención de afecciones: Evaluaciones de impacto ambiental e informes ambientales.

Tema 15. La práctica de la investigación arqueológica en el mundo urbano. Principales experiencias. La situación actual en Andalucía.

Tema 16. La conservación, valorización y uso de las zonas arqueológicas. Potencialidades y riesgos del fenómeno turístico.

Tema 17. La protección, conservación y valorización de los yacimientos en cuevas y arte rupestre en Andalucía. Situación actual y criterios de actuación.

Tema 18. La protección, conservación y valorización de los yacimientos protohistóricos y prerromanos en Andalucía. Situación actual y criterios de actuación.

Tema 19. La protección, conservación y valorización del patrimonio inmueble romano y tardoantiguo en Andalucía. Situación actual y criterios de actuación.

Tema 20. La protección, conservación y valorización del patrimonio inmueble altomedieval islámico y cristiano en Andalucía. Situación actual y criterios de actuación.

Tema 21. La protección y conservación del patrimonio inmueble bajomedieval islámico y cristiano en Andalucía. Situación actual y criterios de actuación.

Tema 22. Protección, conservación y uso de infraestructuras históricas en la arqueología andaluza: Viarias, hidráulicas y de abastecimiento. Situación actual y criterios de actuación.

Tema 23. La gestión integral en los Conjuntos Arqueológicos Andaluces. Los casos de la Necrópolis de Carmona, Baelo Claudia e Itálica.

Tema 24. La gestión integral en los Conjuntos Arqueológicos Andaluces. Los casos de La Alcazaba de Almería, Madinat Al-Zahra y La Alhambra.

Tema 25. La presentación, difusión y comunicación del patrimonio arqueológico. Instrumentos y técnicas de interpretación. Los centros de interpretación.

Subopción: Patrimonio Arquitectónico

Tema 1. La Arquitectura y el Patrimonio Cultural. Puntos de encuentro y aportaciones de la Arquitectura al Patrimonio Cultural. El Arquitecto como Conservador de Patrimonio Cultural.

Tema 2. Función y significados del Patrimonio Cultural en la actualidad. Valores formales, ideológicos, simbólicos, funcionales, económicos y sociales.

Tema 3. La arquitectura como documento histórico. Sus valores de cultura material. La cuestión de la autenticidad. Nuevos conceptos de autenticidad en el Patrimonio Cultural: La Carta de Nara (1994).

Tema 4. La arquitectura como soporte de valores artísticos. Persistencia y cambio en la valoración de los mismos. Colisión entre valores.

Tema 5. La tutela del Patrimonio Cultural. Papel y significado de los bienes inmuebles. Principales problemáticas. Criterios de delimitación de bienes inmuebles. Definición, justificación y regulación del entorno. Las instrucciones particulares como instrumento de regulación del Régimen Jurídico del Patrimonio Histórico Andaluz.

Tema 6. Historias de la arquitectura y de la construcción. Generales y Andaluza. Fuentes Historiográficas de la Arquitectura Andaluza. Principales centros de investigación. El Sistema de Información del Patrimonio Histórico Andaluz. Estado actual.

Tema 7. Los aportes a la Arquitectura Andaluza. Invasiones, colonizaciones, influencias. De los tratados de arquitectura históricos a las publicaciones contemporáneas. Los efectos de la globalización sobre la diversidad cultural. Documentos de la UNESCO sobre éstos. El Patrimonio Mundial.

Tema 8. Identidad y continuidad de la Arquitectura Andaluza. Fraccionamientos y autonomía. Confrontación de modelos y continuidades.

Tema 9. Precursores de la restauración arquitectónica hasta el siglo XIX. La restauración en el siglo XIX. El fenómeno del mediovalismo. Ideas e intervenciones significativas en Andalucía.

Tema 10. La reacción científica y los orígenes de la Restauración Moderna. Regiones Devastadas y Zonas de Bellas Artes. Ideas e intervenciones significativas en Andalucía.

Tema 11. Tendencias actuales. De la restauración a la conservación del Patrimonio Arquitectónico. La acción autonómica.

Tema 12. Sedes institucionales del Patrimonio Histórico: Museos, Archivos, Bibliotecas. Conjuntos Arqueológicos y Monumentales en Andalucía.

Tema 13. Cartas Internacionales sobre la Conservación del Patrimonio Arquitectónico. Atenas, Restauro, Florencia. Textos internacionales sobre la conservación del Patrimonio y Ciudades Históricas promovidos por la ONU y el Consejo de Europa, Venecia, Amsterdam, Praga, Nairobi, Méjico, etc.

