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En el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado núm. 493/06, interpuesto por Antonio Rejano Gálvez, contra la Resolución de 28 de marzo de 2006 del Delegado Provincial de la Consejería de Empleo en Sevilla, por la que se acuerda el cese del demandante en el puesto de trabajo que ocupaba, código 9243510, como Titulado Superior del Servicio Andaluz de Empleo, Dirección Provincial de Sevilla, en la Oficina SAE de Alcalá de Guadaíra, con efectos administrativos y económicos de 27 de marzo de 2006 y con motivo de «revocación de nombramiento de interino», se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla, con fecha 10 de enero de 2008, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallo: Que debo estimar y estimo parcialmente el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada doña Josefa Reguera Angulo, en nombre y representación de don Antonio Rejano Gálvez, contra la resolución citada en el antecedente primero, que anulo por apreciar infracción del Ordenamiento Jurídico, con los efectos económicos y administrativos que ello conlleve hasta que concurrió causa legal para cesar al demandante; y sin costas.»
Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 17 de julio de 2009.- El Consejero de Empleo, P.D. (Orden de 14.7.2004), la Secretaria General Técnica, Lourdes Medina Varo.
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