Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 12/08/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 24 de julio de 2009, de la Delegación Provincial de Sevilla, dictada en los expedientes de protección que se citan, por la que se acuerda presentar propuesta previa de adopción.

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Nombre y apellidos: Doña Vanessa Gloria González Santiago, don Maqui Diop.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose los interesados en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberles sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a la menor afectada.

Con fecha 2 de julio de 2009, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, en el expediente de protección de menores arriba señalado, dictó Resolución acordando:

1.º Formular ante el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla correspondiente, propuesta previa de adopción de los referidos menores por parte de las personas propuestas como adoptantes.

Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, en el plazo de dos meses, desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.

Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario, estará obligado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, los interesados en paradero desconocido, podrán comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Federico García Lorca, 3.

Sevilla, 24 de julio de 2009.- El Delegado, Manuel A. Gálvez Rodríguez.

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