Tema 14. Técnicas para la conservación operativa. Métodos gráficos, fotográficos, fotogramétricos. Modelos de comprobación. Luz, color e iluminación.

Tema 15. Trabajos de Gabinete. Fiabilidad. Investigación documental. Documentación de Proyecto, Administrativa y de Obra. Memoria de resultados.

Tema 16. Proyecto-Programas de mantenimiento y conservación periódica. Periodización de actuaciones. Valoración de daños previsibles. Priorización.

Tema 17. El Proyecto de intervención preventiva. Estudios ambientales y procesos de degradación. Gestión y mantenimiento. Los restos del patrimonio cultural ante el turismo. La presentación y comunicación del Patrimonio Cultural. Experiencias andaluzas.

Tema 18. Registro de la Intervención. Fiabilidad. Valor de la documentación. Diferenciación perceptiva. Convenciones.

Tema 19. La responsabilidad de la intervención. Criterios. Distribución de las decisiones. Cancelación frente a conservación. Las nuevas estructuras en edificios históricos.

Tema 20. Valoración económica del Patrimonio Arquitectónico. Valor comercial y de expropiación.

Tema 21. La materialidad de los bienes culturales. El interés de los materiales. Obtención, composición, comportamientos, alteraciones y conservación. La puesta en obra. Valor forma, documental y significado.

Tema 22. Técnicas de diagnóstico de patologías. Tipos e instrumentos. Seguimiento y verificación. Control de calidad. Disfunciones básicas. Reversibilidad de las actuaciones.

Tema 23. Patología de cimentaciones y elementos verticales. Cambios de condiciones. Pérdidas de resistencia. Deformación y rotura. Técnicas de estudio, valoración e intervención.

Tema 24. Patología de fábricas horizontales. Forjados, arcos y bóvedas. Cubiertas. Forma y proporción. Equilibrio y deformación. Casos de humedad y xilófagos. Técnicas de estudio, valoración e intervención.

Tema 25. Patología de revestimientos. Solerías, decoraciones, morteros y pinturas. «Superficie de sacrificio». Técnicas de estudio, valoración e intervención.

Subopción: Patrimonio Artístico

Tema 1. Fuentes para la Historia del Arte de Andalucía. Principales centros de investigación.

Tema 2. El patrimonio cultural romano en Andalucía. Representatividad y tutela. El Conjunto Arqueológico de Itálica como ejemplo.

Tema 3. Territorio, ciudad y arquitectura en la Andalucía Islámica. Huellas y herencias actuales. Su identificación y tutela patrimonial en Andalucía.

Tema 4. El conjunto Arqueológico de Madinat Al-Zahra. Su significado. Planificación estratégica y principales actuaciones.

Tema 5. La arquitectura defensiva en Andalucía. Valores históricos tipológicos y paisajísticos. Las principales problemáticas de cara a su tutela.

Tema 6. El arte mudéjar en Andalucía. Aportaciones y pervivencias. Su identificación y valorización como Patrimonio Cultural.

Tema 7. La conquista cristiana de Al-Andalus. Transformaciones urbanas y principales aportaciones arquitectónicas. Su tutela como patrimonio cultural. Situación actual.

Tema 8. Reformas y aportaciones barrocas en la arquitectura religiosa gótica y mudéjar en Andalucía. Criterios para su tutela patrimonial.

Tema 9. Principales aportaciones del Renacimiento a Andalucía. Su identificación y valoración patrimonial.

Tema 10. Pintura, escultura y retablos andaluces del siglo XVI. Su significado y valorización patrimonial.

Tema 11. La escultura andaluza en madera policromada del siglo XVII y su significado y reconocimiento patrimonial. Problemas de conservación.

Tema 12. Escuelas pictóricas andaluzas en los siglos XVII y XVIII. Su significado y reconocimiento patrimonial. Situación actual.

Tema 13. Academias y academicismos en el arte andaluz de los siglos XVII y XVIII. Su significado y valorización patrimonial.

Tema 14. Las Desamortizaciones y el Patrimonio Histórico de Andalucía en el siglo XIX. Sus efectos en la transformación de las ciudades andaluzas.

Tema 15. Romanticismo y costumbrismo en la pintura andaluza del siglo XIX. Su significado y reconocimiento patrimonial. Situación actual.

Tema 16. La arquitectura a comienzos del siglo XX en Andalucía. El Regionalismo Andaluz. Su tutela patrimonial.

Tema 17. Renovación y movimiento moderno en la arquitectura andaluza. La representación Andaluza en el DOCOMOMO.

Tema 18. La revolución industrial y sus efectos en las ciudades andaluzas. Significado y reconocimiento patrimonial. Situación actual.

