Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 04/08/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm.. Uno de Málaga, dimanante del procedimiento verbal núm. 1965/2008. (PD. 2259/2009).

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En el procedimiento de Juicio Verbal de Desahucio núm.. 1965/2008 se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor:

SENTENCIA NÚM. 118

Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.

Lugar: Málaga.

Fecha: Cuatro de junio de dos mil nueve.

Parte demandante: Francisca García Céspedes.

Abogado: Ignacio Arredondo Ramón.

Procurador: Francisca García González.

Parte demandada: Ana María Rebollo Mancera.

Objeto del juicio: Acción de desahucio y reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Francisca García González en nombre y representación de doña Francisca García Céspedes, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que liga a las partes litigantes y que tiene por objeto la finca sita en calle Alférez González Berrocal, 5, segundo, letra B, de Málaga, y, en consecuencia, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio condenando a la demandada doña Ana María Rebollo Mancera a que la desaloje y deje libre a disposición de la parte actora en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento de la parte demandada, y condenándole igualmente al pago de las rentas y cantidades asimiladas reclamadas vencidas, que ascienden a 1.767 euros hasta la fecha de demanda, y las que venzan hasta el efectivo lanzamiento, así como al pago de los intereses legales devengados, y todo ello con condena en costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 L.E.C.). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 L.E.C.).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Ana María Rebollo Mancera, en ignorado paradero, expido y firmo para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía e inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, el presente en Málaga, a ocho de julio de dos mil nueve.- La Secretaria Judicial.

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