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NIG: 1808742C20080005948.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago: -250.1.1) 323/2008. Negociado: IS.
EDICTO
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Granada.
Juicio: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 323/2008.
Parte demandante: Ángel Manuel Lucas Rueda.
Parte demandada: Adoración Muñoz Heredia.
Sobre: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1).
SENTENCIA NÚM. 117
Juez que la dicta: Don José Manuel García Sánchez.
Lugar: Granada.
Fecha: Seis de julio de dos mil nueve.
Parte demandante: Ángel Manuel Lucas Rueda.
Abogada: Cristina Cáceres Sánchez-Toscano.
Procuradora: Yolanda Reinoso Mochón.
Parte demandada: Adoración Muñoz Heredia.
Objeto del juicio: Desahucio falta pago más rentas.
FALLO
Que, estimando la demanda presentada por doña Yolanda Reinoso Mochón, en nombre y representación de don Ángel Manuel Lucas Rueda, contra doña Adoración Muñoz Heredia, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre ambas partes sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda; y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada al desahucio de la misma, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica voluntariamente antes de ejecución de sentencia; así como a que satisfaga al actor la cantidad de dos mil ciento veintisiete con ochenta y ocho euros (2.127,88), adeudados al tiempo de interposición de la demanda, más las rentas, cantidades asimiladas e intereses, según su fecha de vencimiento, que se devenguen desde dicho momento hasta la fecha de efectivo desalojo de la finca. Todo ello, con imposición de costas a la parte demandada.
Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación.
Asi, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 8.5.09 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación.
Granada, a seis de julio de dos mil nueve.- El/La Secretario/a Judicial.
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