Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 10/07/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Acuerdo de 17 de junio de 2009, de la Delegación Provincial de Cádiz, para la notificación por edicto del acuerdo de la resolución que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Acuerdo de fecha 5 de junio de 2009, de la Delegada Provincial en Cádiz, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de inicio de procedimiento de acogimiento permanente, a doña Laura Gutiérrez Gil y don Manuel Jiménez, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.

En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrán comparecer ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, 6, edificio Junta de Andalucía, para la notificación del contenido íntegro de Resolución a favor del menor R/N.J.G., que acuerda el inicio de procedimiento para la constitución de acogimiento familiar permanente, la constitución de acogimiento temporal en familia extensa con las personas identificadas en su Anexo y el cese del acogimiento residencial en centro de protección de menores, designándose como instructor al Jefe del Servicio de Protección de Menores.

Contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz, en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los arts. 779 y ss. de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007 de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.

Asimismo, se informa sobre la posibilidad para ello de solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados competente el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita para el nombramiento en su caso de Abogado y Procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto, de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos legalmente al efecto.

Cádiz, 17 de junio de 2009.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.

Descargar PDF