Tema 19. El arte contemporáneo como bien integrante del patrimonio cultural. Especificidad de su tutela y gestión patrimonial.

Tema 20. La aportación andaluza a las artes plásticas en la segunda mitad del siglo XX.

Tema 21. Andalucía siglo XX. Los nuevos soportes artísticos: Fotografías, cine, publicidad, diseño industrial. Su significado como Patrimonio Cultural.

Tema 22. La arquitectura tradicional en Andalucía. Mecanismos para su identificación y protección como Patrimonio Cultural.

Tema 23. Los inventarios y catálogos. De los inventarios artísticos a los inventarios de recursos culturales. El Sistema de Información del Patrimonio Histórico Andaluz. Estado Actual.

Tema 24. Criterios de delimitación de bienes inmuebles. Definición, fundamentación y regulación del entorno.

Tema 25. Los Jardines Históricos protegidos en Andalucía. Problemáticas y pautas para su conservación e intervención.

Subopción: Restauración de Bienes Muebles

Tema 1. El Conservador-Restaurador. Definición de la profesión. Código deontológico.

Tema 2. Historia de la Restauración.

Tema 3. Incidencia y control de las condiciones ambientales y luminotécnicas en la conservación de Bienes Culturales.

Tema 4. Previsión y recuperación en casos de desastre.

Tema 5. Análisis y control de microorganismos causantes del biodeterioro. Determinación de plagas y su erradicación.

Tema 6. Técnicas de examen microscópico, de análisis y de datación de obras arte.

Tema 7. Transporte, embalaje y almacenaje de los bienes culturales.

Tema 8. El taller de restauración de bienes muebles: Instalaciones, seguridad, equipamiento, instrumental y recursos materiales básicos.

Tema 9. Técnicas de examen físico de bienes culturales.

Tema 10. Técnicas de documentación y registro de información. Expediente técnico de conservación y restauración. Contenidos.

Tema 11. Sistemas de limpieza. Físicos, químicos y mecánicos.

Tema 12. La pintura mural: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 13. La pintura de caballete: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 14. La escultura en madera policromada: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y 12 productos.

Tema 15. La escultura en piedra: Técnica, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 16. La escultura en metal: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 17. El retablo: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 18. El Arte Contemporáneo -Pintura y Escultura-: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 19. La cerámica: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 20. Los tejidos: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 21. El material cultural con soporte de papel: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 22. El vidrio y el cristal: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamientos y productos.

Tema 23. El Libro: Técnicas, criterios de intervención, alteraciones, tratamiento y productos.

Tema 24. Alteraciones generales y específicas de los bienes culturales. Causas y manifestación.

Tema 25. Criterios y métodos de reintegración de bienes culturales.

ANEXO III

CRITERIOS DE ORDENACIÓN ALFABÉTICA

1. Los dígrafos CH y LL se considerarán letras del abecedario español, apareciendo en su orden alfabético correspondiente, detrás de las letras C y L respectivamente.

2. El dígrafo RR no se considerará como letra del abecedario, ocupando su lugar dentro de las correspondientes a la letra R.

3. Los 1.º apellidos que comiencen con DE, DEL o DE LA(S), serán tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean transcritos por los interesados, siendo éstos incorporados al nombre.

Ejemplo: Luis del Castillo Velasco.

- 1.er apellido: Castillo.

- 2.º apellido: Velasco.

- Nombre: Luis del.

4. Los 2.º apellidos que comiencen con DE, DEL o DE LA(S), serán tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean transcritos por los interesados, siendo éstos incorporados al final del 1.er apellido.

Ejemplo: Luis del Castillo de las Heras.

- 1.er apellido: Castillo de las.

- 2.º apellido: Heras.

- Nombre: Luis del.

5. Los apellidos compuestos serán tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean transcritos por los interesados, considerándose en cualquier caso sin guión. Se situarán al final de la primera mitad del apellido compuesto.

Ejemplos:

1.º Luis Vargas Castillo.

2.º Luis Vargas-Machuca Castillo.

Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Vargas.

3.º Luis Vargas Machuca-Castillo.

Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Machuca.

4.º Luis Vargas Montes.

6. Los acentos, diéresis, apóstrofes o cualquier otro signo ortográfico no establecerán distinción alguna en cuanto al orden alfabético, considerándose para ello como si no existiesen.

Ejemplo:

Luis Castillo O’Connor = Luis Castillo Oconnor.

Luis O’Donnell Agüero = Luis Odonnell Agüero.

ANEXO IV

MODELO DE SOLICITUD

Ver Anexo IV en página 34 y 35 del BOJA núm. 70, de 14.4.2009

Descargar PDF